Texto
Artículo 95°.- Con el propósito de acelerar el
desarrollo de un plan que incorpore a las poblaciones y a
los sectores más necesitados del país a las condiciones
mínimas indispensables de vida, destínanse las sumas que a
continuación se indican a los fines que se señalan:
1) Supleméntanse los ítem que se indican del
Presupuesto de Capital en moneda nacional para 1965, en las
cantidades que se señalan:
09/01/100.1 Para iniciar Programas
Educacionales
Extraordinarios_ _ _ _ _ _ E° 24.000.000
La letra b) del programa
de absorción del déficit
educacional primario
sube en_ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 1.000.000
La letra c) del mismo
programa aumenta en _ _ _ E° 2.700.000
El programa de expansión
y mejoramiento de la
Educación Secundaria
aumenta en _ _ _ _ _ _ _ _ E° 3.000.000
El programa de expansión
y mejoramiento de la
Educación Secundaria
Vespertina y Nocturna
Fiscal aumenta en _ _ _ _ E° 1.200.000
El programa de
mejoramiento de la
Educación Profesional
Fiscal, sube en_ _ _ _ _ _ E° 9.100.000
y agrégase a su glosa la
siguiente frase: "pudiendo
con cargo a esta suma,
efectuarse aportes al
Servicio de Cooperación
Técnica Industrial".
Agrégase a continuación
del programa de
mejoramiento de la
Educación Profesional
Fiscal, los siguientes
programas nuevos:
Para el programa de
Educación Fundamental en
el área urbana _ _ _ _ _ _ E° 3.500.000
Para el programa de
Educación Fundamental en
el área rural_ _ _ _ _ _ _ E° 1.000.000
Para el programa de
expansión de la Educación
Superior, incluyendo
transferencias a las
Universidades Fiscales y
a las reconocidas por el
Estado._ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 2.500.000
09/01/100.2 Para construir, instalar
y equipar el local en
que funcionará el
perfeccionamiento del
profesorado en servicio
del Ministerio de
Educación, ramas enseñanza
secundaria y media
profesional, en
conformidad al acuerdo
comunicado por nota N°
347. de 14 de Octubre
de 1960 de la
Superintendencia de
Educación Pública y el
decreto N° 17177 de 23
de Septiembre de 1964,
del Ministerio de
Educación._ _ _ _ _ _ _ _ E° 1.000.000
12/01/125.5 Aportes a instituciones
descentralizadas para
en programa de
construcciones . _ _ _ _ _ E° 19.200.000
De esta suma deberán
destinarse E° 7.400.000
para construir en
poblaciones marginales
urbanas y en villorrios
agrícolas habitaciones
para obreros y campesinos,
retenes de policía,
cuarteles de bomberos,
oficinas de Registro
Civil de Correos y
Telégrafos e instalaciones
de agua potable y
alcantarillado, a través
de la Dirección General
de Obras Públicas y de
la Corporación de la
Vivienda; E° 11.800.000
para construir y equipar
talleres para artesanos
y Centros de Cooperativas
de Producción a través
de la Dirección General
de Obras Públicas y de
la Corporación de la
Vivienda.
13/01/125.8 A la Corporación de la
Reforma Agraria _ _ _ _ _ E° 80.800.000
Agréguese a la glosa, a
continuación de las
palabras "... de
Agricultura y Pesca" lo
siguiente: "E° 60.000.000
para adquirir, expropiar,
parcelar y dividir
tierras, construir casas,
bodegas, establos,
cercas, obras de riego,
caminos y otras
inversiones de
infraestructura, otorgar
créditos y asistencia
técnica.
E° 16.000.000 para un
programa de crédito
supervisado a pequeños
agricultores propietarios,
arrendatarios y medieros,
los que deberán
transferirse al Instituto
de Desarrollo Agropecuario,
para el cumplimiento de
este programa.
E° 1.800.000 para un
programa de Defensa y
Desarrollo Agropecuario,
que deberán transferirse
a la Dirección de
Agricultura y Pesca y
E° 3.000.000, para un
programa de Investigación
que deberán transferirse
al Instituto de
Investigaciones
Agropecuarias.
16/01/125.11 Al Servicio Nacional
de Salud ._ _ _ _ _ _ _ _ E° 15.000.000
Agrégese a la glosa, a
continuación de las
palabras "... de Salud
Pública", lo siguiente:
E° 2.900.000 para terminar
las construcciones
asistenciales iniciadas
por el Servicio,
construcción de postas y
establecimientos menores,
adquisición de terrenos
y locales, y ampliaciones
de los establecimientos
existentes; E° 100.000
para el Hospital del
Tórax, Laboratorio de
Investigaciones Clínicas
y Experimentales de
Cirugía Torácica; E°
1.400.000 para la
habilitación y equipamiento
de los nuevos locales,
ampliación y renovación
de equipos en los
establecimientos
existentes; E° 5.000.000
para gastos operacionales
de los establecimientos
asistenciales hospitalarios;
E° 3.850.000 para
construcción,
habilitación, equipamiento
y funcionamiento de
Centros de Salud, Centros
de Atención Ambulatoria:
E° 250.000 para Centro de
Rehabilitación de
Parapléjicos; E° 500.000
para atención dental,
incluyendo adquisición de
equipos odontológicos; E°
1.000.000 para programas
alimentarios que podrán
desarrollarse mediante
transferencias al Servicio
Médico Nacional de
Empleados, Ministerio de
Educación Pública y
Junta de Auxilio Escolar.
Podrá imputarse
directamente a estos
fondos la creación de
horas de personal afecto
a la ley N° 15076 y
paramédico de Salud.
2) Créanse los siguientes ítem en el Presupuesto de
Capital en moneda nacional para 1965:
07/01/125.8 Aporte a la Corporación
de Fomento de la
Producción, para ejecución
de un programa de
inversiones de Desarrollo
Industrial, Minero,
Agropecuario y de la
Energía E° 45.000.000
12/01/125.6 Aporte a la Corporación
de la Vivienda. E° 115.000.000
Para iniciar un Programa
Extraordinario de
construcción de vivienda
urbana, erradicaciones
urbanización y saneamiento
de terrenos de
cooperativas de
Construcción.