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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 6.037, artículo 5

Texto

    Art. 5.o La Dirección Superior de la Caja estará a cargo de un Consejo que se compondrá:
    a) De una persona designada por el Presidente de la República;
    b) De un Oficial náutico, de un Oficial ingeniero, de un Oficial de administración y de un Oficial radiotelegrafista;
    d) De un representante de los empleados;
    e) De un representante de los oficiales pensionados; y
    f) De un representante de los empleados pensionados.
    Cada categoría de representante en el Consejo será elegida independientemente por cada rama, en votación directa y en la forma que determine el reglamento respectivo.