Concordancia con Circulares: Circular Nº 2154, de 2004, de esta Superintendencia.
1. Usted ha recurrido ante esta Superintendencia reclamando contra la Caja de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F.) Los Héroes por el no pago de fondos (no utilizados) correspondientes a prestaciones complementarias pactadas entre dicha entidad y su ex empleadora.
Requerida al efecto, dicha Caja de Compensación acompañó los antecedentes del caso e informó que, luego de su desvinculación con la empresa, con fecha 7 de julio de 2012, solicitó a la Caja la devolución de los excedentes no utilizados por usted en las prestaciones complementarias correspondientes, monto que ascendió a $ 2.053.083 y que fue pagado por la Caja a la empresa.
2. Sobre la materia, procede manifestar que las prestaciones complementarias pactadas entre la empleadora y la C.C.A.F. Los Héroes fueron establecidas mediante el convenio suscrito por ambas entidades el 1º de enero de 2008, instrumento en el que se manifiesta en su cláusula segunda que tales prestaciones serán financiadas con un fondo que será de cargo de la empresa, el que será aportado a la Caja de Compensación para que esta última otorgue los beneficios pertinentes a los trabajadores en caso de producirse alguna contingencia a cubrir, tal como lo establece en tal sentido el literal c) de la Circular Nº 2154 (citada en FTES.).
Por ello y tal como afirma la C.C.A.F., si parte de dichos fondos no son utilizados en el otorgamiento de prestaciones complementarias, resulta procedente que ellos sean devueltos a quien los aportó; para el caso, la empresa., conducta que la Caja correctamente observó en este caso.
3. En consecuencia, esta Superintendencia no acoge su reclamación y aprueba lo obrado en esta situación por la C.C.A.F. Los Héroes.
REGIMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULARES N°S 2154 Y 2877
Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Reglamentos Particulares de las C.C.A.F; Instrucciones de esta Superintendencia.
CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. REGIMEN DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 2154, DE 12 DE AGOSTO DE 2004.