Dictamen 2210-2019
1.- La C.C.A.F."A" ha efectuado una presentación ante este Organismo, solicitando un pronunciamiento respecto de determinadas irregularidades que habrían acaecido en el curso del procedimiento efectuado por la I. Municipalidad que indica, para efectos de desafiliarse de dicha entidad y posteriormente afiliarse a la C.C.A.F. "B".
Expone que el citado procedimiento tuvo lugar durante el año 2017 y que después de analizados una serie de antecedentes relacionados con el mismo - cuya copia adjunta a su presentación -, advirtió las siguientes situaciones:
- El procedimiento en cuestión, llevado a cabo por la Municipalidad que indica, habría sido garantizado por la organización gremial de la misma.
Al respecto, señala que una vez realizada la primera votación para obtener la desafiliación de la Caja, efectuada el 14 de junio de 2017, y en la que no se obtuvo el quorum mínimo de votos, el Presidente de la Asociación de funcionarios, a través de una comunicación electrónica, invitó a continuar el proceso señalando una nueva fecha de votación para el día 18 de agosto de 2017. Lo anterior, a juicio de la Caja de Compensación que usted administra, constituye una infracción a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, a través de la Circular citada en CONC., en el sentido que es responsabilidad de la entidad empleadora organizar este tipo de procedimientos.
- Las votaciones de desafiliación y posterior afiliación no darían cuenta de la voluntad de la mayoría absoluta del total de trabajadores, puesto que con posterioridad a la votación de desafiliación se rectificó la nómina de habilitados para votar.
En relación con lo anterior, expone que respecto de la asamblea de votación efectuada en agosto de 2017, existe una comunicación electrónica del Presidente de la Asociación de funcionarios, mediante la cual informa la actualización del acta de desafiliación del día 17 de agosto de 2017 puesto que durante dicha jornada se recibieron licencias médicas y permisos que no habían sido contabilizados al inicio de la misma, agregando que con la referida actualización se había logrado el quorum de desafiliación. Dicha circunstancia, a juicio de la Caja recurrente, constituiría una irregularidad desde el punto de vista que corresponde a la respectiva entidad empleadora proporcionar a los ministros de fe intervinientes en las asambleas de votación las nóminas con el total de trabajadores habilitados para votar.
2.- Requerida al efecto la C.C.A.F. "B", remitió un informe emanado de su Fiscalía, acompañando además copia de los antecedentes de respaldo del procedimiento de desafiliación y posterior afiliación efectuado por la I. Municipalidad que indica.
A través del citado informe, la referida Caja de Compensación señala que la I. Municipalidad que indica, en octubre de 2017, solicitó su afiliación a dicha entidad, la que fue aprobada en sesión de Directorio, de 31 de octubre de 2017. Ello, con el mérito de los antecedentes acompañados en su oportunidad, conforme a los cuales se acreditó el cumplimiento de los requisitos normativos exigibles. Ahora bien, en lo que concierne al procedimiento en cuestión y específicamente a los aspectos del mismo explicitados en el punto N°1 del presente Oficio, la Caja de Compensación "B" señala que la gestión de dicho proceso fue realizada por la Municipalidad que indica, puesto que fue dicha entidad la que convocó a los trabajadores de los distintos Departamentos a concurrir al proceso de votación efectuado el 17 de agosto de 2017. Lo anterior, a través de un correo electrónico - cuya copia acompaña - enviado el 16 de agosto de 2017 por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad. Además, señala la Caja que el proceso en cuestión se inició formalmente a través de la dictación del Decreto Municipal, de 2 de junio de 2017.
En lo que respecta a las votaciones de desafiliación efectuadas, señala que no es correcto lo sostenido por la recurrente en cuanto a que ellas no darían cuenta de la voluntad expresada por la mayoría absoluta de los trabajadores. En efecto, sostiene que la C.C.A.F. "A" incurre en una confusión respecto de las fechas en que tuvieron lugas las distintas asambleas desarrolladas. En tal sentido, precisa que existió una primera asamblea de votación realizada el día 14 de junio de 2017, en donde efectivamente no se alcanzó el quórum necesario para aprobar la desafiliación. Sin embargo, agrega, en agosto de 2017, la I. Municipalidad que indica, organizó una segunda votación, en la que se obtuvo el voto de mayoría absoluta de los funcionarios para desafiliarse de la C.C.A.F. "A". En cuanto a los certificados de personal a que alude la recurrente, señala la Caja de Compensación "B" que el día en que se votó la desafiliación (17 de agosto de 2017), se presentaron varias licencias médicas y permisos durante la jornada, los cuales evidentemente afectaron la dotación total de trabajadores habilitados para participar en la asamblea. Dicha circunstancia, expone la Caja, determinó que el Departamento de Recursos Humanos de la I. Municipalidad que indica, emitiera un nuevo certificado de dotación (con un total de 480 trabajadores habilitados para votar). Así, una vez contabilizados los votos ya emitidos, se levantó el acta respectiva, considerando el ya referido certificado de dotación actualizado. Precisa la C.C.A.F. "B" que tanto el certificado de dotación original como el corregido fueron emitidos por la respectiva entidad empleadora y suscritos por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad.
En el mismo orden de cosas, precisa la Caja que en la segunda acta de asamblea del 17 de agosto de 2017, levantada y suscrita por los ministros de fe intervinientes (con la información real de la dotación de ese día), se indica que el total de trabajadores habilitados para votar era de 480, constando además en dicho documento una observación relativa a la existencia de un certificado rectificatorio que incidió en el número de éstos.
Finalmente, expone que posteriormente, durante septiembre de 2017 (con primera y segunda vuelta), se llevaron a cabo las asambleas de votación que determinaron la afiliación de la I. Municipalidad que indica, a la C.C.A.F. "B".
3.- Sobre el particular, cabe señalar que los procedimientos de afiliación y desafiliación de una entidad empleadora a una C.C.A.F., se encuentran regulados en los artículos 9°, 11, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Ley N°18.833 y en las instrucciones impartidas por este Organismo Fiscalizador a través de su Circular N°3.024, de julio de 2014, requiriéndose la voluntad de la entidad empleadora, en orden a propiciar el desarrollo de dichos procesos y organizarlos, además del acuerdo favorable de la mayoría absoluta del total de trabajadores de dicha Entidad, obtenido a través de votaciones realizadas en el marco de asambleas convocadas especialmente al efecto y ante un ministro de fe, quien puede tener la calidad de notario, inspector del trabajo o funcionario de la administración civil del Estado. En cuanto a las personas habilitadas para votar, debe considerarse la totalidad de trabajadores que tenían la calidad de dependientes al momento de llevarse a cabo las respectivas asambleas de votación, debiendo contrastarse la cantidad de votos obtenidos en dichas asambleas con el total de trabajadores, excluyendo a aquellos que, al momento de efectuarse las votaciones se encontraban finiquitados, en vacaciones, en comisiones de servicio o haciendo uso de licencia médica, correspondiendo a la entidad empleadora proporcionar al ministro de fe la nómina con el número total de trabajadores habilitados para votar.
Ahora bien, en la especie y luego de ser analizados los antecedentes de respaldo del procedimiento en cuestión es posible establecer que en el curso del mismo no se infringieron las normas legales explicitadas en el párrafo anterior como tampoco las intrucciones que esta Superintendencia ha impartido en la materia, contenidas en la Circular N°3.024, de 2014. En efecto, en cuanto a las situaciones referidas por la Caja recurrente como irregulares, se debe considerar lo siguiente:
- Desde el punto de vista de la organización del procedimiento efectuado, los antecedentes acompañados permiten establecer que dicha función fue cumplida, en su calidad de entidad empleadora, por la I. Municipalidad que indica, particularmente a través de su Departamento de Recursos Humanos, sin que existan elementos que permitan concluir, de manera fehaciente, que en dicha materia hubiere existido una participación gremial indebida. En efecto, el inicio del procedimiento fue sancionado a través del Decreto Municipal, de 2 de junio de 2017, de la I. Municipalidad que indica y las citaciones a las asambleas de votación, especialmente aquella en que se votó sobre la desafiliación de la C.C.A.F."A", fueron efectuadas por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de dicha Municipalidad.
- En cuanto a las votaciones de desafiliación efectuadas se advierte que, bajo la organización de la entidad empleadora, se llevaron a cabo dos asambleas para dicho efecto: en junio y en agosto de 2017, generándose en esta última el quórum necesario para desafiliarse (voto de la mayoría absoluta respecto del total de trabajadores habilitados para votar).
- En lo que concierne al certificado de dotación utilizado en la asamblea de agosto de 2017 para efectos de determinar la mayoría absoluta del voto de los trabajadores, es posible establecer que la I. Municipalidad que indica, a través de su Departamento de Personal, efectuó las correcciones pertinentes de manera de no incluir entre los habilitados para votar a aquellos trabajadores que durante la respectiva jornada habían presentado licencias médicas o permisos. A mayor abundamiento, esta última circunstancia consta en la segunda acta de la asamblea efectuada el 17 de agosto de 2017, debidamente suscrita por los ministros de fe que participaron de la misma.
4.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia declara que el procedimiento de desafiliación y posterior afiliación a una C.C.A.F. singularizado precedentemente, se llevó a cabo de conformidad con el marco normativo vigente.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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27/09/2022 | Circular 3695 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA | Ley N°16.395 en sus artículos 1°, 2° letra b), 3°, 23 y 38; artículos 1°, 3°, 11, 13 a 18 de la Ley N°18.833, |
06/10/2017 | Circular 3323 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS JERARQUIZADAS MODIFICA CIRCULAR N°3024 | Ley N° 16395; Ley N° 18833 |
14/06/2017 | Circular 3301 | Cajas de Compensación | COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 3024 SOBRE PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833 |
18/12/2015 | Circular 3184 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.) ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 3173, DE 2015 | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/11/2015 | Circular 3173 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 3024, DE 2014. | Ley N° 18833, Ley N° 16395 |
03/07/2014 | Circular 3024 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS. | Ley N° 18833 |
13/01/2005 | Circular 2183 | Cajas de Compensación | PROCEDIMIENTO DE DESAFILIACION Y AFILIACIÓN A LAS C.C.A.F. DETERMINACIÓN DEL TOTAL DE LOS TRABAJADORES DE LA ENTIDAD EMPLEADORA. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
22/03/1991 | Circular 1204 | Cajas de Compensación | PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACION. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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14/08/2024 | Dictamen O-01-S-01740-2024 | Afiliación | CCAF - Afiliación | Leyes N°s.16.395 y 18.833 |
14/02/2022 | Dictamen 628-2022 | CCAF - Afiliación | Leyes N°s.16.395 y 18.833 | |
03/01/2022 | Dictamen 11-2022 | Afiliación | CCAF - Afiliación entidad empleadora sector público | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
29/11/2021 | Dictamen 4441-2021 | Cajas de Compensación | CCAF - Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. Decreto N°4 de 2020, del Ministerio de Salud, prorrogado por Decreto N°1 de 2021, del mismo Ministerio. |
24/09/2021 | Dictamen 3523-2021 | Afiliación | CCAF - Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
03/04/2021 | Dictamen 1012-2021 | Cajas de Compensación | CCAF - Afiliación | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
19/06/2020 | Dictamen 2028-2020 | Cajas de Compensación | CCAF - Afiliación | Leyes N°s.16.395, 18.833 y 21.227. |
28/04/2020 | Dictamen 1506-2020 | Afiliación | CCAF - Afiliación | Artículo 23 de la Ley Nº 16.395; Artículos 11 y 15 de la Ley Nº 18.833 |
06/04/2020 | Dictamen 1279-2020 | Afiliación | CCAF - Afiliación - Desafiliación | Artículo 23 de la Ley Nº 16.395 y Ley Nº 18.833 |
11/12/2019 | Dictamen 7227-2019 | Afiliación | CCAF - Afiliación - Votación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
03/12/2019 | Dictamen 7118-2019 | Afiliación | CCAF - Desafiliación - Dirección del trabajo | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
14/06/2019 | Dictamen 4460-2019 | Cajas de Compensación | CCAF - votación - Afiliación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
22/03/2019 | Dictamen 2619-2019 | Afiliación | CCAF - Afiliación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
04/01/2019 | Dictamen 102-2019 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395, 18.833, 21.040. Circular N° 3.024, de 3 de julio de 2014, de esta Superintendencia. |
31/10/2018 | Dictamen 53630-2018 | Cajas de Compensación | Afiliación - Votación | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
20/09/2018 | Dictamen 46554-2018 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s 16.395, 18.833 y 21.040 |
12/09/2018 | Dictamen 46062-2018 | Afiliación | Afiliación - Mayoría | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. Circular N° 3.024, de 2014, de esta Superintendencia. |
12/09/2018 | Dictamen 46060-2018 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
21/03/2018 | Dictamen 14274-2018 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Ministro de fe | Leyes N°s 16.395 y 18.833 |
25/01/2018 | Dictamen 04289-2018 | Cajas de Compensación | Afiliación - Comisión de servicios - Desafiliación | |
30/10/2017 | Dictamen 50610-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Entidad pagadora - Proceso de votación | Ley N°16.395 y Ley N°18.833. Circular N°3024, de 3 de julio de 2014, de esta Superintendencia y sus modificaciones |
04/05/2017 | Dictamen 20040-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395 y N°18.833. |
28/04/2017 | Dictamen 19617-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Ley N°16.395 y Ley N°18.833. |
21/04/2017 | Dictamen 18209-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Ley Nº16.395 y Ley N°18.833. |
11/01/2017 | Dictamen 1640-2017 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Ministro de fe | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
21/10/2016 | Dictamen 59692-2016 | Cajas de Compensación | DESAFILIACION mayoría | Ley N°18.833 |
07/10/2016 | Dictamen 56344-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación ministro de fe | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
04/10/2016 | Dictamen 55725-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
23/09/2016 | Dictamen 53802-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Ley N° 18.833 y Circular N° 3.024, de 3 de julio de 2014, de esta Superintendencia. |
26/07/2016 | Dictamen 44195-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
21/07/2016 | Dictamen 43488-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
12/07/2016 | Dictamen 41625-2016 | Cajas de Compensación | Votación afiliación voluntad desafiliacion asamblea | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
20/05/2016 | Dictamen 30349-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación votación | Ley N° 18.833. |
25/04/2016 | Dictamen 24665-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación credito social administracion | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
26/02/2016 | Dictamen 12279-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
26/02/2016 | Dictamen 12281-2016 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Intervención | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
25/01/2016 | Dictamen 4581-2016 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Proceso afiliación | Leyes N°s 16.395 y 18.833; Circular N°3.024, de 3 de julio de 2014, de esta Superintendencia. |
17/08/2015 | Dictamen 51537-2015 | Cajas de Compensación | Desafiliacion asamblea mayoría | Ley N°18.833 |
22/07/2015 | Dictamen 45774-2015 | Cajas de Compensación | Afiliación consentimiento entidad empleadora votación asamblea voluntad licencias médicas permisos procedimiento | Leyes N°s 16.395 y 18.833; |
03/07/2015 | Dictamen 42075-2015 | Cajas de Compensación | Afiliación consentimiento entidad empleadora votación asamblea voluntad licencias médicas permisos procedimiento | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
30/01/2015 | Dictamen 7890-2015 | Cajas de Compensación | Afiliación ministro de fe | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
14/07/2014 | Dictamen 44335-2014 | Cajas de Compensación | Afiliación entidad empleadora vigencia comunicación votación | Ley N° 18.833 |
Título | Detalle |
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Ley 18.833 | Ley 18.833 |
Ley 16.395 | Ley 16.395 |
Artículo 9 | Ley 18.833, artículo 9 |
Artículo 11 | Ley 18.833, artículo 11 |
Artículo 13 | Ley 18.833, artículo 13 |
Artículo 14 | Ley 18.833, artículo 14 |
Artículo 15 | Ley 18.833, artículo 15 |
Artículo 16 | Ley 18.833, artículo 16 |
Artículo 17 | Ley 18.833, artículo 17 |
Descriptores
Legislación citada
Ley 16.395Ley 18.833Ley 18.833, artículo 11Ley 18.833, artículo 13Ley 18.833, artículo 14Ley 18.833, artículo 15Ley 18.833, artículo 16Ley 18.833, artículo 17Ley 18.833, artículo 9