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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 6.037, artículo 68

Texto

    Art. 68. La Caja estará sometida al control del Departamento de Previsión Social, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto con Fuerza de Ley N.o 1,277, de 30 de Julio de 1930.