ley 18.675, artículo 7
Texto
Artículo 7°.- Las normas de procedimiento de concesión y pago del aporte que otorga el artículo 5° de esta ley se establecerá en el reglamento respectivo.
Artículo 7°.- Las normas de procedimiento de concesión y pago del aporte que otorga el artículo 5° de esta ley se establecerá en el reglamento respectivo.