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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 31°- ASMAR se regirá por esta ley, su
Reglamento Orgánico que dictará el Presidente de la
República a proposición del Comandante en Jefe de la
Armada y las disposiciones generales que apruebe el Consejo
Superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo
13, N° 10, de esta ley.