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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 11580-1997

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Fecha: 21 de julio de 1997

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: ISAPRE

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18933; Ley Nº 18469; Ley Nº 19381, D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 9483, de 1994, de la Superintendencia de Seguridad Social

Concordancia con Circulares: Circulares Nº 966 y 975, de 1986; 1357 de 1994 y 1588 de 1997, todas de la Superintendencia de Seguridad Social


El Médico Contralor de esa ISAPRE ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la validez de los dictámenes que emiten las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez de los Servicios de Salud, al conocer los reclamos en contra de las resoluciones de esa ISAPRE, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 18.933 en sus artículos 35 y 37, cuando dichos dictámenes han sido emitidos fuera de los plazos establecidos al efecto y comunicados meses después a la ISAPRE.
Acompaña copias de dos dictámenes en cuyos casos las COMPIN de los Servicios de Salud Viña del Mar Quillota con el Dictamen Nº 538, de 4 de julio de 1996 y del Maule con el Dictamen Nº908 de 20 de mayo de 1996, no habrían cumplido los plazos para pronunciarse sobre el reclamo en contra de la resolución de esa ISAPRE por el rechazo de licencias médicas y para enviar la respectiva comunicación oportunamente a la ISAPRE.
Requerida al efecto ambas COMPIN, han informado lo siguiente:
a) La COMPIN del Servicio de Salud del Maule, ha informado que la licencia médica Nº588635, otorgada a la persona que se individualiza, por 15 días a contar desde el 15 de marzo de 1996, con diagnóstico de síntoma de parto prematuro, fue rechazada por la ISAPRE el 27 de marzo de 1996 y el 26 de abril de 1996 la beneficiaria apeló. Mediante Oficio Ord. Nº2884, de 30 de abril de 1996, la COMPIN solicitó informe y antecedentes a esa ISAPRE. Mediante Carta S/Nº de fecha 9 de mayo de 1996 recibida en la COMPIN el 15 de mayo de 1996, la ISAPRE informó sobre el caso. La COMPIN emitió la Resolución Nº908, de 20 de mayo de 1996, que autorizó la referida licencia médica Nº 588635.
b) La COMPIN del Servicio de Salud Viña del Mar Quillota ha informado sobre el Dictamen Nº 538, que afecta a la persona que se trata. Expresa que presentó la apelación el 30 de abril de 1996 y mediante Ord. Nº 1761, de fecha 6 de mayo de 1996 se solicitaron los antecedentes a la ISAPRE. El 14 de junio del mismo año al no haber respuesta de la ISAPRE y desconocer la respuesta de la ISAPRE a la paciente, fue citada el 19 de junio de 1996, no habiendo aún sido notificada por la ISAPRE acerca del estado de las licencias médicas y dado que el reposo era médicamente justificado, se procedió a emitir el referido Dictamen Nº 538, que autorizó las licencias médicas folios 537885, 624577, 624580 y 704687.
Sobre el particular, cabe señalar que respecto del plazo que tienen las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN para resolver los reclamos en contra de las resoluciones de las ISAPRE, corresponde distinguir dos situaciones:
a) PRESTACIONES PECUNIARIAS: La Ley Nº18.933, en su artículo 35, reemplazado por la Ley Nº 19.381, faculta al cotizante para recurrir a la COMPIN correspondiente al domicilio que fije el contrato de salud, cuando estime que lo obtenido por concepto de prestaciones pecuniarias es inferior a lo establecido en la Ley Nº 18.469. En este caso el inciso cuarto del referido artículo dispone que transcurrido 10 días hábiles, con o sin el informe, la COMPIN emitirá su resolución.
b) RECHAZO O MODIFICACION, AUTORIZACION DE LA LICENCIA MEDICA: El artículo 37, inciso tercero, de la citada Ley Nº 18.933, dispone que si la ISAPRE rechaza o modifica la licencia médica, el cotizante podrá recurrir ante la COMPIN, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del citado artículo 35, esto es, ante la COMPIN correspondiente al domicilio fijado en el contrato de salud. La Ley Nº 19.381, agregó que el mismo derecho tendrá el empleador respecto de las licencias que haya autorizado la Institución. En lo demás, se rige por lo dispuesto en el D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, cuyo artículo 43 establece que la COMPIN dispone de un plazo de 10 días para pronunciarse sobre el reclamo, contado desde la fecha de su presentación.
Por otra parte, corresponde aclarar que los referidos plazos no tienen el carácter de fatal, de modo que la competencia de las COMPIN para emitir sus resoluciones no se extingue una vez transcurridos ellos.
En efecto, dichos plazos fueron establecidos con el objeto de fijar a las COMPIN un tiempo para investigar, reunirse, deliberar y luego resolver, como también, en favor del cotizante al señalar un tiempo para la emisión del pronunciamiento por dichas COMPIN, pero de ninguna manera en las normas aludidas se dispone que dicho pronunciamiento sólo pueda emitirse en o dentro de ese espacio de tiempo.
En mérito de lo expuesto, se concluye que ambos plazos no tienen el carácter de fatal, por lo que los pronunciamientos de las COMPIN son válidos aunque se emitan transcurridos dichos plazos.
Respecto de la comunicación oportuna de los dictámenes por las COMPIN a las ISAPRE, esta Superintendencia mediante Circulares Nº 1.357, del año 1994 y Nº 1.588, de 1997, instruyó a los Servicios de Salud y sus dependencias que emiten resoluciones respecto de las licencias médicas, acerca de que las resoluciones sólo producen sus efectos en virtud de una notificación, esto es, una vez puestas en conocimiento de los interesados, a quienes afectan sus resultados.
La notificación debe contener, a lo menos, copia de la resolución, número de la licencia sobre la que recae y el período de reposo. Cada Servicio de Salud debe establecer un procedimiento ágil y oportuno para notificar, el cual podrá ser personal, por carta certificada u otro medio idóneo, debiendo dejar constancia en cada resolución de su forma de notificación y copia de los antecedentes que acrediten la actuación, de manera que posteriormente permita comprobarse.
Asimismo, cabe señalar que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 43 del D.S. Nº 3, la resolución que dicte la COMPIN resolviendo una reclamación presentada por un afiliado a ISAPRE, debe ser notificada al reclamante y a la Institución de Salud Previsional, para su cumplimiento en el plazo condiciones y modalidades que fije la misma resolución

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
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16/06/1997Circular 1588Licencias médicasLICENCIAS MÉDICAS. REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE SALUD POR CIRCULARES DE 1986; 1357, DE 1994; 1535, DE 1996 Y OFICIOS CIRCULAR N*S. 9909, DE 1984; 343, DE 1986; 2914, DE 1988 Y 179, DE 1994.D.S. N° 3 ,de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
26/09/1994Circular 1357Licencias médicasIMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE SALUD EN RELACIÓN A LAS RESOLUCIONES QUE RECAEN EN LICENCIAS MÉDICAS.D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395
05/07/1994Circular 1348Servicios de BienestarIMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR ACERCA DE LA FORMA EN QUE DEBEN PLANTEAR SUS CONSULTAS A ESTA SUPERINTENDENCIA.D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
12/05/1986Circular 975Licencias médicasIMPARTE INSTRUCCIONES QUE INDICA A LOS SERVICIOS DE SALUD.D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395
19/03/1986Circular 966VariosIMPARTE INSTRUCCIONES ACERCA DE INFORMES QUE INDICA.Ley N° 16395
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
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05/05/2021Dictamen 55164-2021Licencias médicasLicencias Médicas - TramitaciónLey Nº 16.395; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
24/11/2015Dictamen 74581-2015Licencias médicasLicencia médica de reemplazoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
25/08/2015Dictamen 53304-2015Licencias médicasResolución rechazo causales de orden jurídico administrativo fuera de plazo licencia médica de reemplazoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
19/03/2015Dictamen 17700-2015Licencias médicasTramitación licencia médica de reemplazoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395
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22/01/2015Dictamen 5752-2015Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Sancion al empleador pago subsidiosD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
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15/09/2014Dictamen 61439-2014Licencias médicasSancion al empleador pago subsidios reembolsoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395.
29/07/2014Dictamen 48130-2014Licencias médicasTramitación plazos de presentación errores licencia reemplazoD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
28/03/2014Dictamen 18829-2014Licencias médicasTramitación licencia médica de reemplazo circular 1588 tramitación más de un empleadorD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
04/10/2013Dictamen 62655-2013Licencias médicasCausales - De orden jurídico administrativo - Fuera de plazo - Gestión útil - Rechazo - ReingresoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
01/08/2013Dictamen 48652-2013Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
21/02/2013Dictamen 12112-2013Licencias médicasCausales - De orden jurídico administrativo - Omisión de datos - RechazoD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
26/12/2012Dictamen 83295-2012Licencias médicasCausales - De orden jurídico administrativo - Enmendaduras - RechazoD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
13/08/2012Dictamen 51405-2012Licencias médicasLicencia medica de reemplazoD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
13/12/2011Dictamen 76404-2011Licencias médicas D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
15/02/2011Dictamen 9607-2011Licencias médicas D.S. N°3 de 1984, del Ministerio de Salud.
19/10/2010Dictamen 66044-2010Licencias médicasEmisión - Error - Licencia de reemplazo - OmisiónD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud
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29/01/2010Dictamen 6091-2010Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16744
11/01/2010Dictamen 1675-2010Licencias médicas D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud
29/12/2009Dictamen 68434-2009Licencias médicasTramitación licencia médica electrónica licencia médica de reemplazoD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
29/10/2009Dictamen 54932-2009Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
30/06/2009Dictamen 30367-2009Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
16/06/2009Dictamen 27921-2009Licencias médicas D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud
20/05/2009Dictamen 22736-2009Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
07/01/2009Dictamen 577-2009Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
16/05/2008Dictamen 33719-2008Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
11/01/2008Dictamen 2806-2008Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo
07/01/2008Dictamen 727-2008Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
16/11/2007Dictamen 75448-2007Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo.
08/05/2007Dictamen 29722-2007Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
30/11/2006Dictamen 63492-2006Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
01/03/2006Dictamen 9992-2006Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
30/01/2006Dictamen 4734-2006Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
05/10/2005Dictamen 48098-2005Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
13/06/2005Dictamen 27430-2005Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
15/09/2004Dictamen 36545-2004Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16395;
27/05/2004Dictamen 20373-2004Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
23/04/2004Dictamen 16363-2004Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
06/02/2004Dictamen 4667-2004Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
26/05/2003Dictamen 16990-2003Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
21/02/2003Dictamen 5383-2003Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
07/02/2003Dictamen 4043-2003Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
14/12/2001Dictamen 47197-2001Licencias médicas D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud
08/11/2001Dictamen 41926-2001Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
29/04/1999Dictamen 10981-1999Seguro laboral (Ley 16.744) D.S. Nº 72, de 1985; Ley Nº 16.744
12/04/1999Dictamen 8609-1999Licencias médicas D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 42 de 1986, del Ministerio de Salud; D.L. Nº Nº 3500, de 1980
22/03/1999Dictamen 6068-1999Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 18933;
04/02/1999Dictamen 1938-1999Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 42, de 1986, del Ministerio de Salud; D.L. Nº 3500, de 1980
16/12/1998Dictamen 24523-1998Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
24/08/1998Dictamen 16868-1998Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
01/07/1998Dictamen 12374-1998Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
11/11/1997Dictamen 18590-1997Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud
09/09/1997Dictamen 14773-1997Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18933;
09/09/1997Dictamen 14777-1997Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18933;
10/12/1996Dictamen 15489-1996Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
12/07/1996Dictamen 8611-1996Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud;
08/07/1996Dictamen 8216-1996Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud;
28/03/1996Dictamen 3716-1996Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
18/03/1996Dictamen 3201-1996Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18933
23/10/1995Dictamen 11238-1995Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
04/08/1995Dictamen 8264-1995Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud
02/08/1995Dictamen 8095-1995Licencias médicas D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud
02/08/1995Dictamen 8096-1995Licencias médicas D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud
20/06/1994Dictamen 6863-1994Servicios de Bienestar D.F.L. Nº 3, de 1980, del Ministerio de Educación; D.F.L. Nº 158, de 1981, del Ministerio de Educación
19/05/1992Dictamen 4602-1992Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 18.383; Ley Nº 16.744
11/03/1991Dictamen 1989-1991Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
17/04/1989Dictamen 13328-1989Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº 150, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
28/04/1987Dictamen 2412-1987Asignación familiar D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
TítuloDetalle
Ley 18.469Ley 18.469
Ley 19.381ley 19.381
Ley 18.933Ley 18.933
Artículo 35ley 18.933, artículo 35