ley 18.956, artículo 12
Texto
Artículo 12.- El Departamento de Administración General es la unidad encargada de la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Ministerio, y de proponer los procedimientos e instrucciones tendientes a cumplir las normas legales y reglamentarias sobre la materia y supervisar su cumplimiento. Esta unidad estará a cargo del Jefe del Departamento.