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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 18.600, artículo 2

Texto

    Artículo 2°.- Para los efectos de la presente ley, se
considera persona con discapacidad mental a toda aquella
que, como consecuencia de una o más limitaciones síquicas,
congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter
permanente y con independencia de la causa que las hubiera
originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su
capacidad educativa, laboral o de integración social.
    Se entiende disminuida en un tercio la capacidad
educativa, laboral o de integración social de la persona
cuando, considerando en conjunto su rendimiento en las
áreas intelectual, emocional, conductual y relacional, se
estime que dicha capacidad es igual o inferior al setenta
por ciento de lo esperado para una persona de igual edad y
condición social y cultural, medido por un instrumento
validado por la Organización Mundial de la Salud y
administrado individualmente.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
01/04/2024Dictamen 53610-2024Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosSubsidio al discapacitado menor de 18 añosDL 869Ley 16.395, artículo 2Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35ley 20.422, artículo 5
31/12/2023Dictamen 174154-2023Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosInvalidezDL 869Ley 16.395, artículo 2Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35ley 20.422, artículo 5
10/10/2018Dictamen 50119-2018Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosDeclaración de invalidezRequisitosDL 869, artículo 10Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255Ley 20.255, artículo 35
19/02/2018Dictamen 09222-2018Asignación familiarBeneficiarios subsidio personas con discapacidad mentalBeneficiarios pensión básica solidariaNo pueden ser causante de asignación familiarDFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 14DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 3DL 3536 de 1981 Mintrab, artículo 3DL 869, artículo 1DL 869, artículo 10DL 869, artículo 12DL 869, artículo 2DL 869, artículo 4DL 869, artículo 5DL 869, artículo 6DL 869, artículo 7DL 869, artículo 9DS 48 de 2008 Mintrab, artículo 29DS 48 de 2008 Mintrab, artículo 3Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 26Ley 20.255, artículo 35
30/11/2017Dictamen 55656-2017Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosporcentaje de discapacidadLey 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255Ley 20.255, artículo 35
07/06/2017Dictamen 26806-2017Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosCarencia de recursosLey 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35Ley 20.422
06/04/2017Dictamen 16357-2017Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosDeclaracion de invalidez requisitosDL 869, artículo 10Ley 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
12/09/2016Dictamen 52401-2016Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosDeclaracion de invalidez requisitosDL 869Ley 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
28/12/2015Dictamen 80962-2015Aporte Familiar PermanenteSubsidio al discapacitado mental menores 18 añosIncompatibilidad asignación familiarDL 869DL 869, artículo 7Ley 18.020, artículo 1Ley 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
06/03/2013Dictamen 14358-2013Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosDeclaración de invalidezSubsidio al discapacitado mentalLey 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
06/03/2013Dictamen 14362-2013Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosDeclaración de invalidezSubsidio al discapacitado mentalLey 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
18/02/2013Dictamen 11033-2013Subsidio al discapacitado mental menores 18 añosDeclaración de invalidezLey 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
10/06/2011Dictamen 34061-2011Subsidio al discapacitado mental menores 18 años Ley 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
24/01/2011Dictamen 4737-2011Subsidio al discapacitado mental menores 18 años Ley 18.600Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35
30/06/2008Dictamen 44465-2008Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años) DL 869, artículo 1DL 869, artículo 10DL 869, artículo 12DL 869, artículo 2DL 869, artículo 4DL 869, artículo 5DL 869, artículo 6DL 869, artículo 7DL 869, artículo 9Ley 18.600, artículo 2Ley 20.255, artículo 35

Boletín SUSESO (2)

Boletín SUSESO 2015 - Número 3

Subsidio para personas con discapacidad mental y física o sensorial severa

Enero

Este subsidio que en un inicio tuvo como beneficiarios a las personas con discapacidad mental menor de 18 años de edad, se tramitará de acuerdo a lo establecido en el DS N°54, de 22 de junio 2022, que aprueba el reglamento del subsidio para personas con discapacidad mental y física o sensorial severa, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por lo que se amplió los beneficiarios del mismo, a las personas con discapacidad mental y física o sensorial severa.

Boletín SUSESO 2015 - Número 3Boletín SUSESO 2023 - Número 1

Subsidios para personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad

Julio

Este subsidio consistente en una prestación en dinero de monto igual para todos los beneficiarios, que se paga mensualmente.