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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Es un monto en dinero que se entrega en el mes de febrero, a los beneficiarios de subsidio familiar o de asignación familiar o maternal por cada causante debidamente reconocido.

El Aporte Familiar Permanente establecido en la Ley N° 20.743 es un beneficio pecuniario que se concede cada año en el mes de febrero, por cada causante de subsidio familiar o de asignación familiar o maternal que el beneficiario tenga reconocido al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de su otorgamiento.

Cada causante sólo da derecho a un Aporte Familiar Permanente, aun cuando el beneficiario esté acogido a diversos regímenes previsionales y desempeñe trabajos diferentes y aun cuando pueda ser invocado en dicha calidad por más de un beneficiario. En este último evento, se preferirá siempre a la madre beneficiaria.

Este Aporte Familiar no constituye remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no es imponible ni tributable ni se encuentra afecto a descuento alguno.

El plazo para reclamar por el no otorgamiento de este Aporte es de un año, contado desde el mes de abril del año al cual corresponde pagar el beneficio. El plazo para el cobro del citado Aporte es de nueve meses, contados desde la fecha de emisión del pago.

Beneficiarios

Serán beneficiarios del Aporte Familiar Permanente las personas que se indican a continuación, que al 31 de diciembre del año anterior hayan tenido alguna de las siguientes calidades:

a) Los beneficiarios del subsidio familiar establecido en la Ley N° 18.020.

b) Los beneficiarios de las asignaciones familiares o maternales establecidas en el D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

c) Cada persona o familia que al 31 de diciembre del año anterior a su otorgamiento, sea usuaria del Subsistema de "Seguridades y Oportunidades", creado por la Ley N° 20.595, y las familias que, a la fecha antes señalada, estén participando en el Subsistema "Chile Solidario", siempre que se trate de familias que no sean beneficiarias de alguno de los subsidios o asignaciones señalados en las letras a) y b) precedentes.

Requisitos

Para tener derecho al Aporte Familiar Permanente se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Los reconocimientos de causantes de subsidio familiar o de asignación familiar o maternal, deben encontrarse vigentes al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al del otorgamiento del Aporte, aun cuando con posterioridad a la fecha señalada se haya extinguido dicho reconocimiento, por cualquier causa.

b) Tratándose de beneficiarios de asignación familiar o maternal, deben haber tenido derecho y percibir monto pecuniario de tales asignaciones por tener ingresos iguales o inferiores al límite máximo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 18.987.

Monto del beneficio

El monto del Aporte Familiar Permanente de 2024 es de $61.792,68, por cada causante de subsidio familiar, así como por cada causante de asignación familiar o maternal por el que perciba monto pecuniario de dichas asignaciones.

En el caso de las personas o familias que sean usuarias del Subsistema "Seguridad y Oportunidades" o que estén participando en el Subsistema "Chile Solidario", el Aporte asciende a a $61.792,68 por familia.

El monto del Aporte Familiar Permanente se reajusta cada año, en el 100% de la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) o el organismo que lo reemplace, entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año calendario anterior al del otorgamiento del Aporte Familiar Permanente.

Entidades Administradoras

El Aporte Familiar Permanente, en general, es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS), correspondiéndoles a las instituciones públicas tanto centralizadas como descentralizadas, con excepción de las Municipalidades, pagar dicho beneficio a su personal conjuntamente con sus remuneraciones. Para tal efecto, la Superintendencia de Seguridad Social entrega al IPS y a cada institución, las respectivas nóminas de beneficiarios del Aporte, confeccionadas sobre la base de la información entregada por las diferentes entidades administradoras de los regímenes de prestaciones familiares y subsidio familiar.

Corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento y pago del Aporte Familiar Permanente correspondiente a los beneficiarios de subsidio familiar o asignaciones familiares o maternales. Tratándose de los beneficiarios de los Subsistemas "Seguridades y Oportunidades" y "Chile Solidario", estas facultades corresponden al Ministerio de Desarrollo Social.

Financiamiento

Este Aporte es de cargo fiscal. Los recursos fiscales son entregados directamente por la Tesorería General de la República al IPS y a las instituciones públicas centralizadas, y por la Superintendencia de Seguridad Social a las instituciones públicas descentralizadas.

Circulares SUSESO

Circular 3739

APORTE EXTRAORDINARIO DE LA LEY N°21.550. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA RENDICIÓN DE LOS RECURSOS FISCALES TRANSFERIDOS A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS PARA EL PAGO DEL BENEFICIO

Fecha de publicación: 24 de abril de 2023

Circular 3735

APORTE EXTRAORDINARIO ESTABLECIDO EN LA LEY N°21.550. IMPARTE INSTRUCCIONES

Fecha de publicación: 27 de marzo de 2023

Circular 3719

Aporte Familiar Permanente de la Ley N°20.743. Imparte instrucciones al Instituto de Previsión Social respecto de la información a remitir a la Superintendencia de Seguridad Social sobre los pagos realizados a beneficiarios de subsidio familiar y de asignación familiar o maternal.

Fecha de publicación: 27 de diciembre de 2022

Circular 3537

BONO EXTRAORDINARIO DE APOYO A LOS INGRESOS FAMILIARES DE LA LEY Nº 21.225. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL RESPECTO DE LA INFORMACIÓN A REMITIR A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LOS PAGOS REALIZADOS A LOS BENEFICIARIOS DEL MENCIONADO BONO

Fecha de publicación: 29 de septiembre de 2020

Circular 3518

MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°3.483 Y N°3.512, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA

Fecha de publicación: 22 de mayo de 2020

Circular 3496

BONO EXTRAORDINARIO DE APOYO FAMILIAR DE LA LEY N°21.195. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES DE LA CIRCULAR N° 3.208 SOBRE LA RENDICIÓN DE LOS RECURSOS FISCALES TRANSFERIDOS A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS PARA EL PAGO DEL APORTE FAMILIAR Y BONO EXTRAORDINARIO DE APOYO FAMILIAR.

Fecha de publicación: 27 de febrero de 2020

Circular 3483

BONO EXTRAORDINARIO DE APOYO FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N°21.195

Fecha de publicación: 20 de diciembre de 2019

Circular 3402

Aporte Familiar Permanente. Imparte instrucciones para la aplicación de la Ley N° 21.127.

Fecha de publicación: 17 de enero de 2019

Circular 3338

APORTE FAMILIAR PERMANENTE DE LA LEY N° 20.743. IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL RESPECTO DE LOS PAGOS REALIZADOS A LOS BENEFICIARIOS DE DICHO APORTE A REMITIR A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Fecha de publicación: 15 de noviembre de 2017

Circular 3210

Aporte familiar permanente de marzo de 2016. instruye regularización de situación de causantes que no dieron derecho al aporte en el primer proceso de generación de nóminas de beneficiarios de él.

Fecha de publicación: 04 de marzo de 2016

Circular 3208

Aporte familiar permanente de de la ley n° 20.743. imparte instrucciones a las instituciones públicas sobre rendición de los recursos fiscales transferidos para el pago de dicho aporte.

Fecha de publicación: 22 de febrero de 2016

Circular 3195

Aporte familiar permanente de marzo de 2016 de la ley n° 20.743. imparte instrucciones sobre monto del aporte.

Fecha de publicación: 14 de enero de 2016

Circular 3085

Aporte familiar permanente. modifica y complementa circular n° 2998, respecto del procedimiento de reclamación y otras materias.

Fecha de publicación: 27 de febrero de 2015

Circular 3069

Aporte familiar permanente de marzo 2015. imparte instrucciones sobre monto del aporte.

Fecha de publicación: 13 de enero de 2015

Circular 3014

Aporte familiar permanente de la ley n° 20.743. imparte instrucciones al instituto de previsión social respecto de los pagos realizados a los beneficiarios de dicho aporte.

Fecha de publicación: 23 de mayo de 2014

Circular 3009

Aporte familiar permanente de la ley n° 20.743. imparte instrucciones a las instituciones públicas que no operan directamente con el fondo único de prestaciones familiares y subsidios de cesantía, respecto del pago del aporte correspondiente a marzo de 2014 y la respectiva rendición de gasto.

Fecha de publicación: 21 de abril de 2014

Circular 3001

Aporte familiar permanente de marzo de la ley n° 20.743. imparte instrucciones a las instituciones públicas que operan directamente con el fondo único de prestaciones familiares y subsidios de cesantía, respecto del pago de dicho aporte y la rendición del gasto.

Fecha de publicación: 02 de abril de 2014

Circular 2998

Aporte Familiar Permanente de marzo. Imparte instrucciones para la aplicación de la Ley N° 20.743.

Fecha de publicación: 26 de marzo de 2014

Dictámenes SUSESO

Dictamen 112253-2024

Fecha de publicación: 17 de julio de 2024

Dictamen O-01-DRPA-00054-2024

Fecha de publicación: 10 de enero de 2024

Dictamen 87-2023

Fecha de publicación: 11 de enero de 2023

Dictamen 167258-2022

Fecha de publicación: 07 de diciembre de 2022

Dictamen 153149-2021

Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2021

Leyes

Ley N° 21.550 de 2023, del Ministerio de Hacienda

IMPULSA MEDIDAS PARA LA SEGURIDAD ECONÓMICA, INCLUYENDO UN APORTE EXTRAORDINARIO PARA DUPLICAR EL APORTE FAMILIAR PERMANENTE EN 2023; UN INCREMENTO PERMANENTE EN LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y EN EL SUBSIDIO ÚNICO FAMILIAR, Y SU AUTOMATIZACIÓN PARA LAS PERSONAS QUE INDICA, Y LA CREACIÓN DEL BOLSILLO FAMILIAR ELECTRÓNICO.

Fecha de publicación: 25 de marzo de 2023

Ley N° 21.225 de 2020, del Ministerio de Hacienda

Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile.

Fecha de publicación: 15 de abril de 2020

Ley N° 21.195 de 2019, del Ministerio de Hacienda

Concede, por una sola vez, un bono extraordinario de apoyo familiar diciembre 2019.

Fecha de publicación: 20 de diciembre de 2019

Ley N° 21.127 de 2019, del Ministerio de Hacienda

Modifica la Ley N° 20.743, respecto del mes de concesión del Aporte Familiar Permanente.

Fecha de publicación: 07 de enero de 2019

Ley N° 20.743 de 2014, del Ministerio de Hacienda

Concede Aporte Familiar Permanente de Marzo y ajusta norma que indica.

Fecha de publicación: 21 de marzo de 2014

Oficios

Aporte familiar permanente: ¿Desea saber si usted es beneficiario?

Aplicación del sitio del Instituto de Previsión Social (IPS) del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Sitio del Aporte familiar permanente del IPS

Sitio del Instituto de Previsión Social (IPS) del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.