Dictamen 27302-2016
1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado, solicitando la intervención de este Organismo de modo que la Caja de Compensación que usted administra de cumplimiento al acuerdo de acreedores contenido en la Resolución Exenta, de 3 de diciembre de 2015, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, dictada en el marco del Procedimiento Concursal de la Persona Deudora, materia regulada en el Título V de la Ley N°20.720.
En su presentación, el interesado expone que conforme a la Resolución Exenta precedentemente aludida, la deuda que por concepto de crédito social mantiene con la Caja de Compensación, debe ser cobrada en 130 cuotas de $84.808, no obstante lo cual dicha entidad ha continuado efectuando descuentos sobre sus remuneraciones por el monto originalmente pactado, es decir $322.321 mensuales, suma que a causa de las dificultades económicas por las que atraviesa no le resulta posible afrontar y perjudica, además, el acuerdo alcanzado con el resto de sus acreedores.
2.- Requerida al efecto la C.C.A.F. que usted administra, remitió información sobre la situación crediticia del interesado quien mantiene vigente el crédito social, otorgado a dicho trabajador el 6 de enero de 2014 por un monto de $12.267.682 en 60 cuotas de $347.887, con vencimientos a contar del 28 de febrero de 2014, suma que fue utilizada para pagar el saldo de dos créditos sociales anteriores, correspondientes a los folios N°s 101257572 y 101290419, entregándose al interesado, un diferencial de $360.000.
En cuanto al reclamo formulado por el interesado, vinculado con el incumplimiento del acuerdo referido en el punto anterior, expone que los procedimientos de renegociación de la Ley N° 20.720, de deudores que entre otras obligaciones mantienen deudas por concepto de crédito social, corresponden a procedimientos concursales similares a los convenios judiciales contemplados de la Ley N° 20.080, antigua Ley de Quiebras, motivo por el cual los acreedores preferentes no pueden quedar obligados por los acuerdos de renegociación, a menos que participen en las audiencias de renegociación y renuncien a su privilegio. Esto último, de acuerdo con lo previsto en el artículo 191 de la antigua Ley de Quiebras.
Agrega la Caja que al ser derogada la antigua Ley de Quiebras por la Ley N° 20.720, esta última no reguló la situación de los acreedores preferentes, es decir, no expresó si dichos acreedores debían o no quedar obligados por los respectivos acuerdos de renegociación. Sin embargo, sostiene que en el silencio de dicha norma corresponde interpretar que las preferencias no pueden ser vulneradas por los acuerdos de renegociación adoptados por la mayoría de los acreedores valistas.
De este modo, a juicio de la C.C.A.F., los procedimientos de renegociación previstos en la Ley N°20.720 al ser equivalentes a los antiguos convenios judiciales preventivos, tienen el carácter de concursales, tanto en la etapa de cumplimiento de los acuerdos de renegociación, como en la de ejecución o de liquidación, o cuando fracasa la renegociación o el deudor no cumple con lo pactado. A mayor abundamiento, señala la Caja que el carácter concursal de estos procesos queda en evidencia con el nombre del Título V de la Ley N° 20.720, que los regula, denominado "De los Procedimientos Concursales de la Persona Deudora".
Por tanto, señala que los acreedores preferentes del artículo 2.472 del Código Civil no pueden ser afectados en el cobro regular de sus créditos en la forma y por los montos pactados originalmente.
Más aún, expone que la Ley N° 20.720 mejoró la posición de privilegio de los créditos sociales de las C.C.A.F. puesto que elevó la preferencia de las cotizaciones previsionales al N° 5 del artículo 2.472 del Código Civil, que antes figuraba en el N° 6. Dicha norma, agrega, habida cuenta de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 18.833, debe ser aplicada a los créditos sociales que otorgan las C.C.A.F.
A mayor abundamiento, señala que la propia Ley N°20.720, a través de su artículo 398, modificó el antes citado artículo 22 de la Ley 18.833 sólo en lo relativo al procedimiento concursal de un empleador respecto de las obligaciones de crédito social de sus trabajadores, sin decir nada en lo concerniente al procedimiento concursal del propio deudor del crédito.
Sin embargo, expone que la Superintendencia de Insolvencia se ha negado a reconocer la preferencia de los créditos de las C.C.A.F. en los procesos de renegociación, incorporándolos como valistas en la nómina de créditos al citar a la audiencia de determinación de pasivo y negándose a dejar constancia en las actas de la preferencia alegada.
Asimismo, agrega que la Caja se ha visto obligada a presentar en cada caso reclamos ante esta Superintendencia, alegando, después de las audiencias de determinación de los pasivos, la preferencia de que gozan los créditos sociales, ya que en las respectivas actas, la autoridad dejaba constancia que, luego de una deliberación y debate, con el voto favorable de la persona deudora y del 100% de los acreedores asistentes, se había aprobado la nómina de pasivos en las que se incorporaba a la C.C.A.F., como valista, en circunstancias que ello no era efectivo, puesto que la Caja había alegado la preferencia y se le negaba el derecho a dejar constancia de ello en el acta. Expone la Caja que, en tales casos la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento estaría infringiendo su obligación legal, prevista en los artículos 263 N°2 y 265, inciso tercero de la Ley N°20.720, de incorporar a la nómina de pasivos las preferencias invocadas por los respectivos acreedores. En tal sentido señala que, según se les ha informado, la antes referida Superintendencia, a diferencia de lo que ocurre con los créditos sociales, reconoce la preferencia que ampara a las cotizaciones previsionales adeudadas a las AFP, determinando que corresponde pagarlas sin afectar sus montos, plazos e interés. Lo anterior, a pesar que tanto dichas obligaciones previsionales como los créditos sociales que otorgan las C.C.A.F. se encuentran considerados en la misma causal de preferencia del N°5 del artículo 2472 del Código Civil.
Ahora bien, en cuanto a la situación del interesado, señala que dicho caso corresponde a uno de aquellos en que la Superintendencia de Insolvencia ha desconocido la preferencia de la Caja para efectuar el cobro del crédito social adeudado. En efecto, expone que según consta en la página 3 de la Resolución Exenta, de 13 de octubre de 2015, el acta de audiencia de determinación del pasivo da cuenta de haberse aprobado, supuestamente por el 100% de los acreedores, la nómina de pasivos en la que figura el crédito de la Caja como valista. Además, señala que en la página 6 de la misma Resolución, donde consta el registro de asistencia, aparece la firma de la representante de la Caja, quien al suscribir dicho registro tarjó la palabra "valista", escribiendo de puño y letra "acreedor preferente", observación que la Superintendencia de Insolvencia no consideró.
Al respecto, expone la Caja que, posteriormente, con fecha 26 de octubre de 2015, presentó ante la citada Superintendencia una carta alegando la preferencia que no se quiso reconocer en la audiencia de determinación de los pasivos del interesado, sin embargo la C.C.A.F. terminó siendo incorporada como acreedor valista en el acta de la audiencia de renegociación inserta en la Resolución Exenta, de 18 de noviembre de 2015.
Señala la C.C.A.F. que sólo una vez dictada la Circular conjunta N° 3.203, de 4 de febrero de 2016 - fecha posterior al proceso de renegociación del interesado-, la Superintendencia de Insolvencia ha comenzado a reconocer la referida preferencia en las audiencias de determinación de pasivos.
Finalmente, expone que el acuerdo de renegociación en comento, al no haber renunciado la Caja a su preferencia legal, infringiría las instrucciones impartidas por esta Superintendencia a través de la Circular N°2.052, de 2003 y sus modificaciones, conforme a las cuales las C.C.A.F no pueden condonar obligaciones o reprogramarlas a cualquier plazo y con rebajas de tasas de interés, salvo situaciones de contingencia social muy excepcionales de los deudores. Además, expone que los Directorios y la Administración de las C.C.A.F. se encuentran obligados a cautelar el patrimonio del Fondo Social e intentar la recuperación de los valores prestados, utilizando todos los medios legales disponibles.
3.- Sobre el particular y tal como esa entidad señala, la dictación de la Circular N° 3.203, conjunta de esta Superintendencia y de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que estableció el procedimiento que deben seguir las C.C.A.F. al ser citadas a las audiencias de determinación de pasivo de sus afiliados cuando estos se han acogido al procedimiento de renegociación de la Ley N°20.720, ha permitido regularizar la situación planteada en el punto anterior, relativa al reconocimiento en las audiencias de determinación de pasivo de la preferencia de que gozan los créditos sociales, de conformidad con lo prescrito en el artículo 22 de la Ley N°18.833.
Ahora bien, de acuerdo con los antecedentes acompañados, en el caso del interesado, se advierte que la renegociación pactada con sus respectivos acreedores en el marco del Procedimiento Concursal de la Persona Deudora tuvo lugar en forma previa a la emisión de la Circular precedentemente aludida, circunstancia que determinó que la preferencia del crédito social en cuestión no fuera reconocida en el acuerdo alcanzado entre el recurrente y sus acreedores.
Al respecto y sin perjuicio de lo establecido en la ya citada Circular N°3.203, se debe tener presente que el hecho que el interesado se haya sometido al procedimiento concursal previsto en el Título V de la Ley N°20.720, permite inferir que dicho afiliado se encuentra en una situación socioeconómica grave, motivo por el cual se insta a la Caja de Compensación que usted administra para que en su calidad de entidad de previsión social y de conformidad con las normas contenidas en la Circular N°2.052, de 2003 y sus modificaciones, suspenda el descuento de los respectivos dividendos y cite al deudor para reprogramar el crédito en las condiciones establecidas en la aludida Resolución Exenta, o en otras que le sean favorables, dentro de los límites vigentes en cuanto al porcentaje máximo de descuento. Junto con lo anterior, se solicita a la Caja de Compensación que evalúe la alternativa de reembolsar al interesado, los montos descontados sobre sus remuneraciones, conforme al valor original de la respectiva cuota de crédito social, efectuados luego de dictada la Resolución Exenta, de 3 de diciembre de 2015. Lo anterior, con la finalidad que dichos montos sean considerados en la reprogramación que se pudiere llevar a cabo.
Finalmente y para los efectos señalados, se remite copia de las liquidaciones de sueldo del interesado, correspondientes a los meses de diciembre de 2015 y de enero y febrero de 2016, en los que figuran descuentos por el monto original del respectivo dividendo pactado.
De lo obrado en el caso del interesado, la C.C.A.F deberá informar a esta Superintendencia en un lapso no superior a 10 días, contado desde la fecha del presente Oficio.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
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04/01/2021 | Circular 3567 | Créditos sociales | FIJA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, COMPLEMENTA DETERMINADAS INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA | artículos 2°, 23, 38 de la Ley N°16.395 y en los artículos 3°, 19 y 21 de la Ley N°18.833 |
23/10/2020 | Circular 3545 | Créditos sociales | PORTABILIDAD FINANCIERA Y RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL QUE ADMINISTRAN LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR IMPARTE INSTRUCCIONES | Artículos 2°, 3°, 23, y 38 de la Ley N°16.395 y artículos 1°, 3°, 19 y 21 de la Ley N°18.833; Ley Nº21.236; D.S. Nº 1154 de 2020, del Ministerio de Hacienda |
07/01/2020 | Circular 3485 | Créditos sociales | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F., CONTENIDAS EN LA CIRCULAR Nº 2.052 DE 2003 | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 21.190; Ley Nº 20.255 |
09/07/2019 | Circular 3434 | Créditos sociales | "MODIFICA CIRCULAR N°2.052, DE 2003, EN LO RELATIVO AL DESCUENTO DE CUOTAS DE CRÉDITOS SOCIALES OTORGADOS POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.), EN LAS SITUACIONES QUE INDICA". | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833 |
09/07/2019 | Circular 3435 | Créditos sociales | "MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, EN LO RELATIVO A LA PREFERENCIA DE QUE GOZAN LOS DESCUENTOS PARA EL PAGO DE CRÉDITOS SOCIALES OTORGADOS POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR". | Artículos 1°, 2°, 3°, 23 y 38 letra d) de la Ley N° 16.395; artículo 3° y 69de la Ley N° 18.833; artículo 96Ley N° 18.834; artículo 95 Ley N° 18.883; artículo 2472 N°6 -actual N°5-, del Código Civil |
23/04/2018 | Circular 3355 | Créditos sociales | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.). MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, EN MATERIAS DE SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS SOCIALES, TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DE ORGANISMOS PÚBLICOS QUE SE RIJAN POR LA LEY N° 18.834 | Leyes N° 16.395, 18.833 y 18.834. |
21/12/2017 | Circular 3343 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.) RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2,052, DE 2003 EN MATERIA DE FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE LAS C.C.A.F. | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
26/11/2015 | Circular 3175 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS Y COBROS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16271; Ley N° 16395; D.F.L. N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia. |
01/10/2015 | Circular 3156 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
01/04/2015 | Circular 3105 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. MODIFICA CIRCULAR 2052, DE 2003 Y 3093, DE 2015. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
25/08/2014 | Circular 3040 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052 SOBRE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/01/2014 | Circular 2976 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/09/2012 | Circular 2869 | Cajas de Compensación | PENSIONADOS DIRECA Y CAPREDENA INCORPORACION A C.C.A.F. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20608 |
13/07/2012 | Circular 2843 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/07/2012 | Circular 2841 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18010 |
14/05/2012 | Circular 2829 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
17/04/2012 | Circular 2824 | Cajas de Compensación | MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, Y SUS MODIFICACIONES. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
13/10/2011 | Circular 2776 | Cajas de Compensación | CRÉDITOS UNIVERSALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS C.C.A.F. PARA SU OFERTA, OTORGAMIENTO E INFORMACIÓN. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18010; Ley N° 19496; Ley N° 20448; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1512, de 2010, del Ministerio de Hacienda, |
21/07/2011 | Circular 2757 | Cajas de Compensación | COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20448 |
12/07/2011 | Circular 2746 | Cajas de Compensación | ALZA SUSPENSIÓN DE LA CIRCULAR N° 2658, DE 2 DE JULIO DE 2010 Y FIJA SU ENTRADA EN VIGENCIA. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/07/2011 | Circular 2747 | Cajas de Compensación | MODIFICA LA CIRCULAR N° 2.658 DE 2010, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
21/07/2010 | Circular 2670 | Cajas de Compensación | Suspende vigencia de la Circular N° 2.658, de 2 de Julio de 2010. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
02/07/2010 | Circular 2658 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S. 2052 Y 2463, DE 2003 y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539 |
04/02/2010 | Circular 2610 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULARES NºS 2463, DE 2008 Y 2598,DE 2009,SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
04/02/2010 | Circular 2433 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/12/2009 | Circular 2598 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2052 Y 2463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
11/12/2009 | Circular 2591 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. INSTRUYE SOBRE PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. COMPLEMENTA CIRCULAR 2052. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N°18010 |
11/12/2009 | Circular 2592 | Cajas de Compensación | REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°s. 2473 Y 2478, DE 2008, SOBRE DESAFILIACIÓN DE PENSIONADOS AL SISTEMA DE CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539 |
13/10/2009 | Circular 2574 | Asignación familiar | Sistema Único de Prestaciones Familiares. Imparte instrucciones a las Instituciones Pagadoras de Asignaciones Familiares, para la formulación del Presupuesto del año 2010. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; |
28/08/2009 | Circular 2559 | Cajas de Compensación | RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL DE LAS C.C.A.F. MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, AUTORIZANDO NUEVAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO. | Ley N° 18833; Ley N°16395 |
12/06/2009 | Circular 2530 | Cajas de Compensación | Requisitos de Liquidez y Solvencia que deben cumplir las Cajas de Compensación de Asignación Familiar para ser autorizadas a inscribirse en el registro para la emisión de Mutuos Hipotecarios Endosables. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 20343; D.F.L. N° 251, de 1931, del Ministerio de Hacienda. |
31/03/2009 | Circular 2523 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. ATENCIÓN DE RECLAMACIONES DE AFILIADOS RELATIVAS AL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833 |
07/10/2008 | Circular 2485 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
20/06/2008 | Circular 2463 | Cajas de Compensación | CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052,DE 2003 | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18045; D.S. N° 54, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
13/06/2008 | Circular 2462 | Cajas de Compensación | MODIFICA A CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 18010 |
19/12/2007 | Circular 2424 | Cajas de Compensación | INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO A C.C.A.F. Y MODIFICACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN A DICHAS ENTIDADES. IMPARTE INSTRUCCIONES. | Ley N° 18833; Ley N° 19070; Ley N° 20233; D.F.L. N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación |
29/09/2006 | Circular 2328 | Cajas de Compensación | Derogada por Circular 3567. Modifica y Complementa Circular N° 2.052, de 2003, sobre Régimen de Prestaciones de Crédito Social administrado por las Cajas de Compensación de Asignación Familiar. | Ley N° 18833; Ley N° 18010; Ley N° 19539 |
08/09/2005 | Circular 2237 | Cajas de Compensación | INSTRUCCIONES SOBRE DEVOLUCIÓN DE COBROS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
08/02/2005 | Circular 2188 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE EL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 163950; Ley N° 18010; Ley N° 19951 |
29/05/2003 | Circular 2057 | Cajas de Compensación | MODIFICA VIGENCIA DE CIRCULAR N°2052, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 16395 |
10/04/2003 | Circular 2052 | Créditos sociales | RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
14/08/2002 | Circular 2011 | Cajas de Compensación | C.C.A.F. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE AFILIACIÓN DE PENSIONADOS DE LA LEY N°19.123 (DE REPARACIÓN). | Ley N° 18833; Ley N° 19123 |
22/10/2001 | Circular 1945 | Cajas de Compensación | C.C.A.F. Imparte instrucciones sobre Afiliación de Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos). | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19234; Ley N° 19539 |
07/10/1999 | Circular 1747 | Varios | Deja sin efecto Circular N° 1369, de 1994. Mantiene instrucciones que indica sobre Archivo y Custodia de Documentación relacionada con los Casos de Irregularidades Detectadas y de informar en las Circunstancias que señala. | |
03/01/1996 | Circular 1457 | Asignación familiar | SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA REMITIR LA INFORMACIÓN CONTABLE REFERENTE AL EJERCICIO DEL AÑO 1995 A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES, COMPAÑÍAS DE SEGUROS Y MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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14/02/2024 | Dictamen 24915-2024 | Créditos sociales | Licencia Médica - Crédito Social | Ley N°16.395, artículo 23; Ley N°19.880; Ley N°18.010; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, |
29/03/2022 | Dictamen 1161-2022 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
26/11/2020 | Dictamen 122121-2020 | Créditos sociales | Credito social capacidad de endeudamiento | Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.880; Ley N°18.010; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
26/11/2020 | Dictamen 123064-2020 | Créditos sociales | crédito social incapaz absoluto | Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.880; Ley N°18.010; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; |
11/11/2020 | Dictamen 115929-2020 | Créditos sociales | Crédito social - Insolvencia - Reprogramación | Ley 16.395; Ley 18.010;Ley 18.833;Ley 19.880;Ley 20.720; Ley 20.720, artículo 275; Ley 20.720, artículo 134; Ley 20.720, artículo 135; Ley 20.720, artículo 255 |
04/09/2020 | Dictamen 2817-2020 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395, 18.010, 18.833 y 21.236 |
12/08/2020 | Dictamen 2659-2020 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Ley Nº 16.395; Artículo 22 de la Ley Nº 18.833; Artículo 16 de la Ley Nº 19.539 |
13/07/2020 | Dictamen 2228-2020 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S. N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio. |
08/07/2020 | Dictamen 2196-2020 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s. 16.395, 18.833, 21.227 y 21.232. |
17/06/2020 | Dictamen 2012-2020 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
27/04/2020 | Dictamen 1498-2020 | Créditos sociales | Crédito Social - Insolvencia - Reprogramación | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Artículos 134, 135, 255 y 275, de la Ley Nº 20.720 |
21/04/2020 | Dictamen 1451-2020 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF | Ley Nº. 16.395; Ley Nº y 18.833. D.S. N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública |
25/03/2020 | Dictamen 1210-2020 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud |
17/03/2020 | Dictamen 1126-2020 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social | Artículo 23, de la Ley Nº 16.395; Artículos 1, 3, 22, de la Ley Nº 18.833; Título XXXIII del Libro I del Código Civil; Artículo 19 Nº 3, de la Constitución Política del Estado |
23/05/2019 | Dictamen 3917-2019 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito social | Ley N° 16.395; D.S. N° 91 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículo 2°, letra a), de la Ley N°16.395; artículo 1, 22 y 69 de la Ley N°18.833; 16 de la Ley N°19.539; N°6 (hoy N°5) del artículo 2.472 del Código Civil; artículo 8° de la ley N° 17.322; Constitución Política de la República en el numeral 18 y 24 de su artículo 19; el D.F.L. N° 245 de 1953 |
03/05/2019 | Dictamen 3513-2019 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°16.395, N°18.833 y N° 20.488, artículo 8 |
11/04/2019 | Dictamen 06274-2019 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social - Prescripción | Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.880; Ley N°18.010; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículo 98 de la Ley N°18.092; Artículo 2515 del Código Civil; Artículo 18° de la Ley N°19.628 |
05/04/2019 | Dictamen 2965-2019 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Ley N° 16.395 y Ley N° 18.834 |
27/03/2019 | Dictamen 2718-2019 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF - Aval | Ley N°16.395 y Ley N°18.833. |
26/03/2019 | Dictamen 2760-2019 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
20/03/2019 | Dictamen 2554-2019 | Créditos sociales | CCAF - Capacidad de endeudamiento - Crédito social | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833 |
05/03/2019 | Dictamen 2157-2019 | Créditos sociales | Credito social capacidad de endeudamiento | Ley N° 17.322; Artículo 2, de la Ley N°. 16.395; Artículo 69, Ley N° 18.883; Artículo 22, 19, 1 de la Ley N° 18.833. D.S. N° 91 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 96 D.F.L. N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda; artículo 2.472° del Código Civil; Ley N° 20.720 |
19/02/2019 | Dictamen 1860-2019 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social | 18.833 |
13/02/2019 | Dictamen 1693-2019 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social - Pago | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
06/02/2019 | Dictamen 1491-2019 | Créditos sociales | CCAF - Crédito social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2.052, de 2003 y sus modificaciones, de esta Superintendencia. |
29/01/2019 | Dictamen 1190-2019 | Créditos sociales | Cobro - Crédito social | Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.496 |
11/01/2019 | Dictamen 527-2019 | Créditos sociales | Crédito social - Seguro de desgravamen | Leyes N° 18.010 y N° 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
26/12/2018 | Dictamen 60423-2018 | Créditos sociales | 180 días de cotizaciones - Crédito social - Reprogramación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
27/11/2018 | Dictamen 57381-2018 | Créditos sociales | Capacidad de endeudamiento - Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
28/09/2018 | Dictamen 48077-2018 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2.052, de 2003 y sus modificaciones, de esta Superintendencia. |
28/09/2018 | Dictamen 48068-2018 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
20/09/2018 | Dictamen 46552-2018 | Créditos sociales | Cobro - Crédito social | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
27/08/2018 | Dictamen 43305-2018 | Créditos sociales | Crédito social - Pensionados | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
26/06/2018 | Dictamen 33323-2018 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento - Funcionarios públicos | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. Circulares N°s. 2.052 de 2003 y sus modificaciones, y 2.588 de 2009, de esta Superintendencia |
12/04/2018 | Dictamen 18197-2018 | Cajas de Compensación | Crédito social seguros asociados | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
26/01/2018 | Dictamen 4778-2018 | Créditos sociales | Cobro - Crédito social | Leyes N° 16.395 y 18.833 |
24/01/2018 | Dictamen 04049-2018 | Cajas de Compensación | descuento cuotas crédito social límite | Leyes N°s 16.395, 18.833, 19.539, 20.881; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Circulares N°s 1669, de 1998 y 2052, de 2003, de esta Superintendencia |
15/12/2017 | Dictamen 57921-2017 | Créditos sociales | Crédito social - tasas de interés pensionados | Leyes N°s.16.395 y 18.833. Circular N° 2052, de 2003, de esta Superintendencia, y sus modificaciones |
23/11/2017 | Dictamen 54591-2017 | Cajas de Compensación | descuento cuotas crédito social sin consentimiento trabaajdor multa | Leyes N°s. 16.395 y 18.833; Circular N° 2052, de 2003 y sus modificaciones, de esta Superintendencia. |
14/09/2017 | Dictamen 43573-2017 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
01/06/2017 | Dictamen 25137-2017 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento | Ley N° 16.395 y Ley N°18.833. |
01/06/2017 | Dictamen 25134-2017 | Cajas de Compensación | Credito social seguro de desgravamen | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
17/05/2017 | Dictamen 22018-2017 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°16.395 y 18.833; |
12/05/2017 | Dictamen 21504-2017 | Cajas de Compensación | Credito social seguro de desgravamen | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
31/03/2017 | Dictamen 15586-2017 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/03/2017 | Dictamen 15570-2017 | CCAF - Crédito social | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; Código Civil, artículo 465 | |
09/01/2017 | Dictamen 1322-2017 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
10/11/2016 | Dictamen 62982-2016 | Cajas de Compensación | Crédit social procedimiento | Leyes N°s 16.395 y 18.833; |
28/10/2016 | Dictamen 61131-2016 | Créditos sociales | Crédito social | Ley N° 16.395. |
21/10/2016 | Dictamen 59699-2016 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento | Leyes N° 16.395 y 18.833 |
02/09/2016 | Dictamen 51301-2016 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
01/09/2016 | Dictamen 51188-2016 | Cajas de Compensación | Credito social devolución extravío | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/08/2016 | Dictamen 50690-2016 | Créditos sociales | Cobro - Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
29/08/2016 | Dictamen 50446-2016 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°S 16.395, 18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
29/07/2016 | Dictamen 44964-2016 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s 16.395,18.833 y 20.720. Circulares N°s 2.052, de 2003 y sus modificaciones; 3.105, de 1° de abril de 2015 y 3.203, de 4 de febrero de 2016, de esta Superintendencia. |
20/06/2016 | Dictamen 37677-2016 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
10/06/2016 | Dictamen 35354-2016 | Cajas de Compensación | Credito social reprogramación insolvencia | Leyes N°s 16.395 y 18.833. |
10/06/2016 | Dictamen 35367-2016 | Cajas de Compensación | Credito social prescripción límite | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/05/2016 | Dictamen 31980-2016 | Cajas de Compensación | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2052, de 2003 y sus modificaciones, de esta Superintendencia. | |
11/05/2016 | Dictamen 28233-2016 | Cajas de Compensación | Credito social pagaré | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
07/04/2016 | Dictamen 20662-2016 | Créditos sociales | Crédito social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
30/12/2015 | Dictamen 82012-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
22/12/2015 | Dictamen 80319-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
21/12/2015 | Dictamen 80014-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
18/12/2015 | Dictamen 79602-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
15/12/2015 | Dictamen 78699-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
14/12/2015 | Dictamen 78646-2015 | Cajas de Compensación | Credito social protección de datos personales custodia destrucción | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
14/12/2015 | Dictamen 78641-2015 | Cajas de Compensación | Descuentos a remuneraciones de trabajadores deudores de créditos sociales otorgados por cajas de compensación de asignación familiar - Prescripción | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
23/11/2015 | Dictamen 74328-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
05/11/2015 | Dictamen 70254-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
05/11/2015 | Dictamen 70256-2015 | Cajas de Compensación | Credito social descuento máximo | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
05/11/2015 | Dictamen 70264-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
21/10/2015 | Dictamen 66643-2015 | Cajas de Compensación | Administracion financiamiento bonos corporativos | Leyes N°s 16.395 y 18.833; |
16/10/2015 | Dictamen 65661-2015 | Cajas de Compensación | Administracion financiamiento | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
14/09/2015 | Dictamen 58111-2015 | Cajas de Compensación | Credito social seguro | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
07/09/2015 | Dictamen 56488-2015 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento pensionado | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
07/09/2015 | Dictamen 56554-2015 | Credito social cambio de empleador obligacion de descontar | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | |
07/09/2015 | Dictamen 56555-2015 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento pensionado | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
18/08/2015 | Dictamen 52103-2015 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento - Endeudamiento | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
13/08/2015 | Dictamen 51200-2015 | Créditos sociales | Crédito social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
03/07/2015 | Dictamen 42119-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
03/07/2015 | Dictamen 42121-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395,18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
23/06/2015 | Dictamen 39522-2015 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento pensionado pensión básica solidaria | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
18/05/2015 | Dictamen 31308-2015 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s 16.395, 18.010 y 18.833, D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
18/05/2015 | Dictamen 31376-2015 | Cajas de Compensación | Credito social pagaré | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
27/11/2014 | Dictamen 79312-2014 | Cajas de Compensación | Credito social seguro capacidad endeudamiento | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
13/11/2014 | Dictamen 76050-2014 | Cajas de Compensación | Credito social intereses obligación | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
11/11/2014 | Dictamen 75093-2014 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento pensionado pensión básica solidaria | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
20/10/2014 | Dictamen 69196-2014 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
07/10/2014 | Dictamen 66148-2014 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
11/09/2014 | Dictamen 60906-2014 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
09/09/2014 | Dictamen 60120-2014 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
12/08/2014 | Dictamen 52813-2014 | Créditos sociales | Crédito social - Prescripción | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
12/08/2014 | Dictamen 52807-2014 | Cajas de Compensación | Prestaciones adicionales bonos plazos | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
06/08/2014 | Dictamen 51004-2014 | Créditos sociales | Aval - Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/07/2014 | Dictamen 49385-2014 | Cajas de Compensación | Credito social pago en exceso | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/07/2014 | Dictamen 49421-2014 | Cajas de Compensación | Credito social intereses obligación | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/07/2014 | Dictamen 49432-2014 | Cajas de Compensación | Credito social obligación pago | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/07/2014 | Dictamen 49428-2014 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/07/2014 | Dictamen 49433-2014 | Cajas de Compensación | Credito social intereses obligación | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
31/07/2014 | Dictamen 49430-2014 | Cajas de Compensación | Credito social pago | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
28/07/2014 | Dictamen 48028-2014 | Cajas de Compensación | Credito social pago | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
22/07/2014 | Dictamen 46436-2014 | Cajas de Compensación | Credito social capacidad de endeudamiento pensionado prescripción | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
24/06/2014 | Dictamen 39421-2014 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento - Endeudamiento | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
24/06/2014 | Dictamen 39422-2014 | Créditos sociales | Crédito social - Prescripción | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
24/06/2014 | Dictamen 39416-2014 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento - Endeudamiento | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
10/06/2014 | Dictamen 36216-2014 | Cajas de Compensación | Credito social cobro afiliación pensionados poder descuento devolución | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
04/06/2014 | Dictamen 34966-2014 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento - Endeudamiento | Leyes N°s. 16.395, 18.010 y 18.833; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
24/04/2014 | Dictamen 25380-2014 | Créditos sociales | Crédito social | Ley N° 18.833. |
11/03/2014 | Dictamen 15207-2014 | Cajas de Compensación | Credito social vivienda afiliación | Ley N°18.833. |
23/12/2013 | Dictamen 80661-2013 | Créditos sociales | Crédito social - Descuento - Endeudamiento | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
14/11/2013 | Dictamen 71695-2013 | Créditos sociales | Crédito social - Renegociación | Ley Nº 18.833. |
07/11/2013 | Dictamen 70346-2013 | Créditos sociales | Crédito social - Repactación | Ley N° 18.833 |
24/10/2013 | Dictamen 67294-2013 | Créditos sociales | Crédito social - Pensionados | Ley N° 18.833 |
23/10/2013 | Dictamen 66867-2013 | Créditos sociales | Crédito social - Pago en exceso | Leyes N°16.395 y 18.833. |
21/06/2013 | Dictamen 39026-2013 | Cajas de Compensación | Compraventa con pacto de retrocompra de los créditos sociales - Venta de pagarés | Leyes Nºs. 16.395, 17.322, 18.833 y 18.815. |
28/05/2013 | Dictamen 32883-2013 | Cajas de Compensación | Compraventa con pacto de retrocompra de los créditos sociales | Leyes Nºs. 16.395, 17.322, 18.833 y 18.815 |
23/05/2013 | Dictamen 31858-2013 | Créditos sociales | Capacidad de endeudamiento - Crédito social | Ley N° 18.833 |
20/03/2013 | Dictamen 17788-2013 | Créditos sociales | Crédito social | Leyes Nºs. 16.395 y 18.833. |
14/08/2012 | Dictamen 51928-2012 | Créditos sociales | Crédito social - Pensión básica solidaria | Ley N° 18.833 |
20/10/2011 | Dictamen 64221-2011 | Cajas de Compensación | Leyes N°s. 16.395 y 18.833; | |
08/02/2010 | Dictamen 7740-2010 | Créditos sociales | Crédito social - Fraude | Ley Nº 18.833 |
14/01/2009 | Dictamen 1481-2009 | Créditos sociales | Crédito social - Definición | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; Ley Nº 20.233 |
12/06/2008 | Dictamen 39998-2008 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.010; Ley Nº 18.833; Ley Nº 17.322 | |
12/09/2007 | Dictamen 59668-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.010; Ley Nº 18.833 | |
07/06/2007 | Dictamen 36741-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.010; Ley Nº 18.833 | |
07/06/2007 | Dictamen 36742-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.010; Ley Nº 18.833 | |
04/06/2007 | Dictamen 35795-2007 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.010; Ley N° 18.833 | |
09/02/2007 | Dictamen 8569-2007 | Cajas de Compensación | Ley Nº 16.395; Ley N° 18.092; Ley N° 18.833; Ley N° 17.322; Código Civil | |
26/07/2006 | Dictamen 37204-2006 | Cajas de Compensación | Ley N° 18.092, Ley N° 18.833. Código del Trabajo | |
11/07/2006 | Dictamen 33752-2006 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395, Ley N° 18.010, Ley N° 18.833 | |
12/01/2006 | Dictamen 1972-2006 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. Nº 91, de 1979 | |
31/08/2005 | Dictamen 41854-2005 | Cajas de Compensación | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; D.S. Nº 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº 251, de 1931, del Ministerio de Hacienda | |
31/08/2005 | Dictamen 41853-2005 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833 | |
11/02/2005 | Dictamen 5633-2005 | Cajas de Compensación | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833 | |
20/12/2004 | Dictamen 49730-2004 | Cajas de Compensación | Ley Nº 18.833; D.S. Nº 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
23/11/2004 | Dictamen 46483-2004 | Cajas de Compensación | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833 | |
13/05/2004 | Dictamen 18891-2004 | Cajas de Compensación | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833 |
Título | Detalle |
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Ley 20.720 | Ley 20.720 |
Ley 20.080 | ley 20.080 |
Ley 18.175 | ley 18.175 |
Artículo 22 | Ley 18.833, artículo 22 |