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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

     Artículo 34.- Agrégase en el inciso segundo del
artículo 1° transitorio de la ley N° 20.059, antes del
punto (.) seguido la oración siguiente: "o se hayan acogido
a dicho beneficio entre el 1 de enero de 2004 y el 1 de
octubre de 2005, ambas fechas inclusive.".