Dictamen O-01-S-00154-2023
1.- Mediante Oficio N°45, de concordancia, esta Superintendencia informa el inicio de la marcha blanca del sistema PAE - Otros Ingresos, que permite la interacción documental entre la Superintendencia de Seguridad Social y las Entidades Supervisadas. De este modo, durante el mes de enero de 2023, se comunicó a las Entidades Fiscalizadas el inicio de la marcha blanca para la nueva plataforma denominado "PAE - Otros Ingresos", por medio del cual se gestionará toda la comunicación asociada a los procesos de fiscalización, originada tanto en este Organismo Fiscalizador como en la entidad fiscalizada.
2.- Transcurridos cinco meses de su inicio, lo que implicó un trabajo conjunto entre las partes, se informa el término del periodo de marcha blanca del módulo PAE Otros Ingresos para las comunicaciones entre las Entidades Fiscalizadas y la Superintendencia de Seguridad Social, iniciándose, el día 01 de junio de 2023, la etapa de producción, es decir, de utilización en forma definitiva y permanente del referido sistema para todas las materias vinculadas al quehacer de las respectivas Intendencias de esta Superintendencia.
3.- Por lo tanto, para efectos de interactuar con dicho módulo, se precisan a continuación las principales consideraciones:
a) El mecanismo de interacción oficial entre la Superintendencia y las entidades fiscalizadas destinatarias de las presentes instrucciones será mediante la plataforma "PAE - Otros Ingresos", respecto de todas las materias o comunicaciones, a excepción de las Reclamaciones del Contencioso, las que no se ven afectadas o modificadas mediante esta instrucción.
b) En consecuencia, para que una Entidad pueda responder un requerimiento que le haya remitido la Superintendencia o para plantear a la Superintendencia una solicitud o consulta, la entidad debe hacerlo por medio de la plataforma "PAE - Otros Ingresos", a la cual se accede a través de la siguiente dirección: https://pae.suseso.cl/pae-web/ciudadano.
c) Las Entidades que se vinculan a las materias de la Intendencia de Beneficios Sociales, esto es las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, ISAPRES y el Departamento de Coordinación Nacional de Compin, deberán formalizar a través de una carta a "PAE - Otros Ingresos", el correo electrónico institucional designado como canal de comunicación exclusivo con esta Superintendencia, el cual reemplazará al o los correos informados de acuerdo a lo solicitado en el Oficio N°45 de concordancia. El correo informado por cada entidad será utilizado como casilla electrónica oficial y a través de ella se realizarán las notificaciones de todas las instrucciones y comunicaciones que emanen de esta Superintendencia.
En cuanto a las Entidades que se vinculan a las materias de la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, las notificaciones se harán a través de los mismos correos electrónicos que actualmente disponen para interactuar con el sistema "PAE - Otros Ingresos", y de requerir actualizarlos enviar la solicitud a ...............@suseso.cl.
d) Por su parte, respecto a las comunicaciones formales hacia la Superintendencia que actualmente se canalizan por oficina de partes y/o por correos electrónicos especificados en instrucciones de este Organismo, sólo deberán ser ingresadas a través de la plataforma "PAE - Otros Ingresos".
e) Para efectos de conocer el modelo de funcionamiento, el documento de capacitación está disponible en el sitio web institucional, ingresando a la sección "documentación técnica" del banner del "PAE" que se encuentra en la página de "Sistemas de información" que forma parte del menú "atención de usuarios/fiscalizados" https://www.suseso.cl/601/w3-search.html.
f) Para ingresar a la plataforma "PAE - Otros Ingresos", las entidades lo deben hacer con las mismas credenciales de acceso que actualmente utilizan para el módulo reclamaciones de PAE, que está asociado al RUT de la entidad (como persona jurídica).
g) La entidad deberá difundir a los usuarios internos que tradicionalmente interactúan con esta Superintendencia, para que dicha interacción sea por el canal dispuesto en el presente oficio y no otro. A efectos de mantener una comunicación fluida respecto a la implementación de la nueva Plataforma PAE Otros Ingresos, se dispone del mail .....................@suseso.cl.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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28/07/2023 | Circular 3757 | Cajas de Compensación | IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO PARA EL ENVÍO DE INFORMES Y/O ANTECEDENTES SOLICITADOS POR LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL MEDIANTE LA PLATAFORMA “PAE-OTROS INGRESOS” | |
25/02/2021 | Circular 3582 | Varios | PLAZO PARA REPORTAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO, PAE MODIFICA LA CIRCULAR N°3.394, DE 2018 Y EL TÍTULO V, DEL LIBRO IX, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE LA LEY N°16.744, AMBOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Artículos 2°, 3°, 23, 24, 27, 30 y 38 de la Ley N°16.395 |
03/09/2020 | Circular 3531 | Varios | PLAZO PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO, PAE MODIFICA LA CIRCULAR N°3.394, DE 2018 Y EL TÍTULO V, DEL LIBRO IX, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE LA LEY N° 16.744, AMBOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL | Artículos 2,3,23,24,27, 30,38 de la Ley Nº 16.395; Ley Nº 21.063; Artículo 30 de la Ley Nº 16.744 |
28/11/2018 | Circular 3396 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES Y OFICIOS EMITIDOS EN LOS PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOS MODIFICA EL TÍTULO V. DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744. | Artículos 2°, 3°, 30 y 38 de la Ley N°16.395; artículos 12 y 72 de la Ley N°16.744, |
31/10/2018 | Circular 3394 | Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE LOS REGÍMENES DE SEGURIDAD SOCIAL FISCALIZADOS, RESPECTO DE LA IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO (PAE) | Ley Nº 16.395; Ley Nº 19.799; Ley Nº 19.880; D.F.L.Nº1, de 2000, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; Ley Nª 19.628; Decreto Supremo Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción; Decreto Nº 83, de 2005, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; Decreto Nº 14, de 2014, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. |
28/08/2009 | Circular 2557 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Atención de Reclamaciones de Subsidios por Incapacidad Laboral de Origen Común y Laboral. Imparte instrucciones a las Entidades Pagadoras. | D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744 |
28/08/2009 | Circular 2556 | Cajas de Compensación | Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Atención de reclamaciones de Afiliados relativas al régimen de Prestaciones Adicionales. | Ley N° 18833 |
31/03/2009 | Circular 2523 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. ATENCIÓN DE RECLAMACIONES DE AFILIADOS RELATIVAS AL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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10/09/2024 | Dictamen 144446-2024 | Varios | PAE - Notificación - Plazos | Ley 16.395, artículo 2; Ley 19.880 |
12/05/2024 | Dictamen 75282-2024 | Licencias médicas | Licencia Médica - Enmendaduras - Licencia médica de reemplazo | Ley 16.395, artículo 27; DS 3 de 1984 Minsal, artículo 13 y 53 |
10/05/2024 | Dictamen 74938-2024 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley 16.744 - Accidente de trayecto | Ley 16.395, artículo 30; Ley 16.744, artículo 5 |
06/07/2023 | Dictamen 89965-2023 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley 16.744 - Automaticidad de las prestaciones | Ley 16.744;Ley 16.395 |
08/06/2022 | Dictamen 74725-2022 | Licencias médicas | Subsidio por incapacidad laboral - Falta de vínculo laboral | DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo; Ley 16.395; Ley 18.933; Ley 21.133 |
28/03/2022 | Dictamen 35995-2022 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Financiamiento - Tasa de cotización adicional diferenciada | Leyes N°s 16.395 y 16.744 |
15/12/2021 | Dictamen 172288-2021 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Subsidio por incapacidad laboral - Base de cálculo | Ley 21.247, artículo 4;Ley 21.247;Ley 21.227;Ley 19.880;Ley 19.728;Ley 16.744;Ley 16.395;DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo, artículo 4;DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo |
07/12/2021 | Dictamen 167789-2021 | SIL maternal | Ley de Protección al Empleo - Base de cálculo subsidio maternal | Ley 21.227;Ley 18.933;Ley 18.469;Ley 16.395;DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo |
03/12/2021 | Dictamen 165689-2021 | Licencias médicas - SIL maternal | Ley de Protección al Empleo - Base de cálculo subsidio maternal | DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo; Ley 18.469; Ley 18.933; Ley 21.227; Ley 16.395, artículo 27 |
04/10/2021 | Dictamen 130808-2021 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Subsidio por incapacidad laboral - Base de cálculo | DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley 18.933; Ley 16.395, artículo 27 |
27/08/2021 | Dictamen 111732-2021 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Ley de Protección al Empleo - Base de cálculo subsidio maternal | Ley 21.227;Ley 18.933;Ley 18.469;Ley 16.395;DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo |
08/08/2021 | Dictamen 102173-2021 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Licencia Médica - Subsidio por incapacidad laboral - Ley de Protección al Empleo | Ley Nº 16.395; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 21.227 |
03/08/2021 | Dictamen 99847-2021 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Subsidio por incapacidad laboral - Trabajador independiente - Protección de la maternidad | Ley 19.378, artículo 19; Ley 18.933; Ley 18.196, artículo 12, DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo; Ley 16.395, artículo 27. |
26/06/2021 | Dictamen 81828-2021 | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Licencia médica continuada | DFL 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo; DL 2763; Ley 16.395; Ley 18.469; Ley 18.933 |
17/05/2021 | Dictamen 61221-2021 | Licencias médicas | Licencias Médicas - Diagnóstico irrecuperable | Ley Nº 16.395; D.S: Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |
05/05/2021 | Dictamen 55164-2021 | Licencias médicas | Licencias Médicas - Tramitación | Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud |
01/03/2021 | Dictamen 735-2021 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | PAE - Subsidio por incapacidad laboral - Plazos | Leyes N°s.16.395, 18.833 |
15/02/2021 | Dictamen 581-2021 | Varios | PAE | Leyes N°s.16.395, 16.744 y 18.833. D.S. N°91 y N°94 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. D.S. N°3 de 1984, del Ministerio de Salud, modificado por D.S. N°46 de 2019, del mismo Ministerio. |
10/12/2020 | Dictamen 128860-2020 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Ley de Protección al Empleo - Licencia Médica - Subsidio por incapacidad laboral | Ley N°16.395; Artículo 8 del D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Ley N°21.227 |
27/11/2018 | Dictamen 57320-2018 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Fiscalización - Organismos administradores - Privados - Superintendencia de Seguridad Social | Leyes N°s 16.395 y 16.744. |
Título | Detalle |
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Ley 16.395 | Ley 16.395 |