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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

  Artículo 29°- En el Balance General de ASMAR deberá
consultarse una reserva suficiente para cubrir los gastos en
que deba incurrirse en el periodo siguiente para reparación
y conservación de las obras portuarias, diques y edificios,
no siendo necesario, en este caso, contemplar una
amortización sobre estos bienes.
    Sin embargo, se harán las amortizaciones que procedan
sobre la maquinaria, instalaciones y demás elementos de
trabajo, debiendo efectuarse las reservas equivalentes para
la reposición de dichos bienes.