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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.175, artículo 4

Texto

    Artículo 4°.- El Gobernador ejercerá las atribuciones
que menciona este artículo informando al intendente de las
acciones que ejecute en el ejercicio de ellas.
    El gobernador tendrá todas las atribuciones que el
intendente le delegue y, además, las siguientes que esta
ley le confiere directamente.
    a) Ejercer las tareas de gobierno interior,
especialmente las destinadas a mantener en la provincia el
orden público y la seguridad de sus habitantes y bienes;
    b) Aplicar en la provincia las disposiciones legales
sobre extranjería;
    c) Autorizar reuniones en plazas, calles y demás
lugares de uso público, en conformidad con las normas
vigentes.
    Estas autorizaciones deberán ser comunicadas a
Carabineros de Chile;
    d) Requerir el auxilio de la fuerza pública en el
territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley;
    e) Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y
enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe;
    f) Disponer o autorizar el izamiento del pabellón
patrio en el territorio de su jurisdicción y permitir el
uso de pabellones extranjeros, en los casos que autorice la
ley;
    g) Autorizar la circulación de los vehículos de los
servicios públicos creados por ley fuera de los días y
horas de trabajo, para el cumplimiento de la función
administrativa, así como la excepción de uso de disco
fiscal, en conformidad con las normas vigentes;
    h) Ejercer la vigilancia de los bienes del Estado,
especialmente de los nacionales de uso público. En uso de
esta facultad, el gobernador velará por el respeto al uso a
que están destinadas, impedirá su ocupación ilegal o todo
empleo ilegítimo que entrabe su uso común y exigirá
administrativamente su restitución cuando proceda;
    i) Dictar las resoluciones e instrucciones que estime
necesarias para el ejercicio de sus atribuciones propias o
delegadas, y
    j) Cumplir las demás funciones y ejercer las
atribuciones que las leyes y reglamentos le asignen.