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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 8°.- Sin perjuicio de las atribuciones que
constitucionalmente corresponden al Presidente de la
República, el Director de ASMAR será directamente
responsable ante el Comandante en jefe de la Armada de la
buena marcha, organización, administración y dirección de
ASMAR.