DS 41 de 1995 Mintrab, artículo 4
Texto
Artículo 4°.- El plazo del mandato de los representantes de los afiliados será de dos años, pudiendo ser reelegidos hasta por un período adicional.
Artículo 4°.- El plazo del mandato de los representantes de los afiliados será de dos años, pudiendo ser reelegidos hasta por un período adicional.
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