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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.947, artículo 33 (del art. primero)

Texto

      Artículo 33.- La separación judicial deja
subsistentes todos los derechos y obligaciones personales
que existen entre los cónyuges, con excepción de aquellos
cuyo ejercicio sea incompatible con la vida separada de
ambos, tales como los deberes de cohabitación y de
fidelidad, que se suspenden.