ley 19.040, artículo 13
Texto
Artículo 13.- El gasto que represente, durante el año 1991, la aplicación de esta ley, con excepción de las asignaciones compensatorias excepcionales a que se refiere el artículo 5°, se financiará con transferencias de hasta $ 3.900.000 miles del ítem 50-01-03-25-33.004 de la partida del Tesoro Público del Presupuesto de la Nación vigente.".