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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 26.- Modifícanse las leyes N°s. 18.827,
18.830 y 18.886, en el sentido que se denominará Jefe de la
División de Extensión Cultural al cargo de Jefe de la
División de Cultura, Directivo Superior, Nivel I, grado 2°
de la Escala Unica de Sueldos; y Jefe del Departamento de
Actividades de Extensión Cultural, al cargo de Jefe del
Departamento de Extensión Cultural, Directivo Superior,
Nivel III, grado 4° de la Escala Unica de Sueldos.