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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 14° Las instituciones semifiscales, las
empresas, servicios u organismos del Estado con personalidad
jurídica propia y con administración autónoma, pueden
condonar los intereses penales que se hubiesen convenido en
los contratos sobre adquisición de bienes, pactados entre
dichas entidades.