Dictamen 14109-2012
1.- La División Jurídica de esa Entidad Contralora, ha solicitado a esta Superintendencia emitir un pronunciamiento respecto de la situación de la funcionaria del Servicio Nacional de Menores (SENAME), en relación con el subsidio a que tuvo derecho, a raíz del permiso post natal parental de que hizo uso, remitiendo, para dicho efecto, copia de una presentación efectuada por la interesada.
En su presentación ante esa Entidad, la interesada expone, en síntesis, que ingresó a trabajar, a honorarios, al Servicio Nacional de Menores, el 22 de junio de 2009, alcanzando la calidad de contrata a partir del 1° de mayo de 2011. Agrega que el 18 de junio de 2011 comenzó a hacer uso de su licencia médica pre natal y el 22 de julio del mismo año, fecha en que nació su hija, inició su descanso post natal, el que finalizó el 13 de octubre de 2011, correspondiendo, por tanto, que se reintegrara a sus funciones a partir del 14 de octubre de 2011.
Señala la interesada, que en la Unidad de Personal del Servicio Nacional de Menores y ante la inminente publicación de la Ley N°20.545, se le indicó que debía presentar una licencia médica entre el término de su licencia post natal y la publicación de la citada Ley, para luego hacer uso del permiso post natal parental a que tenía derecho. De este modo, agrega, presentó ante su entidad empleadora una licencia médica por el lapso intermedio y una carta en que comunicó que haría uso del permiso post natal parental que le correspondía, en jornada completa.
Agrega la funcionaria que, al momento de entregar los documentos antes referidos, se le informó en la Unidad de Personal de su Servicio, que tendría derecho a un subsidio equivalente a su remuneración íntegra, por el lapso que abarcara el permiso post natal parental. No obstante, señala que, posteriormente, en el Departamento de Remuneraciones del Servicio, se le indicó que, para hacer uso del referido permiso, debía tener un año de cotizaciones previsionales, motivo por el cual no recibiría su sueldo completo durante el lapso en cuestión. Frente a lo anterior y considerando que el hacer uso del permiso le provocaría un detrimento económico, solicitó reintegrarse a sus labores, lo que no fue permitido, en razón de tratarse de un derecho irrenunciable.
De este modo y en virtud del detrimento económico que le significó el hacer uso del permiso post natal a que tenía derecho, la interesada solicitó a esa Entidad Contralora que declarara su derecho a percibir remuneración completa durante el lapso que comprendió su permiso post natal parental.
2.- Sobre el particular, cumplo con señalar a Ud. que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1° transitorio de la Ley N°20.545, quienes hubieren terminado su descanso postnatal con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha Ley, esto es: con anterioridad al 17 de octubre de 2011, tienen derecho al permiso postnatal parental establecido en el inciso primero del artículo 197 bis del Código del Trabajo, hasta la fecha en que el menor cumpla veinticuatro semanas de edad, pudiendo la trabajadora reincorporarse por media jornada a sus labores, de conformidad con lo prescrito en el inciso segundo del citado artículo, hasta que el menor cumpla treinta semanas de edad.
Para el efecto anterior, es decir, para hacer uso del permiso post natal parental, en su régimen transitorio, la trabajadora debe dar un aviso a su empleador con, a lo menos, cinco días de anticipación a la fecha en que hará uso del mismo.
En el caso de los funcionarios públicos, el artículo 1° transitorio del D.S. N° 1.433, de 2011, del Ministerio de Hacienda - norma que contiene el Reglamento para la aplicación del derecho al permiso postnatal parental establecido en la Ley N°20.545 para el sector público -, estableció que "Las funcionarias que hayan terminado su descanso postnatal con anterioridad al 17 de octubre de 2011, fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 20.545, tendrán derecho al permiso postnatal parental establecido en el inciso primero del artículo 197 bis del Código del Trabajo, hasta la fecha en que el menor cumpla veinticuatro semanas de edad", agregando que "la funcionaria deberá dar aviso a su servicio o institución empleadora personalmente, dejando constancia escrita, o mediante carta certificada, en ambos casos con, a lo menos, cinco días de anticipación a la fecha en que hará uso del mencionado permiso...".
De las disposiciones citadas precedentemente, fluye que las funcionarias públicas que habían terminado su descanso postnatal con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N°20.545, debían dar aviso a su empleador, una vez que dicha Ley entrara en vigencia (esto es: el 17 de octubre de 2011), con, a lo menos, 5 días de anticipación a la fecha en que harían uso del permiso.
En la especie, consta de los antecedentes acompañados que la licencia médica post natal otorgada a la interesada, expiró el 13 de octubre de 2011, motivo por el cual, no existiendo a esa fecha el beneficio del permiso post natal parental, correspondía que la funcionaria se reintegrara a sus labores. Luego, con la publicación en el Diario Oficial de la Ley N°20.545, el 17 de octubre de 2011, dicho beneficio entró en vigencia, pudiendo la Sra. Santis hacer uso del permiso post natal parental que le correspondía, conforme a las normas transitorias antes aludidas. En tal sentido, rola entre los antecedentes copia de una carta aviso, de 17 de octubre de 2011, en la que la aludida funcionaria informa a su empleador, el Servicio Nacional de Menores, que haría uso del permiso post natal "correspondiente a las doce semanas adicionales, a partir del 14 de octubre del año en curso".
En relación con lo anterior, cabe señalar que el derecho de la interesada para hacer uso de permiso post natal parental, en su régimen transitorio, sólo corresponde a partir del 22 de octubre de 2011. En efecto, la Ley N°20.545, no estableció que dicho permiso generara derecho a subsidio por lapsos anteriores a la fecha de su publicación, permitiendo, en cambio, que aquellas trabajadoras que a dicha data, esto es, al 17 de octubre de 2011, habían terminado su descanso post natal, pudieran acceder al permiso y subsidio respectivos, a partir del quinto día siguiente a aquel en que daban el correspondiente aviso a su empleador, lo que, en el caso de la Sra. Santis tuvo lugar el 17 de octubre de 2011, generándose, como se ha señalado, el derecho en cuestión, a partir del 22 de octubre de 2011.
Ahora bien, en lo concerniente al carácter irrenunciable o no del permiso post natal parental, cabe señalar que, por tratarse de un beneficio inserto en las normas sobre protección a la maternidad contenidas en el Código del Trabajo, corresponde a la Dirección del Trabajo pronunciarse sobre el particular.
En cuanto al modo de determinar el subsidio derivado del permiso post natal parental, en el caso de los funcionarios públicos, cabe señalar que, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 6° de la Ley N°20.545, los funcionarios del sector público tienen derecho al permiso post natal parental y al subsidio que éste origine, en los mismos términos que el artículo 197 bis del Código del trabajo, aplicándose, en cuanto al subsidio, las normas del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sin que tenga vigencia, a éste respecto, lo dispuesto en el artículo 153 del D.F.L. N°1, del Ministerio de Salud, de 2005, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°2.763, de 1979 y de las leyes N°s 18.933 y 18.469. Lo anterior es replicado en el artículo 7° del Decreto N°1.433, de 2011, ya citado. De lo anteriormente expresado se sigue, por tanto, que durante el permiso post natal parental, los funcionarios públicos no tienen derecho a mantener su remuneración sino que a percibir un subsidio calculado conforme al antes aludido D.F.L. N°44.
Finalmente, en cuanto a la determinación del monto de subsidio por permiso post natal parental, en el caso de la interesada, el Departamento Actuarial de este Servicio informó, luego de analizar los antecedentes del caso, que éste fue correctamente calculado.
Lo anterior es cuanto puede, este Organismo, señalar, en relación con la presentación efectuada por la funcionaria.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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27/01/2016 | Circular 3199 | Licencias médicas - SIL maternal | PERMISO POSTNATAL PARENTAL DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y MUNICIPAL. IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.891 | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395; Ley N° 18196; Ley N° 18418; Ley N° 18834; Ley N° 18883; Ley N° 19070; Ley N° 19117; Ley N° 19378; Ley N° 20891 |
22/11/2012 | Circular 2884 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 20.545 QUE OTORGA UN SUBSIDIO A LAS MUJERES QUE NO TENGAN UN CONTRATO DE TRABAJO VIGENTE A LA SEXTA SEMANA ANTERIOR A LA FECHA PROBABLE DE PARTO. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 20545 |
10/01/2012 | Circular 2800 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2.777, DE 2011. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 20545 |
06/12/2011 | Circular 2790 | SIL maternal | SUBSIDIOS MATERNALES. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE CIRCULAR N° 2777 | D.F.L. N° 44, de1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Decreto N° 1433, de 2011, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18867; Ley N° 19620; Ley N° 20545 |
14/11/2011 | Circular 2784 | SIL maternal | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS RESPECTO DEL PAGO DE LOS SUBSIDIOS POSTNATALES PARENTALES DE SUS FUNCIONARIOS. | Ley N° 18469; Ley N° 18933; Ley N° 20545; D.F.L N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1433, de 2011, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública |
21/10/2011 | Circular 2781 | SIL maternal | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2777 | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 20545 |
18/10/2011 | Circular 2777 | SIL maternal | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL REGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 19620; Ley N° 20545 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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21/11/2023 | Dictamen O-01-S-01332-2023 | Licencias médicas - SIL maternal | permiso postnatal parental - Licencias Médicas | Leyes N°s 16.395 y 20.545; Código del Trabajo, artículo 200 |
10/08/2023 | Dictamen 105132-2023 | Licencias médicas | Licencia Médica - Permiso postnatal parental | Ley 16.395; ds 3, de 1984, del MINSAL, artículo 197 bis, del Código del Trabajo |
28/09/2021 | Dictamen 127863-2021 | SIL maternal | permiso postnatal parental | Ley Nº 16.395; Ley Nº 20.545 |
21/03/2019 | Dictamen 3923-2019 (Resolución Exenta IBS) | SIL maternal | Subsidio por incapacidad laboral - Base de cálculo - Permiso postnatal parental | La Ley Nº16.395; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del trabajo, artículos 197 bis y 200; Ley 19.620, artículos 24 y 19 |
21/08/2018 | Dictamen 26550-2018 | Licencias médicas | Permiso post natal parental Reposo Total - Parcial | Ley Nº16.395; Ley N°20.545 |
13/03/2018 | Dictamen 12625-2018 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Traspaso permiso postnatal parental | Artículo 197 bis Código del Trabajo. D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
10/08/2016 | Dictamen 47077-2016 | Licencias médicas - Rechazo del pago del subsidio - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - SIL maternal | Tipos maternales permiso postnatal parental plazos procedimientos | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20.545. Código del Trabajo. |
20/05/2016 | Dictamen 30388-2016 | Licencias médicas | Maternales postnatal tuición | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20.545. |
15/01/2016 | Dictamen 3209-2016 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Postnatal parental traspaso semanas al padre | Ley N° 20.545. Código del Trabajo. |
28/12/2015 | Dictamen 81232-2015 | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Tipos maternales postnatal permiso post natal parental padre trabajador | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. Código del Trabajo. |
16/12/2015 | Dictamen 79202-2015 | Licencias médicas | Irrenunciabilidad - Maternales - Permiso postnatal parental - Tipos | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20.545 |
29/10/2015 | Dictamen 68875-2015 | Licencias médicas | Protección de la maternidad | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo, Leyes N°s 19620, 16.618 y 20545. |
14/10/2015 | Dictamen 64643-2015 | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Tipos maternales postnatal procedencia parto normal parto prematuro parto múltiple | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. |
29/09/2015 | Dictamen 60511-2015 | SIL maternal | Madre del menor - Derecho del padre - Fallecimiento - Permiso postnatal - Permiso postnatal parental | Código Civil. Código del Trabajo. D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
14/09/2015 | Dictamen 58116-2015 | Licencias médicas | Tipos maternales postnatal permiso post natal parental licencis médica continuada enfermedad grave del niño menor de un año | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo. |
12/06/2015 | Dictamen 37143-2015 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Cambio de jurisprudencia - Derecho del padre | Código del Trabajo; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
08/01/2015 | Dictamen 1753-2015 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Tipos maternales postnatal tuición adopción permiso postnatal parental | Código del Trabajo; Ley N° 20.545. |
13/11/2014 | Dictamen 75850-2014 | Licencias médicas | Tipos maternales permiso postnatal parental irrenunciabilidad | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
06/08/2014 | Dictamen 50766-2014 | Licencias médicas | Tipos maternales permiso postnatal parental incompatibilidad | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo |
14/05/2014 | Dictamen 30083-2014 | Licencias médicas | Tipos maternales permiso postnatal parental plazos | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. Código del Trabajo. |
31/03/2014 | Dictamen 18996-2014 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Tipos maternales permiso postnatal parental más de un empleador | Código del Trabajo; Ley N° 20.545; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
07/11/2013 | Dictamen 70602-2013 | Licencias médicas | Condonación - Indebidamente percibido | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20545 |
18/06/2013 | Dictamen 37954-2013 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Enfermedad grave del niño menor de un año - Período de reposo - Tipos | Leyes N°s. 16395 y 20545, Código del Trabajo, D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
12/04/2013 | Dictamen 22857-2013 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Permiso postnatal parental traspaso al padre cálculo beneficio | Ley N° 20545. |
05/04/2013 | Dictamen 21346-2013 | Licencias médicas | Padre madre licencia común - Permiso post natal parental | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo |
28/03/2013 | Dictamen 19609-2013 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Enfermedad común - Irrenunciabilidad - Maternales - Muerte del menor - Permiso postnatal parental - Tipos | Ley N°20.545; Código del Trabajo; D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
20/02/2013 | Dictamen 11747-2013 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Adopción - Maternales - Postnatal parental - Tipos | Código del Trabajo y Ley N°20.545. |
07/02/2013 | Dictamen 8985-2013 | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Adopción - Maternales - Postanatal parental - Tipos | Ley N° 20.545. |
06/02/2013 | Dictamen 8605-2013 | Licencias médicas | Maternales - Permiso postnatal parental - Tipos | D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545 |
08/01/2013 | Dictamen 1354-2013 | Licencias médicas | Duración - Maternal - Parto prematuro - Peso - Post natal | D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545; Circular N°2.777, de 18 de octubre de 2011, de esta Superintendencia. |
27/12/2012 | Dictamen 83560-2012 | Licencias médicas | Maternales - Permiso postnatal parental - Tipos | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código el Trabajo; Ley N° 20545. |
27/12/2012 | Dictamen 83650-2012 | Licencias médicas | Adopción - Maternales - Postnatal - Tipos - Tuición | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20545. |
13/11/2012 | Dictamen 72789-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Base de cálculo - Común - Incompatibilidad - Laboral - Maternal - Subsidio | Código del Trabajo y Ley N° 20.545. |
06/11/2012 | Dictamen 70862-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Base de cálculo - Prenatal, prórroga y postnatal - Subsidio maternal - Trabajadores dependientes | Leyes N°s. 16.395 y 20.545. |
10/10/2012 | Dictamen 65253-2012 | Licencias médicas | Permiso postnatal parental tuición o cuidado personal - Tipos | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 20545. |
21/09/2012 | Dictamen 60333-2012 | Licencias médicas | Aviso al empleador - Permiso postnatal parental - Plazos | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. |
21/09/2012 | Dictamen 60340-2012 | Licencias médicas | Honorarios - Trabajadores independientes | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. |
14/09/2012 | Dictamen 59730-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Base de cálculo - Derecho a remuneración - Funcionaria pública - Permiso postnatal parental | Ley N°20.545. Código del Trabajo.Decreto Nº 1.433, del 12 de noviembre de 2011, del Ministerio de Hacienda. D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
14/09/2012 | Dictamen 59846-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Permiso postnatal parental permiso postnatal parental - Plazos | Leyes N°s.16.395 y 20.545; |
13/09/2012 | Dictamen 59434-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Gestión útil - Permiso postnatal parental - Prescripción - Regimen transitorio | Ley N° 20545. |
04/09/2012 | Dictamen 57272-2012 | Licencias médicas | Enfermedad grave niño menor de un año - Irrenunciabilidad - Postnatal parental | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545 |
23/08/2012 | Dictamen 54472-2012 | Licencias médicas | Permiso post natal parental | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N°20545. |
25/06/2012 | Dictamen 40116-2012 | Licencias médicas | Inicio - Permiso post natal parental | D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. |
14/06/2012 | Dictamen 37989-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Permiso post natal parental | Leyes N°s. 16.395 y 20545. |
08/05/2012 | Dictamen 29333-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Funcionario público - Permiso post natal parental - Remuneración ocasional | Ley N°20.545; Decreto N°1.433, de 18 de octubre de 2011, del Ministerio de Hacienda. |
29/03/2012 | Dictamen 21009-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Fallecimiento - Muerte - Permiso post natal parental | Ley N°20.545; Código del Trabajo. |
02/03/2012 | Dictamen 15200-2012 | Licencias médicas | Adopción - Beneficiarios - Madre trabajadora - Maternales - Postnatal - Tipos | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545 |
24/02/2012 | Dictamen 13492-2012 | Licencias médicas | Alza de cotización de salud durante período de permiso postnatal parental | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545 |
24/01/2012 | Dictamen 5410-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Aviso - Pago - Plazos - Postnatal parental | Ley Nº 20545. Circulares Nºs 2777 y 2790, del 18 de octubre y 6 de diciembre de 2011, respectivamente, ambas de esta Superintendencia. |
24/01/2012 | Dictamen 5400-2012 | Licencias médicas - Rechazo del pago del subsidio - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - SIL maternal | Beneficiarios - Licencias maternales - Madre trabajadora - Padre trabajador - Parcial - Permiso postnatal parental - Pre y postnatal - Reposo - Total | Código del Trabajo; Ley N° 20.545; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. |
20/01/2012 | Dictamen 4554-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Permiso post natal parental | Leyes N°s.20.545 y 10.662. |
18/01/2012 | Dictamen 4047-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Periodo transitorio - Permiso postnatal parental | Ley Nº 20545. |
12/01/2012 | Dictamen 2374-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Post natal - Prenatal | Ley N° 20.545 |
10/01/2012 | Dictamen 1963-2012 | Licencias médicas | Post natal - Prenatal | D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545 |
06/01/2012 | Dictamen 1241-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Aviso - Pago - Parental - Permiso postnatal - Plazos | Ley N°20.545 |
24/11/2011 | Dictamen 72316-2011 | Licencias médicas | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo, Ley N° 20545 | |
28/04/1987 | Dictamen 2412-1987 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
19/12/1986 | Dictamen 9645-1986 | Asignación familiar | D.F.L Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
12/08/1981 | Dictamen 1990-1981 | Asignación familiar | D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 307, de 1974 |
Título | Detalle |
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Ley 18.469 | Ley 18.469 |
Ley 20.545 | Ley 20.545 |
Ley 18.933 | Ley 18.933 |
Artículo 6 | Ley 20.545, artículo 6 |