Subsidio para personas con discapacidad mental, física y sensorial severa, menores de 18 años
Es un monto mensual en dinero y asistencia médica gratuita, para la mantención y cuidados de una persona que presente una discapacidad mental y discapacidad física y sensorial severa, menor de 18 años.
El subsidio para personas con discapacidad mental y física y sensorial severa menores de 18 años de edad, establecido en el artículo 35 de la Ley N° 20.255, es un beneficio no contributivo, consistente en una prestación en dinero de monto igual para todos los beneficiarios, que se paga mensualmente.
Los beneficiarios de este subsidio tienen derecho, para efectos de prestaciones médicas, a asistencia médica gratuita o a la modalidad libre elección, en este último caso, si previamente era causante de asignación familiar, y a ser beneficiarios de asignación familiar respecto de sus descendientes.
Beneficiarios
Son beneficiarios del Subsidio las personas menores de 18 años de edad, que presenten discapacidad mental o discapacidad física o sensorial severa.
Requisitos
- Ser menor de 18 años de edad.
- Haber sido declarado con discapacidad mental o con discapacidad física o sensorial severa, conforme a lo señalado en el DS N°54, de 22 de junio 2022, del Ministerio del Trabajo o Previsión Social, en las disposiciones establecidas en la Ley N°20.422, lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°18.600 y en el decreto supremo N°47, de 2013, del Ministerio de Salud.
- Pertenecer al 60% de la población más pobre, de acuerdo con el instrumento de Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares y
- Tener una residencia continua en el país de, a lo menos, tres años, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Monto del Beneficio
El monto del subsidio corresponderá al 50% del monto máximo de la Pensión Garantizada Universal.
El monto del subsidio vigente es de $107.148 mensuales. El Instituto de Previsión Social deberá actualizar el monto del subsidio a partir del mismo mes en el que la pensión garantizada universal sea reajustada.
Entidades Administradoras
Corresponde al Instituto de Previsión Social la administración integral del Subsidio. Además, podrán recibir solicitudes, las Municipalidades con las que el IPS tenga convenio.
La constatación, evaluación y declaración de la discapacidad mental, así como la certificación de ésta, compete a la COMPIN correspondiente al domicilio del solicitante, y el pago del subsidio lo efectúa el Instituto de Previsión Social.
La tuición y fiscalización de la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias relativas a este subsidio, le competen a la Superintendencia de Seguridad Social.
Financiamiento
Este subsidio es de cargo fiscal.
Circulares SUSESO
Circular 3772
MODIFICA Y COMPLEMENTA LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR 3692, DE 2022, RELATIVAS AL OTORGAMIENTO Y PAGO DEL SUBSIDIO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL Y FÍSICA O SENSORIAL SEVERA, QUE SEAN MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD, A QUE SE REFIERE ARTÍCULO 35 DE LA LEY N°20.255.
Fecha de publicación: 04 de octubre de 2023
Circular 3731
SUBSIDIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL Y FÍSICA O SENSORIAL SEVERA MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY N°20.255. COMPLEMENTA CIRCULAR N°3.722, DE 2022, DE ESTA SUPERINTENDENCIA
Fecha de publicación: 08 de febrero de 2023
Circular 3722
SSUBSIDIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL Y FÍSICA O SENSORIAL SEVERA MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY N°20.255. SOLICITA INFORMACIÓN REFERIDA AL PAGO DE SUBSIDIOS. DEROGA CIRCULAR N°2.863, DE 2012, DE ESTA SUPERINTENDENCIA
Fecha de publicación: 28 de diciembre de 2022
Circular 3692
SUBSIDIO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL Y FÍSICA O SENSORIAL SEVERA MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY N°20.255. DEROGA CIRCULAR N°2.467, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES.
Fecha de publicación: 06 de septiembre de 2022
Circular 3473
SUBSIDIO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD. IMPARTE INSTRUCCIONES Y MODIFICA CIRCULAR 2863 DE 2012
Fecha de publicación: 19 de noviembre de 2019
Circular 3202
Informa el limite de ingresos para determinar el requisito de carencia de recursos para acceder al subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad.
Fecha de publicación: 03 de febrero de 2016
Circular 3174
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad. informa el valor del subsidio para el año 2016.
Fecha de publicación: 18 de noviembre de 2015
Circular 3083
Informa el limite de ingresos para determinar el requisito de carencia de recursos para acceder al subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad.
Fecha de publicación: 03 de febrero de 2015
Circular 3059
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad. informa el valor del subsidio para el año 2015.
Fecha de publicación: 04 de diciembre de 2014
Circular 2964
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad. informa el valor del subsidio para el año 2014 y el nuevo monto de la pensión minima para efectos de determinar la carencia de recursos.
Fecha de publicación: 10 de diciembre de 2013
Circular 2962
Sistema unico de prestaciones familiares. instruye regularización de causantes con reconocimiento de asignación familiar vigentes al 24 de septiembre de 2013, que son a la vez beneficiarios del subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad.
Fecha de publicación: 18 de noviembre de 2013
Circular 2889
Subsidio por discapacidad mental para personas menores de 18 años de edad. informa el valor del subsidio para el año 2013 y el nuevo monto de la pensión mínima para efectos de determinar la carencia de recursos.
Fecha de publicación: 14 de diciembre de 2012
Circular 2863
Subsidio para personas con discapacidad mental con menos de 18 años de edad a que se refiere el artículo 35 de la ley N° 20.255. imparte instrucciones sobre la información mensual a remitir a la superintedencia de seguridad social.
Fecha de publicación: 04 de septiembre de 2012
Circular 2794
Subsidio por discapacidad mental para personas menores de 18 años de edad. informa el valor del subsidio para el año 2012 y el nuevo monto de la pensión mínima para efectos de determinar la carencia de recursos.
Fecha de publicación: 20 de diciembre de 2011
Circular 2467
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad a que se refiere el artículo 35 de la ley n° 20.255. imparte instrucciones.
Fecha de publicación: 30 de junio de 2008
Circular 1732
Pensiones asistenciales. imparte instrucciones sobre la aplicación de las normas contenidas en el d.l. n° 869, de 1975, modificado por la ley n° 18.611. asimismo, deja sin efecto y reemplaza las circulares que se indican.
Fecha de publicación: 24 de junio de 1999
Decretos
Decreto Supremo N° 48 de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social
Aprueba el reglamento del subsidio para personas con discapacidad mental, a que se refiere el Art. 35 de la Ley N° 20.255.
Fecha de publicación: 17 de julio de 2008
Decreto Supremo N° 48 de 1993, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley N° 18.600 sobre los discapacitados mentales menores de 18 años de edad.
Fecha de publicación: 07 de mayo de 1993
Decreto Ley N° 869 de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Establece régimen de pensiones asistenciales para inválidos y ancianos carentes de recursos.
Fecha de publicación: 15 de enero de 1975
Dictámenes SUSESO
Dictamen O-01-S-00963-2024
Fecha de publicación: 08 de mayo de 2024
Dictamen 53610-2024
Fecha de publicación: 01 de abril de 2024
Dictamen O-01-IBS-00385-2024
Fecha de publicación: 12 de febrero de 2024
Dictamen 174154-2023
Fecha de publicación: 31 de diciembre de 2023
Dictamen 215-2023
Fecha de publicación: 19 de enero de 2023
Dictamen 4188-2022
Fecha de publicación: 14 de octubre de 2022
Dictamen 3148-2022
Fecha de publicación: 02 de agosto de 2022
Dictamen 3040-2022
Fecha de publicación: 28 de julio de 2022
Dictamen 4002-2020
Fecha de publicación: 18 de diciembre de 2020
Dictamen 3997-2020
Fecha de publicación: 17 de diciembre de 2020
Dictamen 3355-2020
Fecha de publicación: 27 de octubre de 2020
Dictamen 7235-2019
Fecha de publicación: 13 de diciembre de 2019
Dictamen 835-2019
Fecha de publicación: 18 de enero de 2019
Dictamen 64440-2016
Fecha de publicación: 17 de noviembre de 2016
Leyes
Ley N° 20.255 de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Establece la Reforma Previsional. Los artículos 88 y 89 regulan la incorporación al Seguro de la ley N°16.744 de los trabajadores independientes obligados y voluntarios.
Fecha de publicación: 17 de marzo de 2008
Ley N° 19.284 del 14/01/1994, del Ministerio de Planificación y Cooperación
Establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.
Fecha de publicación: 14 de enero de 1994
Ley N° 18.600 de 1987, del Ministerio de Hacienda
Establece normas para las personas con discapacidad mental.
Fecha de publicación: 30 de enero de 1987
Oficios
Oficio Ord. N°54.988, de 12/11/2018
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad. Informa el valor del subsidio para el año 2019.
Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2018
Oficio Ord. N°56.998, de 06/12/2017.
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad. Informa el valor del subsidio para el año 2018.
Fecha de publicación: 06 de diciembre de 2017
Oficio Ord. N° 64.440, de 17/11/2016.
Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad. Informa el valor del subsidio para el año 2017.
Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2016
Oficio Ord. N° 6.944, de 01/02/2011.
Aclaración respecto de la incompatibilidad que pudiera existir entre la subvención que reciben los hogares como instituciones colaboradoras del SENAME, y los beneficios creados por la reforma previsional.
Fecha de publicación: 01 de febrero de 2011