Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 4.055, artículo 47

Texto

    Art. 47. En toda fábrica, taller o empresa afectada por esta lei, deberá fijarse en sitios visibles a que tengan acceso los trabajadores, un cartel con el testo íntegro de la presente lei.