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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.618, artículo 22

Texto

    Artículo 22° Para poder ser Juez de Letras de Menores
será necesario tener las calidades requeridas para el
desempeño de las funciones de Juez de Letras de Mayor
Cuantía de departamento y comprobar conocimientos de
psicología, en la forma que determine el reglamento.