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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 26° Facúltase al Presidente de la República
para vender a la Corporación de la Vivienda y a esta
institución para transferir al personal del Ejército que
ocupa desde 1960 o antes, los departamentos de los
colectivos ubicados en San Joaquín N° 2030 e Ismael
Valdés N° 2821, de la Población Alessandri, comuna de San
Miguel, departamento Presidente Aguirre Cerda, de Santiago.
    El derecho establecido en el inciso anterior
corresponderá exclusivamente a las personas que no hayan
adquirido habitaciones por intermedio de la Corporación de
la Vivienda o Cajas de Previsión.