ley 19.303, artículo 5
Texto
Artículo 5°.- Serán personalmente responsables del cumplimiento de las obligaciones que impone esta ley las personas notificadas en conformidad al inciso segundo del artículo 3°.
Artículo 5°.- Serán personalmente responsables del cumplimiento de las obligaciones que impone esta ley las personas notificadas en conformidad al inciso segundo del artículo 3°.