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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 19.- La asignación que establece este Título
es incompatible con la bonificación a la mano de obra que
otorgan los artículos 1° del decreto ley N° 2.251, de
1978 y 2° del decreto ley N° 3.625, de 1981.