Subsidio al empleo de la mujer
Beneficio en dinero otorgado a la mujeres trabajadoras, que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, y sus empleadores. Tiene por finalidad complementar la remuneración o renta de los trabajadoras e incentivar su contratación.
El subsidio al empleo de la mujer (SEM) establecido en el artículo 21 de la Ley N° 20.595, es un beneficio pecuniario, en favor de las mujeres trabajadoras y sus empleadores.
Este subsidio puede ser percibido por cada trabajadora por 4 años continuos y causar hasta un máximo de 24 meses de subsidio para el o los empleadores que tenga durante los 4 años señalados. Tratándose de trabajadoras dependientes, al empleador le corresponderá 1/3 del subsidio y a la trabajadora dependiente 2/3 del mismo.
El subsidio al empleo de la mujer es anual, pudiendo la trabajadora dependiente optar por pagos provisionales mensuales, quedando sujeta a reliquidación. En el caso del empleador el pago es siempre mensual.
Beneficiarios
- Las trabajadoras dependientes regidas por el Código del Trabajo y las trabajadoras independientes que tengan entre 25 y 60 años, y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población. Para ser consideradas en ese rango, deben tener un puntaje de focalización del subsidio igual o inferior a 113 puntos.
- Los empleadores de las trabajadoras dependientes que tengan entre 25 y 60, y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.
Requisitos
Trabajadoras dependientes
- Ser trabajadoras regidas por el Código del Trabajo.
- Tener entre 25 y 60 años.
- Pertenecer al 40% socioeconómicamente más vulnerable de la población según el instrumento de focalización del subsidio que corresponde un puntaje inferior o igual a 113 puntos.
- Que sus rentas brutas deben ser inferiores a $7.627.811,86 en el año calendario en que se devenga el subsidio (monto aplicable en el año 2024).
- Tener las cotizaciones previsionales correspondientes al período en que se devenga el subsidio.
Trabajadoras independientes
- Tener entre 25 y 60 años.
- Pertenecer al 40% socioeconómicamente más vulnerable de la población según el instrumento de focalización del subsidio que corresponde un puntaje inferior o igual a 113 puntos.
- Acreditar rentas brutas por un monto inferior a $7.627.811,86 en el año calendario en que se devenga el subsidio (monto aplicable en el año 2024).
- Acreditar rentas de las señaladas en el n° 2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en el año calendario en que se paga el subsidio.
- Tener las cotizaciones previsionales correspondientes al período en que se paga el subsidio pagadas.
Empleadores
Las trabajadoras dependientes por las que solicita el subsidio, deben cumplir los siguientes:
- Ser trabajadoras regidas por el Código del Trabajo.
- Tener entre 25 y 60 años.
- Pertenecer al 40% más vulnerable de la población (puntaje igual o inferior a 113 puntos en el instrumento de focalización del subsidio).
- Percibir remuneraciones brutas mensuales inferiores a $635.650,99.
- Ser beneficiarias del subsidio.
Monto del beneficio
El monto anual del subsidio de las trabajadoras se determina sobre la base de las remuneraciones o rentas brutas, según proceda, percibidas en el año calendario anterior, conforme al cálculo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 20.338, considerando que los límites de los tramos de renta vigentes para los subsidios que se han otorgado o se otorguen en el año 2024 son los siguientes:
Tramo de rentas o remuneraciones brutas anuales ($) | Monto del subsidio anual | |
Desde | Hasta | |
0 |
3.390.139,12 | 20% de la suma de las rentas o remuneraciones imponibles percibidas en el año calendario. |
3.390.139,13 |
4.237.674,26
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20% de $3.390.139,12=$678.027,82. |
4.237.674,27
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7.627.811,86
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20% de $3.390.139,12=$678.027,82 menos el 20% de la diferencia entre la suma de las rentas o remuneraciones imponibles del año calendario y $4.237.674,26.
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El monto mensual del subsidio de los empleadores y de las trabajadoras dependientes que hayan optado por pagos mensuales, se determina conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 20.338, sujeto a los siguientes límites en el año 2024.
Tramo de remuneraciones brutas mensuales ($) | Monto del subsidio mensual | |
Desde | Hasta | |
0 |
282.511,59 | 30% de las remuneraciones sobre las cuales se hubieren realizado cotizaciones de pensiones y de salud |
282.511,60 | 353.139,52 | 30% de $282.511,59=$84.753,48. |
353.139,53 | 635.650,99 |
30% de $282.511,59=$84.753,48 menos el 30% de la diferencia entre la remuneración bruta mensual y $353.139,52.
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Los pagos mensuales de subsidio se encuentran sujetos a una reliquidación anual, la cual se realiza en conjunto con el proceso de pago anual de estos subsidios, oportunidad en que se calcula lo que efectivamente debió haber percibido cada trabajadora y sus respectivos empleadores.
Entidades Administradoras
El subsidio al empleo de la mujer será administrado por el Ministerio de Desarrollo Social.
No obstante, durante los años 2012 - 2017, será administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, y fiscalizado por la Superintendencia de Seguridad Social.
Financiamiento
Este subsidio es de cargo fiscal.
Circulares SUSESO
Circular 3530
SUBSIDIOS AL EMPLEO. MODIFICA Y COMPLEMENTA LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°S. 2.536 Y 2.844, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA
Fecha de publicación: 25 de agosto de 2020
Circular 3234
Subsidio maternales. comunica monto del subsidio diario mínimo a contar del 1° de julio de 2016,1° de enero de 2017, 1° de julio de 2017 y 1° de enero de 2018.
Fecha de publicación: 04 de julio de 2016
Circular 3186
Subsidio al empleo de la ley n° 20595. informa valores de los tramos de renta a contar de 1° de enero de 2016
Fecha de publicación: 18 de diciembre de 2015
Circular 3061
Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. informa valores de los tramos de renta establecidos en la ley, a contar del 1° de enero de 2015.
Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2014
Circular 3031
Subsidios maternales. comunica monto del subsidio diario mínimo a contar del 1° de julio de 2014, 1° de julio de 2015 y 1° de enero de 2016
Fecha de publicación: 23 de julio de 2014
Circular 2942
Subsidios maternales. comunica monto del subsidio diario mínimo a contar del 1° de agosto de 2013.
Fecha de publicación: 28 de agosto de 2013
Circular 2938
Subsidio al empleo de la mujer de la ley n° 20.595 modifica circular n° 2905.
Fecha de publicación: 01 de julio de 2013
Circular 2905
Subsidio al empleo de la mujer de la ley n° 20.595. imparte instrucciones a las administradoras de fondos de pensiones, al instituto de prevision social y a la administradora de fondos de cesantía respecto de la información a entregar al servicio nacional de capacitacion sobre el pago de cotizaciones previsionales.
Fecha de publicación: 22 de enero de 2013
Circular 2888
Subsidio al empleo de la mujer de la ley n° 20.595. imparte instrucciones a los organismos administradores del seguro de la ley n° 16.744 respecto de la información a entregar al servicio nacional de capacitación y empleo sobre el pago de cotizaciones.
Fecha de publicación: 14 de diciembre de 2012
Circular 2844
Subsidio al empleo de la mujer establecido en la ley nº20.595. imparte instrucciones
Fecha de publicación: 20 de julio de 2012
Decretos
Decreto N° 3 del 30/06/2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social
Aprueba Reglamento del artículo 21 de la Ley N° 20.595, que crea el ingreso ético familiar que establece bonos y transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema, y crea el Subsidio al empleo de la mujer.
Fecha de publicación: 30 de junio de 2012
Dictámenes SUSESO
Dictamen O-01-IBS-00379-2024
Fecha de publicación: 09 de febrero de 2024
Dictamen 325-2023
Fecha de publicación: 30 de enero de 2023
Dictamen 199-2023
Fecha de publicación: 17 de enero de 2023
Dictamen 2919-2022
Fecha de publicación: 20 de julio de 2022
Dictamen 4721-2021
Fecha de publicación: 20 de diciembre de 2021
Dictamen 1397-2020
Fecha de publicación: 16 de abril de 2020
Dictamen 7236-2019
Fecha de publicación: 19 de diciembre de 2019
Leyes
Ley N° 20.595 de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social
Crea el ingreso ético familiar que establece bonos y transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema y crea el Subsidio al empleo de la mujer.
Fecha de publicación: 11 de mayo de 2012
Ley Nº 16.744 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social
Establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Mediante esta ley se declara obligatorio el Seguro Social contra riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y se establecen disposiciones para su aplicación.
Fecha de publicación: 01 de febrero de 1968
Oficios
Oficio Ord.N°57.873, de 15 de diciembre de 2017, de la SUSESO, informa los valores de los tramos de renta que rigen a contar del 1° de enero de 2018.
Informa los valores de los tramos de renta que rigen a contar del 1° de enero de 2018.
Fecha de publicación: 14 de marzo de 2018
Oficio Ordinario N° 21/12/2016*68.780 de la Superintendencia de Seguridad Social
Informa los valores de los tramos de renta que rigen a contar del 1° de enero de 2017.
Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2016
Resoluciones
Resolución N° 47 exenta del 22/08/2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social
Determina la fórmula matemática de cálculo del puntaje de focalización del Subsidio al empleo de la mujer, establecido en el artículo 21 de la Ley N° 20.595.
Fecha de publicación: 22 de agosto de 2012