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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

     Artículo 24.- Los usuarios de los certificados de
firma electrónica quedarán obligados, en el momento de
proporcionar los datos de su identidad personal u otras
circunstancias objeto de certificación, a brindar
declaraciones exactas y completas. Además, estarán
obligados a custodiar adecuadamente los mecanismos de
seguridad del funcionamiento del sistema de certificación
que les proporcione el certificador, y a actualizar sus
datos en la medida que éstos vayan cambiando.