Dictamen 75448-2007
Una persona ha recurrido a esta Superintendencia, solicitando que se autorice una licencia médica en reemplazo de la N° 1-18207618, extendida, por 15 días, a contar del 12 de febrero de 2007, en virtud del diagnóstico "multípara de 34 semanas, diabetes gestacional descompensada", que esa Subcomisión Médica rechazó argumentado que debió ser extendida por descanso pre natal.
Agrega que el referido dictamen incidió también en la tramitación de la licencia médica N° 1-18401992, emitida en virtud de ese último diagnóstico, por 42 días, a contar del 27 de febrero de 2007 y de la N° 1-18956024, extendida por descanso post natal, por 84 días, a contar del 17 de marzo de 2007.
Por otra parte, adjunta copia del acta de comparecencia ante la Inspección Comunal del Trabajo de Buin, donde se consigna el 28 de febrero de 2007, como fecha de término de su relación laboral
Consultada al respecto, esa Subcomisión Médica señaló que el rechazo de la licencia médica N° 1-18207618, se sustentó en la falta de justificación médica del reposo y en la circunstancia de haberse extendido por un diagnóstico incorrecto, por cuanto debió serlo como licencia médica tipo 3, es decir, por descanso pre natal.
Posteriormente, y a requerimiento de esta Superintendencia, envió, por fax, el listado maestro de licencias médicas respectivo, donde no aparecen registradas las licencias médicas pre y post natal antes referidas.
Sobre el particular, cabe hacer presente que conforme dispone el artículo 195 del Código del Trabajo, las trabajadoras "tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él".
En la especie, habida consideración de lo dictaminado por esa Subcomisión Médica en torno a la licencia médica N° 1-18207618, se sometieron los antecedentes del caso al estudio del Departamento Médico de esta Superintendencia, el cual concluyó, en contraposición al parecer de esa entidad, que se justifica médicamente.
Señaló, asimismo, que a su data de inicio, esto es, el 12 de febrero de 2007, no correspondía emitir a la interesada una licencia médica por descanso pre natal, puesto que la fecha estimada de la concepción se fijó en julio 2006 y el cuadro de diabetes gestacional que dio origen a la referida licencia, tal como suele ocurrir, provocó a la recurrente un parto prematuro.
Por lo tanto, según se advierte, esa Subcomisión Médica actuó incorrectamente al rechazar, en virtud de los fundamentos antes precisados, la licencia médica N° 1-18207618 cuya autorización, por ende, se instruye.
Asimismo, cabe señalar que la licencia médica N° 1-18401992, emitida por descanso prenatal, es correcta al fijar su inicio a contar del 27 de febrero de 2007, misma data en que habría sido recepcionada por su empleadora, de acuerdo con lo consignado en la sección C.1 del respectivo formulario.
Ahora bien, en el anverso de ese formulario, consta asimismo un timbre de la Unidad de Subsidios del Hospital de Buin, cuya data corresponde al 1° de marzo de 2007; pese a que, según ya se indicó, no aparece registrada en el listado maestro respectivo.
En virtud de lo expuesto, se instruye a esa Subcomisión Médica indagar las razones por las que no se ha emitido un pronunciamiento a su respecto y en tanto no haya sido devuelta - conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del D.S. N° 3 - deberá dictar, a la brevedad, su resolución, previa emisión de una licencia médica de reemplazo, en caso de establecerse que lo anterior obedece a su extravío en dependencias de esa entidad.
Sin perjuicio, para los casos en que se proceda a la devolución de una licencia médica, se reitera a necesidad de dar estricto cumplimiento a las instrucciones impartidas en el Párrafo 2° de la Circular N° 1588, de 15 de junio de 1997, en orden a dejar constancia en el respectivo formulario, de la fecha de recepción y motivo por el cual se devuelve una licencia, sin perjuicio de los datos que deben registrarse en el libro de devoluciones dispuesto al efecto.
En lo que concierne a la licencia médica N° 1-18956024, por descanso post natal, extendida luego del término de su relación laboral, cabe hacer presente que mediante la Circular Nº 1.126, de 25 de abril de 1989, esta Superintendencia impartió instrucciones señalando, en su parte pertinente, que el artículo 64 del D.S. Nº3, de 1984, del Ministerio de Salud, dispone que "Los procedimientos establecidos en los incisos segundo y tercero del artículo 11 podrán aplicarse, según corresponda, a los trabajadores dependientes que no estando acogidos a subsidio de cesantía, experimenten dificultades en obtener que sus actuales o anteriores empleadores cursen y suscriban los respectivos formularios. Estas situaciones serán calificadas prudencialmente por los Servicios de Salud e Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), sin perjuicio de exigir, los primeros, los comprobantes de la Administradora de Fondos de Pensiones o institución previsional a que esté afiliado el trabajador, que acredite su derecho a subsidio por incapacidad laboral".
Por lo expuesto, cuando un trabajador tenga dificultades para que su empleador le curse y suscriba una licencia médica - como ocurre cuando se encuentran ya desvinculados laboralmente - las COMPIN o las Instituciones de Salud Previsional de acuerdo con las facultades señaladas, deben aplicar el procedimiento alternativo contemplado en el artículo 64 del D.S. Nº3 calificando prudencialmente la situación, procediendo a recibir el formulario, estampando la fecha de la recepción.
En consecuencia, en la medida que la interesada acredite haberse acogido a ese procedimiento alternativo presentando la aludida licencia médica ante la Inspección del Trabajo, esa Subcomisión Médica deberá pronunciarse sobre su autorización o rechazo, teniendo, desde ya, en consideración que sólo fue emitida el 20 de marzo de 2007, fecha que coincide con su alta médica desde el Hospital Barros Luco, establecimiento en el que se produjo el parto el día 17 de ese mes, según el certificado que acompaña a su reclamación.
Lo anterior, para efectos de ponderar dicha circunstancia como una causa de fuerza mayor que justifique su presentación fuera de plazo.
Por lo tanto, se ordena a esa Subcomisión Médica autorizar la licencia médica N° 1-18207618 y respecto de las restantes (pre y post natal), obrar conforme a las pautas precedentemente indicadas
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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28/12/2021 | Circular 3646 | Licencias médicas - Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAUSALES DE RECHAZO DE ORDEN JURÍDICO DE LA LICENCIA MÉDICA | Ley Nª 16.394; D.S. Nª 3, de 1984, del MINSAL |
25/01/2021 | Circular 3575 | Licencias médicas | APLICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INDICAN, AL D.S. N°3, DE 1984, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ Y LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL, INTRODUCIDAS POR EL DECRETO N°46 de 2019, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES | Ley N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
05/06/2019 | Circular 3424 | Licencias médicas | IMPARTE INSTRUCCIONES EN RELACION AL PLAZO DE ENTREGA DE LICENCIAS MEDICAS POR PARTE DEL TRABAJADOR , CRITERIOS PARA CALIFICAR SITUACIONES DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, REGULA SITUACIONES DE ENMENDADURAS Y EMISION DE LICENCIAS MEDICAS DE REEMPLAZO | Ley N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
16/06/1997 | Circular 1588 | Licencias médicas | LICENCIAS MÉDICAS. REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE SALUD POR CIRCULARES DE 1986; 1357, DE 1994; 1535, DE 1996 Y OFICIOS CIRCULAR N*S. 9909, DE 1984; 343, DE 1986; 2914, DE 1988 Y 179, DE 1994. | D.S. N° 3 ,de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
26/09/1994 | Circular 1357 | Licencias médicas | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE SALUD EN RELACIÓN A LAS RESOLUCIONES QUE RECAEN EN LICENCIAS MÉDICAS. | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395 |
25/04/1989 | Circular 1126 | Licencias médicas | LICENCIAS MÉDICAS. PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE TRABAJADORES QUE EXPERIMENTEN DIFICULTADES PARA QUE SUS EMPLEADORES CURSEN O SUSCRIBAN LOS RESPECTIVOS FORMULARIOS | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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27/03/2023 | Dictamen 789-2023 | Licencias médicas | Licencia Médica - Tramitación Licencia Médica | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Decreto N°75, de 2022, del Ministerio de Salud. |
05/05/2021 | Dictamen 55164-2021 | Licencias médicas | Licencias Médicas - Tramitación | Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |
23/03/2020 | Dictamen 1203-2020 | Licencias médicas | Licencia Médica - Tramitación licencias médicas | Ley N°16.395; Decretos N°s 3, de 1984 y 6, de 6 de marzo de 2020, ambos del Ministerio de Salud; Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud |
23/03/2020 | Dictamen 789-2023 | Licencias médicas | Licencia Médica - Tramitación licencias médicas | Ley N°16.395; Decretos N°s 3, de 1984 y 6, de 6 de marzo de 2020, ambos del Ministerio de Salud; Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud |
23/08/2017 | Dictamen 39844-2017 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Tramitación procedimiento alternativo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
24/11/2015 | Dictamen 74581-2015 | Licencias médicas | Licencia médica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
25/08/2015 | Dictamen 53304-2015 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo fuera de plazo licencia médica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
11/05/2015 | Dictamen 29533-2015 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo fuera de plazo procedimento especial inspeccion del trabajo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
19/03/2015 | Dictamen 17700-2015 | Licencias médicas | Tramitación licencia médica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395 |
22/01/2015 | Dictamen 5752-2015 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Sancion al empleador pago subsidios | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
10/11/2014 | Dictamen 75038-2014 | Licencias médicas | Sancion al empleador pago subsidios | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395 |
15/09/2014 | Dictamen 61439-2014 | Licencias médicas | Sancion al empleador pago subsidios reembolso | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395. |
29/07/2014 | Dictamen 48130-2014 | Licencias médicas | Tramitación plazos de presentación errores licencia reemplazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
18/07/2014 | Dictamen 45477-2014 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo procedimento especial inspeccion del trabajo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
17/04/2014 | Dictamen 23981-2014 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo fuera de plazo procedimento especial inspeccion del trabajo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
28/03/2014 | Dictamen 18829-2014 | Licencias médicas | Tramitación licencia médica de reemplazo circular 1588 tramitación más de un empleador | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
04/10/2013 | Dictamen 62655-2013 | Licencias médicas | Causales - De orden jurídico administrativo - Fuera de plazo - Gestión útil - Rechazo - Reingreso | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
01/08/2013 | Dictamen 48652-2013 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
21/02/2013 | Dictamen 12112-2013 | Licencias médicas | Causales - De orden jurídico administrativo - Omisión de datos - Rechazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
26/12/2012 | Dictamen 83295-2012 | Licencias médicas | Causales - De orden jurídico administrativo - Enmendaduras - Rechazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
13/08/2012 | Dictamen 51405-2012 | Licencias médicas | Licencia medica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
13/12/2011 | Dictamen 76404-2011 | Licencias médicas | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
15/02/2011 | Dictamen 9607-2011 | Licencias médicas | D.S. N°3 de 1984, del Ministerio de Salud. | |
19/10/2010 | Dictamen 66044-2010 | Licencias médicas | Emisión - Error - Licencia de reemplazo - Omisión | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud |
13/04/2010 | Dictamen 21699-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
08/04/2010 | Dictamen 20396-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
29/01/2010 | Dictamen 6091-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16744 | |
11/01/2010 | Dictamen 1675-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud | |
29/12/2009 | Dictamen 68434-2009 | Licencias médicas | Tramitación licencia médica electrónica licencia médica de reemplazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
29/10/2009 | Dictamen 54932-2009 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
30/06/2009 | Dictamen 30367-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
16/06/2009 | Dictamen 27921-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud | |
20/05/2009 | Dictamen 22736-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
07/01/2009 | Dictamen 577-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
16/05/2008 | Dictamen 33719-2008 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
11/01/2008 | Dictamen 2806-2008 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo | |
07/01/2008 | Dictamen 727-2008 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
30/11/2006 | Dictamen 63492-2006 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
01/03/2006 | Dictamen 9992-2006 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
30/01/2006 | Dictamen 4734-2006 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
06/12/2005 | Dictamen 60620-2005 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo inexistencia del vínculo laboral | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
05/10/2005 | Dictamen 48098-2005 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
13/06/2005 | Dictamen 27430-2005 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
15/09/2004 | Dictamen 36545-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16395; | |
27/05/2004 | Dictamen 20373-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
23/04/2004 | Dictamen 16363-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
06/02/2004 | Dictamen 4667-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
26/05/2003 | Dictamen 16990-2003 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
21/02/2003 | Dictamen 5383-2003 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
07/02/2003 | Dictamen 4043-2003 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
14/12/2001 | Dictamen 47197-2001 | Licencias médicas | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
08/11/2001 | Dictamen 41926-2001 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
12/04/1999 | Dictamen 8609-1999 | Licencias médicas | D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 42 de 1986, del Ministerio de Salud; D.L. Nº Nº 3500, de 1980 | |
04/02/1999 | Dictamen 1938-1999 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 42, de 1986, del Ministerio de Salud; D.L. Nº 3500, de 1980 | |
16/12/1998 | Dictamen 24523-1998 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
24/08/1998 | Dictamen 16868-1998 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
01/07/1998 | Dictamen 12374-1998 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
11/11/1997 | Dictamen 18590-1997 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
21/07/1997 | Dictamen 11580-1997 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18933; Ley Nº 18469; Ley Nº 19381, D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
09/05/1997 | Dictamen 7434-1997 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
14/01/1997 | Dictamen 692-1997 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
18/01/1994 | Dictamen 535-1994 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
08/05/1992 | Dictamen 4152-1992 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |