Dictamen 45101-2014
1.- Esta Superintendencia, a través de diversas presentaciones efectuadas por pensionados afiliados, ha tomado conocimiento de la decisión adoptada por esa C.C.A.F. en orden a terminar, a partir de enero de 2014, con un beneficio establecido, desde el año 2000, en el marco de su régimen de prestaciones complementarias, consistente en devolver a éstos el monto relativo a su aporte por concepto de afiliación, correspondiente al 1% de su pensión.
2.- En relación con la situación expuesta, esa Caja, a raiz de requerimientos formulados por este Servicio, informó, en lo sustancial, entre otras, a través de Carta S.S.S., de 31 de marzo de 2014, que la determinación adoptada se debió a la necesidad de reformular su régimen de prestaciones complementarias, el que tratándose de sus pensionados afiliados suponía que la totalidad de los montos enterados por éstos como aporte, se destinaran a los fines señalados en su Reglamento de Prestaciones Complementarias. Lo anterior, según indica, de modo de dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por este Servicio a través de su Circular N° 2877, de 2012, normativa esta última fundamentada en los principios de universalidad y solidaridad, esenciales a todo régimen de seguridad social.
3.- Al respecto y una vez analizadas las diversas reclamaciones efectuadas por pensionados afiliados y los antecedentes adjuntos a las mismas, esta Superintendencia ha concluido que el consentimiento otorgado por dichos pensionados para decidir afiliarse a esa Entidad, tuvo en especial consideración la antes referida prestación complementaria, siendo, por tanto, esta última circunstancia un elemento esencial para generar dicho consentimiento y, por consiguiente, para dar validez al acto jurídico de afiliación.
En efecto, de acuerdo con un informe expedido por fiscalizadores de este Servicio, originado en una visita inspectiva efectuada el 12 de junio de 2014, el Jefe del Proceso de Afiliación de Pensionados de esa C.C.A.F, el interesado, informó que el procedimiento para adscribir a los pensionados al citado beneficio, se realizaba en forma simultánea con el proceso de afiliación del pensionado a la Caja, momento en el cual el interesado, además de la Solicitud de Afiliación, firmaba la Solicitud de Incorporación al Régimen de Prestaciones Complementarias de Afiliados Pensionados.
De lo anteriomente expuesto, se colige que la voluntad de los pensionados afectados para afiliarse a esa C.C.A.F., se encontró determinada por el hecho de incorporarse al respectivo régimen de prestaciones complementarias, cuyo único beneficio consistía en la devolución del 1% correspondiente a su aporte.
Sin perjuicio de lo anterior y a mayor abundamiento, cabe señalar que constituye un hecho evidente que el grupo etario de los pensionados presenta una mayor vulnerabilidad respecto del resto de la población, particularmente en lo concerniente a la debida comprensión de los efectos que involucran los actos jurídicos que suscriben, circunstancia que hace necesario que las entidades de previsión social que actúan como contrapartes de los mismos deban adoptar todas las medidas pertinentes, de modo de garantizar que el pensionado otorgue un consentimiento suficientemente informado. En tal sentido, el procedimiento utilizado por esa Caja en orden a propiciar, simultáneamente, dos actos jurídicos diversos, a saber: la afiliación de un pensionado a esa Caja y, por otra parte, su incorporación a un régimen de prestaciones complementarias, no constituye un mecanismo que permita garantizar dicho resultado, generando, por el contrario, una confusión entre los efectos de uno y otro acto jurídico.
En relación con lo anterior, cabe hacer presente a esa C.C.A.F. que el establecer beneficios como el señalado, sin proporcionar a sus destinatarios - en este caso los pensionados -, un grado de información suficiente que permita a éstos dimensionar la naturaleza y alcance de los mismos, de modo de adoptar la decisión de afiliarse a no a una Caja, constituye un hecho que afecta gravemente no sólo los intereses de dichos destinatarios sino también los fundamentos y principios que deben inspirar al sistema de seguridad social en su conjunto, particularmente desde el punto de vista de la protección que éste debe brindar a sus beneficiarios y, en especial, a aquellos sectores de mayor vulnerabilidad como ocurre con el grupo etario de los pensionados.
Por otra parte, en cuanto al modo en que esa Caja difundió, entre sus pensionados afiliados, el término de la prestación complementaria en comento, enviando cartas a éstos - que no todos recibieron-, en las que se consignaba que la imposibilidad de continuar obteniendo el reintegro del 1% correspondiente a sus aportes, se derivaba de instrucciones impartidas por este Servicio, cabe señalar que se trató de comunicaciones imprecisas y erróneas. En efecto, el tenor de las referidas cartas inducía a concluir que el término del beneficio de reintegro del 1% había sido instruido directamente por este Organismo Contralor, a raíz de modificaciones y complementos que introdujo a la regulación vigente en materia de prestaciones complementarias, todo lo cual no resulta procedente.
4.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia ha determinado impartir las siguientes instrucciones:
a) Esa C.C.A.F. deberá adoptar las medidas pertinentes en orden a informar y precisar a sus pensionados afiliados que el término del beneficio de devolución del 1%, relativo a su aporte por concepto de afiliación, correspondió a una decisión adoptada por su Directorio, sin que ello le fuera instruido por esta Superintendencia, y que -si así lo estiman- pueden solicitar su desafiliación de la Caja, la que conforme lo establecido en la Circular N°1669, de 1998, de esta Superintendencia, surtirá efectos a contar del día primero del mes subsiguiente a la fecha del respectivo acuerdo de Directorio que la acepte.
b) En cuanto a la devolución de aportes correspondientes al 1% de sus pensionados afiliados, esa C.C.A.F. deberá adoptar las medidas que permitan efectuar las devoluciones de los respectivos montos que hubieren sido descontados desde las pensiones de sus afiliados desde enero de 2014 hasta el aporte correspondiente al mes de emisión del presente Oficio, incluyendo a todos aquellos pensionados que se hubieren desafiliado de esa Caja durante el año en curso, sin obtener dicha devolución.
c) Para efectos de divulgar entre sus pensionados afiliados - que tenían la calidad de beneficiarios de la referida prestación complementaria -, las medidas citadas en las letras a) y b) anteriores, esa Caja deberá efectuar las comunicaciones del caso, tanto a través de su página web como mediante cartas dirigidas a cada uno de dichos pensionados, las que deberán ser remitidas a éstos dentro de un plazo máximo de 30 días contados desde la fecha del presente Oficio.
d) Finalmente, los pensionados actualmente afiliados a la C.C.A.F. o que se hubieren desafiliado de ella durante el curso del presente año, podrán ejercer su derecho a obtener la devolución prevista en la letra b) anterior, debiendo solicitarla expresamente en cualquier oficina de la Caja, dentro del lapso de 90 días contados desde la fecha del presente dictamen.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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27/01/2023 | Circular 3725 | Cajas de Compensación | Imparte instrucciones sobre el Modo de hacer efectivos los Descuentos que procedan a las Pensiones de los Pensionados Afiliados. | Ley N° 18833; Ley N° 16744; Ley N° 17322; Ley N° 19539; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
24/05/2021 | Circular 3592 | Créditos sociales | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE PROVISIONES Y GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N°2.588, DE 2009 Y SUS MODIFICACIONES | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/03/2021 | Circular 3584 | Cajas de Compensación - Afiliación - Varios | AFILIACION Y DESAFILIACIÓN DE PENSIONADOS A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA | Leyes N°s.16.395; 18.833; 19.539; 19.234; 19.123; 19.992. |
09/01/2017 | Circular 3272 | Cajas de Compensación | REGIMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULARES N°S 2154 Y 2877 | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Reglamentos Particulares de las C.C.A.F; Instrucciones de esta Superintendencia. |
18/10/2012 | Circular 2877 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. REGIMEN DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 2154, DE 12 DE AGOSTO DE 2004. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 20608 |
12/09/2012 | Circular 2869 | Cajas de Compensación | PENSIONADOS DIRECA Y CAPREDENA INCORPORACION A C.C.A.F. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20608 |
13/07/2012 | Circular 2843 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/07/2012 | Circular 2841 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18010 |
04/07/2012 | Circular 2839 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2714, DE 2011 | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
14/05/2012 | Circular 2828 | Cajas de Compensación - Trabajadores independientes | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE AFILIACION DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 20255, artículo 90; D.S. N° 27, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
14/05/2012 | Circular 2829 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
17/04/2012 | Circular 2824 | Cajas de Compensación | MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, Y SUS MODIFICACIONES. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
17/04/2012 | Circular 2825 | Cajas de Compensación | MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE PROVISIONES Y GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 2.588, DE 2009 | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
30/01/2012 | Circular 2799 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2.714, DE 2011. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
13/10/2011 | Circular 2776 | Cajas de Compensación | CRÉDITOS UNIVERSALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS C.C.A.F. PARA SU OFERTA, OTORGAMIENTO E INFORMACIÓN. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18010; Ley N° 19496; Ley N° 20448; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1512, de 2010, del Ministerio de Hacienda, |
21/07/2011 | Circular 2757 | Cajas de Compensación | COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20448 |
12/07/2011 | Circular 2746 | Cajas de Compensación | ALZA SUSPENSIÓN DE LA CIRCULAR N° 2658, DE 2 DE JULIO DE 2010 Y FIJA SU ENTRADA EN VIGENCIA. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/07/2011 | Circular 2747 | Cajas de Compensación | MODIFICA LA CIRCULAR N° 2.658 DE 2010, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
05/07/2011 | Circular 2743 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2714, DE 2011 | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
11/02/2011 | Circular 2714 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS C.C.A.F. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL MODELO DE REPORTE Y SOLICITA INFORMACIÓN. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
02/07/2010 | Circular 2658 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S. 2052 Y 2463, DE 2003 y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539 |
04/02/2010 | Circular 2433 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
04/02/2010 | Circular 2610 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULARES NºS 2463, DE 2008 Y 2598,DE 2009,SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/12/2009 | Circular 2598 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2052 Y 2463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
11/12/2009 | Circular 2588 | Créditos sociales | Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Norma de Provisiones y Gestión del riesgo de Crédito. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
11/12/2009 | Circular 2591 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. INSTRUYE SOBRE PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. COMPLEMENTA CIRCULAR 2052. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N°18010 |
11/12/2009 | Circular 2592 | Cajas de Compensación | REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°s. 2473 Y 2478, DE 2008, SOBRE DESAFILIACIÓN DE PENSIONADOS AL SISTEMA DE CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539 |
13/10/2009 | Circular 2574 | Asignación familiar | Sistema Único de Prestaciones Familiares. Imparte instrucciones a las Instituciones Pagadoras de Asignaciones Familiares, para la formulación del Presupuesto del año 2010. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; |
28/08/2009 | Circular 2559 | Cajas de Compensación | RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL DE LAS C.C.A.F. MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, AUTORIZANDO NUEVAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO. | Ley N° 18833; Ley N°16395 |
31/03/2009 | Circular 2523 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. ATENCIÓN DE RECLAMACIONES DE AFILIADOS RELATIVAS AL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833 |
07/10/2008 | Circular 2485 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
20/06/2008 | Circular 2463 | Cajas de Compensación | CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052,DE 2003 | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18045; D.S. N° 54, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
13/06/2008 | Circular 2462 | Cajas de Compensación | MODIFICA A CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 18010 |
29/09/2006 | Circular 2328 | Cajas de Compensación | Derogada por Circular 3567. Modifica y Complementa Circular N° 2.052, de 2003, sobre Régimen de Prestaciones de Crédito Social administrado por las Cajas de Compensación de Asignación Familiar. | Ley N° 18833; Ley N° 18010; Ley N° 19539 |
08/09/2005 | Circular 2237 | Cajas de Compensación | INSTRUCCIONES SOBRE DEVOLUCIÓN DE COBROS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
26/07/2005 | Circular 2226 | Cajas de Compensación | AFILIACIONES Y DESAFILIACIONES DE PENSIONADOS; IMPARTE INSTRUCCIONES A C.C.A.F. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19123; Ley N° 19539; Ley N° 19992 |
08/02/2005 | Circular 2188 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE EL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 163950; Ley N° 18010; Ley N° 19951 |
12/08/2004 | Circular 2154 | Cajas de Compensación | REGÍMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19123; Ley N° 19234; Ley N° 19539 |
29/05/2003 | Circular 2057 | Cajas de Compensación | MODIFICA VIGENCIA DE CIRCULAR N°2052, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 16395 |
10/04/2003 | Circular 2052 | Créditos sociales | RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
14/08/2002 | Circular 2011 | Cajas de Compensación | C.C.A.F. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE AFILIACIÓN DE PENSIONADOS DE LA LEY N°19.123 (DE REPARACIÓN). | Ley N° 18833; Ley N° 19123 |
22/10/2001 | Circular 1945 | Cajas de Compensación | C.C.A.F. Imparte instrucciones sobre Afiliación de Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos). | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19234; Ley N° 19539 |
22/08/2001 | Circular 1926 | Cajas de Compensación | C.C.A.F. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE OTORGAMIENTO DE CRÉDITO SOCIAL A LOS AFILIADOS PENSIONADOS Y UNIFORMA CONCEPTO DE REMUNERACIÓN Y PENSIÓN LÍQUIDA. | Ley N° 18833 |
07/10/1999 | Circular 1747 | Varios | Deja sin efecto Circular N° 1369, de 1994. Mantiene instrucciones que indica sobre Archivo y Custodia de Documentación relacionada con los Casos de Irregularidades Detectadas y de informar en las Circunstancias que señala. | |
26/08/1998 | Circular 1669 | Cajas de Compensación | Incorporación de Pensionados de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F.). Imparte instrucciones sobre Procedimientos de Afiliación y Modo de hacer efectivos los Descuentos que procedan a las Pensiones de los Pensionados Afiliados. | Ley N° 18833; Ley N° 16744; Ley N° 17322; Ley N° 19539; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
03/01/1996 | Circular 1457 | Asignación familiar | SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA REMITIR LA INFORMACIÓN CONTABLE REFERENTE AL EJERCICIO DEL AÑO 1995 A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES, COMPAÑÍAS DE SEGUROS Y MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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08/07/2020 | Dictamen 2178-2020 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF - Afiliaición desafiliación pensionado | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S. N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio. C |
04/06/2020 | Dictamen 1892-2020 | Cajas de Compensación | CCAF - Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395, 18.833, 19.539 y 19.799. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Resolución N°326, de 6 de abril de 2020, del SERNAC. Circulares N°s. 1.669 de 1998, 2.226 de 2005, 2.754 de 2011, y 2.882 de 2012, todas de esta Superintendencia. |
06/04/2020 | Dictamen 1279-2020 | Afiliación | CCAF - Afiliación - Desafiliación | Artículo 23 de la Ley Nº 16.395 y Ley Nº 18.833 |
06/02/2019 | Dictamen 1491-2019 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2.052, de 2003 y sus modificaciones, de esta Superintendencia. |
03/12/2018 | Dictamen 58271-2018 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Pensionados - Plazo | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
12/04/2018 | Dictamen 18150-2018 | Cajas de Compensación | Aporte pensionados - Devolución - Prestaciones complementarias | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
24/01/2018 | Dictamen 04049-2018 | Cajas de Compensación | descuento cuotas crédito social límite | Leyes N°s 16.395, 18.833, 19.539, 20.881; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Circulares N°s 1669, de 1998 y 2052, de 2003, de esta Superintendencia |
08/01/2018 | Dictamen 01067-2018 | Cajas de Compensación | desafiliación pensionado | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. Circulares N°s. 1669, de 26 de agosto de 1998, 2226, de 26 de julio de 2005 y 2.754, de 20 de julio de 2011 |
22/05/2017 | Dictamen 23023-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N° 16.395 y 18.833. Circular N° 1669/1998, de este Organismo de control. |
18/04/2017 | Dictamen 17905-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación pensionados | Leyes N°s 16.395, 18.833 y 19.539. |
31/03/2017 | Dictamen 15586-2017 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
20/05/2016 | Dictamen 30390-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación pensionados permanencia | Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539. |
07/04/2016 | Dictamen 20662-2016 | Créditos sociales | Crédito social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
25/01/2016 | Dictamen 4597-2016 | Cajas de Compensación | Aporte pensionados - Desafiliación | Ley 16.395 y 18.833. |
16/11/2015 | Dictamen 72558-2015 | Cajas de Compensación | Aporte pensionados | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
16/11/2015 | Dictamen 72560-2015 | Cajas de Compensación | Afiliaición desafiliación pensionado | Ley N°18.833. |
15/10/2015 | Dictamen 64862-2015 | Cajas de Compensación | Prestacion complementaria convenio | Ley N°18.833. |
13/08/2015 | Dictamen 51200-2015 | Créditos sociales | Crédito social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
03/08/2015 | Dictamen 48257-2015 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Afiliación pensionados descuento devolución | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
09/07/2015 | Dictamen 43108-2015 | Cajas de Compensación | Prestacion complementaria convenio | Ley N° 18.833. |
08/07/2015 | Dictamen 42722-2015 | Cajas de Compensación | Prestacion complementaria convenio | Ley N° 18.833. |
20/01/2015 | Dictamen 5060-2015 | Cajas de Compensación | Cajas de compensación - Convenios de prestaciones complementarias - Devolución de excedentes - Emite pronunciamiento solicitado - Naturaleza jurídica - Entidades empleadoras afiliadas | Ley 18.833; Circulares N°s 2154, de 2004 y 2877, de 2012 de esta Superintendencia. |
28/10/2014 | Dictamen 71718-2014 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Pensionados | Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539; |
10/06/2014 | Dictamen 36013-2014 | Cajas de Compensación | Afiliación pensionados poder descuento devolución | Ley N°18.833; Art. 16 Ley N° 19.539. |
11/03/2014 | Dictamen 15201-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 18.833; Circulares N°s. 2.154 de 12 de agosto de 2004 y 2.877 de 18 de octubre de 2012, ambas de esta Superintendencia. | |
30/12/2013 | Dictamen 81992-2013 | Cajas de Compensación | Prestaciones complementarias | Ley N°18.833 |
05/12/2013 | Dictamen 76904-2013 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Pensionados | Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539. |
18/11/2013 | Dictamen 72455-2013 | Cajas de Compensación | Prestaciones complementarias | Ley N°18.833. |
10/05/2013 | Dictamen 29487-2013 | Cajas de Compensación | Complementaria - Convenio - Empleador - Financiamiento - Prestacion | Ley Nº 18.833; |
03/04/2013 | Dictamen 20764-2013 | Cajas de Compensación | Prestacion complementaria - Requisitos | Ley N°18.833. |
06/02/2013 | Dictamen 8468-2013 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Voluntad | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. Circulares Nºs. 1669/1998, 2226/2005, 2325/2006, 2412/2007, 2415/2007 y 2754/2011, todas de esta Superintendencia. |
10/12/2012 | Dictamen 79264-2012 | Cajas de Compensación | Afiliación - Pensionados - Poder | Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539. |
19/10/2012 | Dictamen 67137-2012 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Pensionados - Plazos | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. |
04/06/2012 | Dictamen 35206-2012 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Pensionados | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. |
09/09/2011 | Dictamen 54865-2011 | Cajas de Compensación | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539.09-09-2011 | |
17/06/2011 | Dictamen 35730-2011 | Cajas de Compensación | Desafiliación voluntaria - Desafiliaiicón por vicios de la afiliación - Prestaciones complementarias prestaciones adicionales cláusula penal de la maleta de beneficios sénior (mbs) | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. |
31/12/2010 | Dictamen 69270-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
20/10/2010 | Dictamen 66349-2010 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Pensionados - Poder | Ley N° 16395; Ley N° 18833; Ley N° 19539. |
14/07/2010 | Dictamen 43802-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.539. D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | |
23/06/2010 | Dictamen 38296-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395, Ley N° 18.833; Ley N°19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | |
05/05/2010 | Dictamen 26797-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
29/04/2010 | Dictamen 25637-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
17/03/2010 | Dictamen 14690-2010 | Cajas de Compensación | Afiliación - Consentimiento | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978; del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
25/02/2010 | Dictamen 11127-2010 | Cajas de Compensación | Afiliación - Engaño - Firma | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
22/02/2010 | Dictamen 10015-2010 | Cajas de Compensación | Afiliación - Engaño | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
18/02/2010 | Dictamen 9756-2010 | Créditos sociales | Crédito social - Fraude | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
25/11/2009 | Dictamen 61908-2009 | Cajas de Compensación | Oficio Ord. N° 46064, del 22 de septiembre de 2009, de la Superintendencia de Seguridad Social | |
03/09/2009 | Dictamen 42798-2009 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
10/07/2007 | Dictamen 43869-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
10/07/2007 | Dictamen 43881-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
10/07/2007 | Dictamen 43879-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
20/06/2007 | Dictamen 39765-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
12/06/2007 | Dictamen 37650-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
29/05/2007 | Dictamen 33928-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
23/05/2007 | Dictamen 33052-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
19/04/2007 | Dictamen 24487-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
17/04/2007 | Dictamen 24017-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
11/04/2007 | Dictamen 22925-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
11/04/2007 | Dictamen 22924-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
21/02/2007 | Dictamen 10926-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
21/02/2007 | Dictamen 10925-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
19/02/2007 | Dictamen 10336-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
25/08/2006 | Dictamen 43010-2006 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833, Ley N° 19.539 | |
25/08/2006 | Dictamen 43009-2006 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.833, Ley N° 19.539 | |
12/01/2006 | Dictamen 1972-2006 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. Nº 91, de 1979 | |
30/11/2005 | Dictamen 59241-2005 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. Nº 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
30/09/2005 | Dictamen 47329-2005 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. Nº 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
01/02/2005 | Dictamen 4124-2005 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. Nº 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |