ley 18.902, artículo 25
Texto
Artículo 25.- Derógase el decreto ley N° 2.050, de 1977 y los decretos con fuerza de ley N° 1.810, de 1978 y N° 22, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas. No obstante la derogación del decreto ley N° 2.050 precedentemente señalada, el Servicio Nacional de Obras Sanitarias subsistirá para los efectos previstos en el artículo 5° de la ley N° 18.885.