ley 15.561, artículo 16
Texto
Artículo 16°- Introdúcense a la ley N° 15.263, las siguientes modificaciones: a) Intercálase en el inciso primero del artículo 19, entre las palabras "Secundaria" y "Normal", el vocablo "Primaria"; b) Agréguese al artículo 1° transitorio, después de la palabra "Centralizadas", estas otras: "Especiales y Experimentales,".