ley 20.079, artículo 32
Texto
Artículo 32.- Reemplázase en la letra c) del inciso primero del artículo 10 de la ley N°19.933, las cantidades "$ 7.400" y "$ 7.788" por las siguientes: "$ 7.437" y "$ 7.826", respectivamente.
Artículo 32.- Reemplázase en la letra c) del inciso primero del artículo 10 de la ley N°19.933, las cantidades "$ 7.400" y "$ 7.788" por las siguientes: "$ 7.437" y "$ 7.826", respectivamente.