DS 41 de 1995 Mintrab, artículo 5
Texto
Artículo 5°.- Para ser elegido representante de los afiliados se requiere, además de los requisitos exigidos en el artículo 20 del Reglamento General, tener a lo menos un año de afiliación al Servicio.
Artículo 5°.- Para ser elegido representante de los afiliados se requiere, además de los requisitos exigidos en el artículo 20 del Reglamento General, tener a lo menos un año de afiliación al Servicio.