Ley 19.620, artículo 24
Texto
Artículo 24.- Recibida por el tribunal la solicitud de adopción, la acogerá a tramitación una vez verificado el cumplimiento de los requisitos legales. En la misma resolución ordenará agregar los antecedentes del proceso previo de susceptibilidad para la adopción y citará a los solicitantes, con sus antecedentes de idoneidad y medios de prueba, a la audiencia preparatoria, que se llevará a cabo entre los cinco y los diez días siguientes. Se deberá, asimismo, citar al menor, en su caso. Si en base a los antecedentes expuestos se acreditan las ventajas y beneficios que la adopción le reporta al menor, podrá resolver en la misma audiencia. En caso contrario, decretará las diligencias adicionales que estime necesarias, a ser presentadas en la audiencia de juicio, la que se realizará dentro de los quince días siguientes. Las diligencias no cumplidas a la fecha de realización de la audiencia se tendrán por no decretadas y el tribunal procederá a dictar sentencia, sin más trámite. Si los solicitantes no tienen el cuidado personal del menor, deberán solicitarlo conjuntamente con la adopción, procediendo el juez a resolver en la audiencia preparatoria, pudiendo disponer las diligencias que estime pertinentes para establecer la adaptación a su futura familia. El juez, en cualquier etapa del procedimiento, podrá poner término al cuidado personal del menor por los interesados, cuando así lo estime necesario para el interés superior de aquél. En todo caso, cesará de pleno derecho si el tribunal denegare la solicitud de adopción, de lo que se dejará constancia en la misma sentencia, la cual dispondrá además la entrega del menor a quien confíe su cuidado en lo sucesivo.".
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Extensión del permiso postnatal parental
Julio
Como lo señala el mensaje de la ley N° 21.474, que crea esta extensión por hasta 60 días del permiso postnatal parental, él tiene por objeto apoyar a las trabajadoras y por cierto, a los trabajadores, a reincorporarse con seguridad al mercado del trabajo. Te invitamos a leer este artículo informativo, haciendo presente que uno de los plazos claves a considerar para quienes pueden acceder a él, y están actualmente trabajando, vence el 11 de agosto de 2022.
Extensión del permiso postnatal parental de la ley N° 21.474
Julio
Como lo señala el mensaje de la ley N° 21.474, que crea esta extensión por hasta 60 días del permiso postnatal parental, él tiene por objeto apoyar a las trabajadoras y por cierto, a los trabajadores, a reincorporarse con seguridad al mercado del trabajo. Te invitamos a leer este artículo informativo, haciendo presente que uno de los plazos claves a considerar para quienes pueden acceder a él, y están actualmente trabajando, vence el 11 de agosto de 2022.