ley 15.021, artículo 31
Texto
Artículo 31°- Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para que por esta única vez y sin cargo para ella se cree con los dentistas funcionarios actualmente en servicio la Planta del Servicio Dental remunerado de autofinanciamiento y se libere a los dentistas funcionarios que allí trabajan, del trámite de concurso.