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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.618, artículo 65

Texto

    Artículo 65° Cuando en la instrucción de un proceso
apareciere comprometido como autor, cómplice o encubridor
un menor que, con arreglo a la ley, esté exento de
responsabilidad, el tribunal deberá ponerlo a disposición
del Juez de Letras de Menores, sin perjuicio de lo dispuesto
en el inciso siguiente.
    Las disposiciones de esta ley no impedirán las medidas
de investigación u otras privativas de los Tribunales
Ordinarios de Justicia.