ley 7.613, artículo 8
Texto
Artículo 8° La inscripción de la adopción, además de las indicaciones comunes a toda inscripción, deberá contener: 1° Nombre, apellido, nacionalidad, estado civil, profesión y domicilio del adaptado y del adoptante; 2° Lugar donde se encuentra la inscripción de nacimiento del adoptado, y 3° Referencia a la escritura pública de adopción. Si el adoptado ha tomado el o los apellidos del adoptante o de los adoptantes, se mencionará este hecho.