Dictamen 8609-1999
Mediante la presentación de antecedentes, Ud. ha recurrido a esta Superintendencia exponiendo el caso de un afiliado, quien habría completado más de un año continuo con licencias médicas, incapacidad laboral y cobro de subsidios, por las patologías que señala.
Hace presente que por tercera vez las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, le habrían rechazado su declaración de invalidez, no obstante lo cual la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez del Servicio de Salud Metropolitano Norte, al amparo de la Circular N° 2C/134, de 24 de junio de 1985, del Ministerio de Salud, continúa autorizando sus licencias médicas, a pesar de que dicha Comisión estimaría que el cotizante no reuniría los requisitos de incapacidad, y que el subsidio por incapacidad laboral es de carácter temporal y no continuo, como lo estaría siendo en este caso.
Hace presente que en este caso se podría inferir que el cotizante estaría vulnerando la letra d), del artículo 55, del Decreto Supremo N° 3, del año 1984, del Ministerio de Salud, mediante la entrega y aporte de antecedentes clínicos falsos o la simulación de su enfermedad, por lo cual el rechazo de sus licencias médicas se haría necesario para evitar esta situación que describe como una irregularidad, abuso y mal uso del sistema previsional imperante.
Sobre el particular, cabe señalar que la Circular 2C/134, de 1985, del Ministerio de Salud, establece en su último párrafo lo siguiente : " En todo caso, y mientras dure el trámite de calificación de invalidez y hasta que se emita el dictamen definitivo y éste se considere legalmente ejecutoriado, ya sea por las Comisiones Médicas Regionales o por la Comisión Médica Central, según proceda, las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez de los Servicios de Salud deben continuar autorizando las licencias médicas y pagando los correspondientes subsidios".
Sin perjuicio de la excepción contemplada en la citada Circular, el criterio general sostenido por esta Superintendencia ha sido el de no autorizar las licencias médicas en que la patología tiene carácter irrecuperable, en consideración a que se trata de un beneficio esencialmente temporal, cuyo objeto es ayudar al trabajador a recuperar su salud y permitirle reincorporarse a sus labores habituales.
Dicho criterio se desprende de los artículos 1,2 y 7 del Decreto Supremo Nº3, del año 1984, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre autorización de licencias médicas, disposiciones de acuerdo a las cuales la licencia médica para ausentarse temporalmente del trabajo.
Respecto a si procede continuar autorizando licencias médicas con diagnósticos declarados irrecuperables, una vez que el dictamen de calificación de invalidez, emitido en conformidad a las normas del Decreto Ley Nº 3.500, se encuentra legalmente ejecutoriado, cabe manifestar que esta Superintendencia, mediante su Ordinario Nº1938, de 04 de febrero de 1999, distribuido a todas las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez de los Servicios de Salud del país, ha señalado que cuando dichas comisiones reciban licencias médicas, en que el médico tratante indica en el formulario de carácter irrecuperable, deberán emitir un pronunciamiento en tal sentido, en conformidad a las normas de los artículos Nºs. 22 del Decreto Supremo N°3, antes indicado, y del artículo 221 letra f), del Decreto Supremo Nº42, del año 1986, del Ministerio de Salud.
Declarado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez competente, el carácter irrecuperable del diagnóstico anotado en la licencia médica, mediante Resolución fundada y habiendo autorizado al trabajador , en cumplimiento de la citada Circular Nº 2C/134, del año 1985, las licencias médicas que se encuentren dentro del período de calificación de invalidez; procederá que una vez ejecutoriado el pertinente dictamen de invalidez, (ya sea que acoja o rechace la solicitud de ésta), las Comisiones de medicina Preventiva e Invalidez rechacen las posteriores licencias médicas que se extiendan por los mismo diagnósticos que ya fueron declarados irrecuperables, por Resolución debidamente notificada al trabajador, conforme a lo instruido mediante el Título y Notificaciones de la Circular Nº1.588, de esta entidad
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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28/12/2021 | Circular 3646 | Licencias médicas - Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAUSALES DE RECHAZO DE ORDEN JURÍDICO DE LA LICENCIA MÉDICA | Ley Nª 16.394; D.S. Nª 3, de 1984, del MINSAL |
25/01/2021 | Circular 3575 | Licencias médicas | APLICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INDICAN, AL D.S. N°3, DE 1984, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ Y LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL, INTRODUCIDAS POR EL DECRETO N°46 de 2019, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES | Ley N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
05/06/2019 | Circular 3424 | Licencias médicas | IMPARTE INSTRUCCIONES EN RELACION AL PLAZO DE ENTREGA DE LICENCIAS MEDICAS POR PARTE DEL TRABAJADOR , CRITERIOS PARA CALIFICAR SITUACIONES DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, REGULA SITUACIONES DE ENMENDADURAS Y EMISION DE LICENCIAS MEDICAS DE REEMPLAZO | Ley N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
16/06/1997 | Circular 1588 | Licencias médicas | LICENCIAS MÉDICAS. REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE SALUD POR CIRCULARES DE 1986; 1357, DE 1994; 1535, DE 1996 Y OFICIOS CIRCULAR N*S. 9909, DE 1984; 343, DE 1986; 2914, DE 1988 Y 179, DE 1994. | D.S. N° 3 ,de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
26/09/1994 | Circular 1357 | Licencias médicas | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE SALUD EN RELACIÓN A LAS RESOLUCIONES QUE RECAEN EN LICENCIAS MÉDICAS. | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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27/03/2023 | Dictamen 789-2023 | Licencias médicas | Licencia Médica - Tramitación Licencia Médica | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Decreto N°75, de 2022, del Ministerio de Salud. |
05/05/2021 | Dictamen 55164-2021 | Licencias médicas | Licencias Médicas - Tramitación | Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |
24/11/2015 | Dictamen 74581-2015 | Licencias médicas | Licencia médica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
25/08/2015 | Dictamen 53304-2015 | Licencias médicas | Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo fuera de plazo licencia médica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
19/03/2015 | Dictamen 17700-2015 | Licencias médicas | Tramitación licencia médica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395 |
22/01/2015 | Dictamen 5752-2015 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Sancion al empleador pago subsidios | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
10/11/2014 | Dictamen 75038-2014 | Licencias médicas | Sancion al empleador pago subsidios | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395 |
15/09/2014 | Dictamen 61439-2014 | Licencias médicas | Sancion al empleador pago subsidios reembolso | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°16395. |
29/07/2014 | Dictamen 48130-2014 | Licencias médicas | Tramitación plazos de presentación errores licencia reemplazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
28/03/2014 | Dictamen 18829-2014 | Licencias médicas | Tramitación licencia médica de reemplazo circular 1588 tramitación más de un empleador | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
04/10/2013 | Dictamen 62655-2013 | Licencias médicas | Causales - De orden jurídico administrativo - Fuera de plazo - Gestión útil - Rechazo - Reingreso | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
01/08/2013 | Dictamen 48652-2013 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
21/02/2013 | Dictamen 12112-2013 | Licencias médicas | Causales - De orden jurídico administrativo - Omisión de datos - Rechazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
26/12/2012 | Dictamen 83295-2012 | Licencias médicas | Causales - De orden jurídico administrativo - Enmendaduras - Rechazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
13/08/2012 | Dictamen 51405-2012 | Licencias médicas | Licencia medica de reemplazo | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
13/12/2011 | Dictamen 76404-2011 | Licencias médicas | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
15/02/2011 | Dictamen 9607-2011 | Licencias médicas | D.S. N°3 de 1984, del Ministerio de Salud. | |
19/10/2010 | Dictamen 66044-2010 | Licencias médicas | Emisión - Error - Licencia de reemplazo - Omisión | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud |
13/04/2010 | Dictamen 21699-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
29/01/2010 | Dictamen 6091-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16744 | |
11/01/2010 | Dictamen 1675-2010 | Licencias médicas | D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud | |
29/12/2009 | Dictamen 68434-2009 | Licencias médicas | Tramitación licencia médica electrónica licencia médica de reemplazo | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. |
29/10/2009 | Dictamen 54932-2009 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
30/06/2009 | Dictamen 30367-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
16/06/2009 | Dictamen 27921-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud | |
20/05/2009 | Dictamen 22736-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
07/01/2009 | Dictamen 577-2009 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
16/05/2008 | Dictamen 33719-2008 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
11/01/2008 | Dictamen 2806-2008 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo | |
07/01/2008 | Dictamen 727-2008 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
16/11/2007 | Dictamen 75448-2007 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo. | |
30/11/2006 | Dictamen 63492-2006 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
01/03/2006 | Dictamen 9992-2006 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
30/01/2006 | Dictamen 4734-2006 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
05/10/2005 | Dictamen 48098-2005 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
13/06/2005 | Dictamen 27430-2005 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
15/09/2004 | Dictamen 36545-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16395; | |
27/05/2004 | Dictamen 20373-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
23/04/2004 | Dictamen 16363-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
06/02/2004 | Dictamen 4667-2004 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
26/05/2003 | Dictamen 16990-2003 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
21/02/2003 | Dictamen 5383-2003 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
07/02/2003 | Dictamen 4043-2003 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
14/12/2001 | Dictamen 47197-2001 | Licencias médicas | D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
08/11/2001 | Dictamen 41926-2001 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
04/02/1999 | Dictamen 1938-1999 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 42, de 1986, del Ministerio de Salud; D.L. Nº 3500, de 1980 | |
16/12/1998 | Dictamen 24523-1998 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud. | |
24/08/1998 | Dictamen 16868-1998 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
01/07/1998 | Dictamen 12374-1998 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
11/11/1997 | Dictamen 18590-1997 | Licencias médicas | D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud | |
21/07/1997 | Dictamen 11580-1997 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18933; Ley Nº 18469; Ley Nº 19381, D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |