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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 9°.- ASMAR tendrá un Consejo Superior,
encargado de supervigilar sus actividades, el cual estará
compuesto por los siguientes miembros:
    El Director General de los Servicios de la Armada, quien
lo presidirá.
    _ El Subjefe del Estado Mayor General de la Armada.
    _ El Director de Armamentos de la Armada.
    _ El Director de Ingenieria Naval.
    _ El Director de Abastecimiento y Contabilidad de la
Armada.
    _ El Director de Astilleros y Maestranzas de la Armada.
    _ Un representante del señor Comandante en Jefe del
Ejército, que sea Oficial General en servicio activo de
dicha Institución.
    _ Un representante del señor Comandante en Jefe de la
Fuerza Aérea, que sea Oficial General en servicio activo de
dicha Institución.
    _ El Fiscal de ASMAR, sin derecho a voto.
    Habrá un Secretario del Consejo, designado por éste,
con el carácter de Ministro de Fe.