Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 15.561, artículo 37

Texto

    Artículo 37°- Auméntase la escala de salarios de los obreros municipales contempladas en el artículo 104 de la ley número 11.860 y sus modificaciones, sobre Organización y Atribuciones de las Municipalidades, en un 20 %.