Dictamen 80458-2014
1.- Usted ha expresado que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° del D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por regla general los Servicios de Bienestar no tienen personalidad jurídica y constituyen una dependencia de la institución empleadora.
Agrega que la minuta interna N°149, de 8 de octubre de 2014 - que no acompaña - expresa que consultado el Servicio de Registro Civil e Identificación ( Subdepartamento de Posesiones Efectivas, Unidad de Personas Jurídicas), se le indicó que para actualizar la personalidad jurídica del Bienestar debe presentar copia de su estatuto, último certificado de vigencia del Directorio que debe otorgar el Ministerio de Justicia y el acta en la que asume el último Directorio. Por ello, solicita se informe la situación de la personalidad jurídica de ese Subdepartamento de Bienestar Social.
Por otra parte, expresa que el citado Subdepartamento de Bienestar Social tiene el RUT N°61.004.108-6, el cual presenta término de giro en el Servicio de Impuestos Internos por lo que solicita se informe lo siguiente:
- Por no tener RUT vigente, ¿debería tramitar la reiniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos?
- ¿Correspondería que el Bienestar opere con el RUT propio o con el RUT de la institución?
- ¿Existen Servicios de Bienestar que actúen con su propio RUT?
- Según la naturaleza del Bienestar ¿se encontraría éste sujeto a obligaciones tributarias?
2.- Sobre el particular, cabe hacer presente que los Servicios de Bienestar con personalidad jurídica son corporaciones de derecho privado con patrimonio propio y sin fines de lucro. Su personalidad jurídica es otorgada por el Ministerio de Justicia, secretaría de estado que los fiscaliza. La normativa legal que regula la existencia y funcionamiento de los Servicios de Bienestar del sector privado, es el Título XXXIII del Libro I del Código Civil, de las Personas Jurídicas, que rige, entre otras, las corporaciones sin fines de lucro.
Precisado lo anterior, se indica que los Servicios de Bienestar fiscalizados por esta Superintendencia se rigen por lo dispuesto en el artículo 134, de la Ley N°11.764, el D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y en los reglamentos particulares de cada Servicio de Bienestar.
Tal como usted señala, por regla general dichos Bienestares no tienen personalidad jurídica, por constituir una dependencia de la institución empleadora. Mediante D.S. N°121, de 1996, se aprobó el reglamento particular del Servicio de Bienestar Social del Personal de Gendarmería de Chile, por lo que no tiene la calidad de corporación de derecho privado.
Respecto a sus consultas en cuanto a si debe reiniciar actividades en el Servicio de Impuestos Internos y si los Servicios de Bienestar se encuentran sujetos a obligaciones tributarias, cabe señalar que mediante la Circular N° 2.181, de 2005, sobre utilización de Número de RUT distinto de la entidad matriz y demás aspectos tributarios, esta Superintendencia teniendo presente el pronunciamiento del Servicio de Impuestos Internos contenido en el oficio N°4544, de 30 de septiembre de 2004, dejó sin efecto su Circular N° 2108, de 27 de enero de 2004, instruyendo a los Servicios de Bienestar que deben atenerse a lo dictaminado en el citado oficio y ante cualquier duda, sobre la forma y circunstancias que se deben aplicar esas disposiciones y otras de orden tributario que pudieran afectarlos, corresponde que las consultas sean dirigidas directamente al Servicio de Impuestos Internos.
Por otra parte, cabe señalar que existen Servicios de Bienestar que actúan con su propio RUT, esto es, independientemente de la institución empleadora.
3.- Finalmente y sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, se hace presente que por la Circular Nº1348, de 1994, cuya copia se adjunta, esta Superintendencia impartió instrucciones acerca de la forma en que los Servicios de Bienestar deben plantear sus consultas, en el sentido que los informes deben contener una opinión fundada sobre la materia y, cuando corresponda, la respectiva proposición o sugerencia.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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19/03/2020 | Circular 3502 | Servicios de Bienestar | SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES ACERCA DE LA FORMA EN QUE DEBEN PLANTEAR LAS CONSULTAS A ESTA SUPERINTENDENCIA. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR 1348. | Artículo 2, de la Ley Nº 16.395; D.S.Nº 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
04/01/2005 | Circular 2181 | Servicios de Bienestar | Servicios de Bienestar. Sobre utilización de N° Rut distinto de la Entidad Matriz y demás Aspectos Tributarios. Deja sin efecto Circular N° 2108. | D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
27/01/2004 | Circular 2108 | Servicios de Bienestar | Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones sobre Aspectos Tributarios que afectan a las Comisiones Percibidas en Convenios con Terceros para el otorgamiento de Beneficios a sus Afiliados. | D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 825, de 1974, del Ministerio de Hacienda. |
18/06/2002 | Circular 2005 | Varios | SISTEMA DE FISCALIZACIÓN VÍA INTERNET. INFORMA PLAZOS PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS AÑO 2002 Y DEFINE NORMALIZACIÓN PERIÓDICA DE ENVÍO DE ARCHIVOS A ESTA SUPERINTENDENCIA. | Ley N° 16395 |
05/07/1994 | Circular 1348 | Servicios de Bienestar | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR ACERCA DE LA FORMA EN QUE DEBEN PLANTEAR SUS CONSULTAS A ESTA SUPERINTENDENCIA. | D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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23/10/2023 | Dictamen O-01-S-01169-2023 | Servicios de Bienestar | Servicio de Bienestar | Ley N° 16.395. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
24/05/2019 | Dictamen 3977-2019 | Servicios de Bienestar | Administración Servicios Dependientes - Servicios de Bienestar | Ley N° 16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N°18.834; artículo 13 de la Ley N° 20.956; Ley N° 19.553; D.S. N° 722, de 1955, del Ex- Ministerio de Salud Pública y Previsión Social |
17/12/2018 | Dictamen 59990-2018 | Servicios de Bienestar | Funcionario - Aportes - Institucional | Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24° y D.S. N°28, de 1994 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
12/12/2017 | Dictamen 57677-2017 | Servicios de Bienestar | Convenio - Servicios de Bienestar | : Ley N°.16.395; Ley N° 19.886; artículo 16 D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
13/04/2017 | Dictamen 17461-2017 | Servicios de Bienestar | Presupuesto | Ley N° 16.395. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
09/01/2017 | Dictamen 1278-2017 | Servicios de Bienestar | Elección representantes afiliados reelección representantes | Ley N°16.395; D.S.N°28, de 1994 y D.S.N°156, de 1996, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
20/05/2016 | Dictamen 30329-2016 | Servicios de Bienestar | Reembolso anticonceptivos autorecetados médicos | Ley N° 16.395 y D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
08/07/2015 | Dictamen 43020-2015 | Servicios de Bienestar | Bienestar elección reelección representantes | Ley N°16.395 y D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
05/06/2015 | Dictamen 4984-2015 | Servicios de Bienestar | Afiliación - Desafiliación | Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
09/04/2015 | Dictamen 21811-2015 | Servicios de Bienestar | Bienestar reembolso requisitos varios | Ley N°16.395; D.S. N°s. 28 y 126, de 1994 y 2009, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
03/12/2014 | Dictamen 80408-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Artículo 77 bis organismo obligado al reembolso servicio de salud | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. |
08/02/2013 | Dictamen 9208-2013 | Servicios de Bienestar | Aportes funcionario conceptos remuneratorios incluidos | Leyes N°s 11.764, artículo 134; 16.395, D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
25/09/2012 | Dictamen 60723-2012 | Servicios de Bienestar | Informe juridico forma de consultar | D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
05/09/2012 | Dictamen 57651-2012 | Servicios de Bienestar | Administrar servicios dependientes - Objeto | D.S. N°s. 28 y 8, de 1994 y 1995, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
11/10/2011 | Dictamen 62032-2011 | Servicios de Bienestar | Acuerdos - Afiliación - Aportes - Consejo administrativo - Contabilidad - Facultades - Pensionados - Préstamos - Presupuesto | Leyes N°s. 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; D.S. N°s. 28, de 1994, y 14, de 2011, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
22/12/2010 | Dictamen 80192-2010 | Servicios de Bienestar | Aportes - Bono - Imponibilidad | Ley N°11.764, artículo 134; Ley N° 16.395, artículo 24; D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
14/09/2010 | Dictamen 58898-2010 | Servicios de Bienestar | Bienestar aportes permiso sin goce de remuneraciones | Ley N°16.395; D.S. N°s. 28, de 1994, y 43, de 1997, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
04/03/2010 | Dictamen 11878-2010 | Servicios de Bienestar | Ejercicio contable - Pago - Requisitos | Leyes N°s 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
05/05/2009 | Dictamen 19848-2009 | Servicios de Bienestar | Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
20/12/2007 | Dictamen 83863-2007 | Servicios de Bienestar | Ley N° 11.764; Ley N° 16.395, D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 121, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
16/11/2007 | Dictamen 75411-2007 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | |
25/05/2007 | Dictamen 33396-2007 | Servicios de Bienestar | Ley N° 16.395; Ley Nº 17538; D.S. N° 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
21/04/2003 | Dictamen 11690-2003 | Servicios de Bienestar | D.S. N° 176 |
Título | Detalle |
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Artículo 134 | Ley 11.764, artículo 134 |