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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 75473-2007

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Fecha: 16 de noviembre de 2007

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 18469.

Concordancia con Circulares: Circular N°1979, de la Superintendencia de Seguridad Social


Una trabajadora ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Resolución de la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Metropolitana Sur, que le rechazó su licencia médica Nº16387408, que le prescribió reposo por 21 días a contar del 3 de abril de 2006, por no acreditar la realización de una actividad como trabajadora independiente.

Requerida la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Metropolitana Sur, informó que procedió a rechazar la licencia Nº16387408, por cuanto la interesada no acreditó la realización de una actividad como trabajadora independiente, según consta del Memorándum Nº173, de 26 de abril de 2006, de la Unidad de Subsidios. Acompaña una carta enviada por Ud. a la COMPIN con fecha 19 de abril de 2006, en que señala que es dueña de casa, que no puede trabajar por diferentes enfermedades que padece, agregando que no realiza trabajos ni emite boletas, pero que paga imposiciones en forma independiente.

Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que el subsidio por incapacidad laboral, es un "beneficio que tiene como finalidad reemplazar los ingresos que dejan de percibir los trabajadores por estar temporalmente incapacitados por razones de salud o maternidad".

Por ello, para que se configure el derecho a subsidio por incapacidad laboral no basta pagar cotizaciones en calidad de trabajador independiente, sino que debe acreditarse la realización de una actividad que le genera ingresos.

De acuerdo a lo anterior, esta Superintendencia dentro de su competencia emitió la Circular N°1.979, por la cual instruyó que para que los trabajadores independientes accedan al subsidio por incapacidad laboral deben acreditar la realización de una actividad en dicha calidad independiente.
La acreditación de la circunstancia mencionada debe hacerse mediante la presentación de copia de las declaraciones mensuales de impuesto a la renta, impuesto al valor agregado, de boletas de honorarios, patentes municipales u otros medios, según la naturaleza de la actividad de que se trate.

Posteriormente dichas instrucciones se complementaron, teniendo presente que conforme al artículo 52 de la Ley de Impuesto a la Renta, están exentos del pago de impuesto global complementario quienes tienen ingresos anuales que no excedan de 13,5 U.T.A (Unidades Tributarias Anuales). En el caso de estas personas, se puede acreditar la realización la actividad independiente, mediante la presentación de 3 testigos, siempre que dichas declaraciones sean congruentes y den razón de sus dichos y además, sean compatibles con los demás antecedentes, por ejemplo, conocimientos de algún oficio de la persona, que cuenta con los elementos como máquinas, herramientas o materiales indispensables para ejercer dicha actividad independiente, etc.

En la especie, la recurrente no acreditó realizar una actividad independiente que le genere ingresos, por el contrario, en carta que dirigió a la COMPIN reconoció que no efectúa ninguna labor, pero que se hace cotizaciones como trabajadora independiente.

Por consiguiente, se rechaza su reclamación y se confirma el rechazo de su licencia médica, por cuanto en el caso de los trabajadores independientes, la licencia tiene por finalidad el pago de un subsidio por incapacidad laboral que reemplace los ingresos que dejan de percibir mientras hacen uso de reposo, y como ya se señaló, en su caso Ud. no realiza ninguna actividad que le genere ingresos

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
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25/02/2002Circular 1979Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesSUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL. FORMA DE ACREDITAR LA CALIDAD DE TRABAJADOR INDEPENDIENTE. RENTA IMPONIBLE.D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18469; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 369, de 1985, del Ministerio de Salud
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
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28/12/2018Dictamen 44199-2018Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Enfermedad común - Requisitos - Trabajadores independientesLey Nº16.395; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud
28/12/2018Dictamen 44203-2018Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Enfermedad común - Requisitos - Trabajadores independientesLey Nº16.395; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud
14/11/2018Dictamen 38821-2018 (Resolución Exenta IBS)Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Enfermedad común - Requisitos - Trabajadores independientesLey Nº16.395; D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud.
02/06/2016Dictamen 33382-2016Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Enfermedad común trabajadores independientes requisitosD.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
26/05/2016Dictamen 31233-2016Licencias médicas - Rechazo del pago del subsidio - SIL maternalLicencias maternalesD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
25/04/2016Dictamen 24588-2016Licencias médicasEnfermedad común trabajadores independientes acreditar actividad generadora de ingresosD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
25/04/2016Dictamen 24653-2016Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Beneficiarios trabajador independienteD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
29/02/2016Dictamen 12464-2016Seguro laboral (Ley 16.744)Resolución rechazo causales de orden jurídico administrativo vínculo laboral no acreditadoD.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
22/02/2016Dictamen 11238-2016Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Trabajadores independientesD.S.N° 3 de 1984 y D.F.L. N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud.
19/02/2016Dictamen 10576-2016Licencias médicasTrabajador independiente acreditar actividadD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
28/12/2015Dictamen 81163-2015Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Indebidamente percibido condonaciónD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
23/11/2015Dictamen 74374-2015Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Cotizante voluntariaD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
12/11/2015Dictamen 71710-2015Licencias médicasResolución rechazo causales de orden jurídico administrativo calidad de trabajador huellas laboralesD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
18/05/2015Dictamen 31270-2015Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Requisitos - Trabajadores independientesD.S. N° 57, de 1991, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
03/09/2014Dictamen 58434-2014Licencias médicasEnfermedad común trabajadores independientes requisitos doce meses afiliación 180 días de cotizaciones acreditar actividad generadora de ingresos cotizaciones al díaD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
04/08/2014Dictamen 50199-2014Licencias médicasResolución rechazo causales de orden jurídico administrativo inexistencia del vínculo laboral cotizante voluntariaD.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
20/03/2013Dictamen 17650-2013Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Acreditar actividad generadora de ingresos - Enfermedad común - Trabajadores independientes D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
03/12/2012Dictamen 77895-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Prueba de las rentas - Trabajadores independientesD.F.L N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.F.L N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
20/02/2012Dictamen 12397-2012Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Huellas laborales - Trabajadores independientesD.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
11/12/2008Dictamen 72789-2008Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.L. Nº 3500; D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud
19/06/2008Dictamen 42017-2008Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.L. N° 3500, de 1980
09/04/2008Dictamen 24159-2008Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.F.L. N° 44, de 1984, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social
31/08/2007Dictamen 57096-2007Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.S. N° 369, de 1985, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud
05/01/2007Dictamen 649-2007Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18.469; D.S. N° 369, de 1985, del Ministerio de Salud
30/06/2006Dictamen 31574-2006Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 18469
08/02/2005Dictamen 4986-2005Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Ley Nº 18.469; Ley Nº 10.383; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
21/01/2004Dictamen 2307-2004Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 18469
12/06/2003Dictamen 19900-2003Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Código del Trabajo
08/05/2003Dictamen 14244-2003Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
16/04/2003Dictamen 11365-2003Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud;
16/04/2003Dictamen 11361-2003Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud;
24/09/2002Dictamen 41405-2002Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.L. N° 3500, de 1980

Circulares citadas

1979

Vea además:

Dictámenes SUSESO