ley 19.303, artículo 12
Texto
Artículo 12.- Mientras mantengan en ejecución medidas de seguridad aprobadas en conformidad a esta ley, los contribuyentes tendrán derecho a imputar como gastos necesarios para producir la renta aquellos en que deban incurrir por aplicación de las normas de esta ley, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta.