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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.886, artículo 19

Texto

     Artículo 19.- Créase un Sistema de Información de
Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de
la Dirección de Compras y Contratación Pública, que se
aplicará a los organismos señalados en el artículo 1º de
la presente ley, y que deberá estar disponible a todo el
público, en la forma que regule el reglamento.
     El Sistema de Información será de acceso público y
gratuito.