CRCCAF
El Sistema de Información Central de Riesgo Financiero de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) tiene por objetivo facilitar el cumplimiento de la normativa vigente relativa al riesgo de crédito asociado al régimen de crédito social.
Descripción
Además, este sistema busca facilitar a esta Superintendencia las labores de supervisión de los beneficios adicionales que entregan las C.C.A.F. a sus afiliados
Dicho Sistema de Información considera la creación de una herramienta de reporte a disposición de las Cajas de Compensación, cuyo principal objetivo es facilitar la entrega de información a esta Superintendencia, sirviendo de fuente centralizada de reporte, con instancias de validación oportunas, procesos de autentificación de usuarios y certificación de los datos enviados.
¿En qué consiste la Central de Riesgo Financiero de las CCAF?
Es un Sistema de Información encargado de proporcionar una plataforma tecnológica capaz de entregar un apoyo en las labores de supervisión y monitoreo de la normativa vigente relativa al régimen de crédito social, al riesgo de crédito asociado y beneficios adicionales otorgados por las CCAF. Además, se planifica que se encargará de entregar información, tanto para los afiliados como a las CCAF, sobre el endeudamiento del afiliado en el Sistema CCAF y algún otro tipo de información de interés general.
¿Cuáles son los objetivos de la Central de Riesgo Financiero de las CCAF?
Dentro de los objetivos de la Central de Riesgo Financiero, podemos nombrar los siguientes:
- Mejorar la capacidad de supervisión y de estudio de la Superintendencia de Seguridad Social frente:
- Al riesgo de crédito al que están expuestas las Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
- Al nivel de endeudamiento de trabajadores y pensionados en el régimen de crédito social.
- Proveer información actualizada a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar para que puedan cumplir con la normativa de esta Superintendencia y al mismo tiempo construir y mejorar sus sistemas de evaluación crediticia.
- Entregar informes de su endeudamiento en el Sistema de C.C.A.F. a los afiliados, colaborando así con la transparencia de la información del mercado.
¿Cuáles son los beneficios de la Central de Riesgo Financiero de las CCAF?
En relación a los afiliados, podrán contar con una herramienta en línea que los ayudara a conocer su estado de deuda en el Sistema de las CCAF.
De parte de las CCAF, tendrán a su disposición información relativa a la existencia de deuda en el Sistema de las CCAF por parte de un afiliado en particular, lo cual apoya sus labores de evaluación crediticia y facilita el cumplimiento de la normativa de riesgo de crédito.
Otro aspecto importante es la mejora en la comunicación entre la SUSESO y las CCAF, transparentando los criterios de revisión de la información, generando un proceso de reporte periódico y establecido, en línea con las nuevas exigencias en Supervisión de las CCAF.
¿Cuál es el Modelo Tecnológico de la Central de Riesgo Financiero de las CCAF?
El sistema de información se encuentra basado en la Arquitectura Orientada a Servicios (SOA), la cual incorpora una aplicación ad-hoc que permite el Upload de archivos planos y archivos de control en XML, los cuales serán validados para su posterior ingreso a la base de datos de la Central de Riesgo Financiero.
Esta aplicación cuenta con los mecanismos de autentificación necesarios para la validación de los distintos tipos de usuarios del sistema de información.
Título | Fecha | Materia | Observación | Acceder | Descargar |
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Circular 3592 | 24-may-2021 | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE PROVISIONES Y GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N°2.588, DE 2009 Y SUS MODIFICACIONES | Vigencia desde su publicación | Circular 3592 | |
Circular 3567 | 04-ene-2021 | FIJA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, COMPLEMENTA DETERMINADAS INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA | Deroga en forma completa Circulares 2052, 2188, 2328, 2462, 2463, 2485, 2598, 2610, 2658, 2747, 2757, 2776, 2824, 2829, 2843, 2976, 3040, 3156, 3343, 3355, 3434, 3485. Deroga sólo numeral I, de las Circulares 3105 y 2869. Ver Dictamen aclaratorio 736-2021. Modificada por Circular 3670 | Circular 3567 | |
Circular 2923 | 10-abr-2013 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.714, DE 2011. | a) Refundida en Circular N° 3081; b) Modifica y Complementa, en los aspectos que se indican, lo instruido en su Circular N° 2714, de 2011. c) Las instrucciones contenidas en esta Circular, comenzar a aplicarse a partir de la información correspondiente al mes de junio de 2013, que debe remitirse a esta Superintendencia hasta el 15 de julio de 2013. | Circ 2923 | |
Circular 2880 | 06-nov-2012 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2714, DE 2011 | a) Refundida en Circular N° 3081; b) Modifica y complementa Circular N° 2714 | Circ 2880 | |
Circular 2839 | 04-jul-2012 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2714, DE 2011 | a) Refundida en Circular N° 3081; b) Modifica y complementa Circular N° 2714. | Circ 2839 | |
Circular 2799 | 30-ene-2012 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2.714, DE 2011. | a) Refundida en Circular N° 3081; b) Modifica Circular N° 2714. | Circ 2799 | |
Circular 2743 | 05-jul-2011 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2714, DE 2011 | a) Refundida en Circular N° 3081; b) Modifica Circular N° 2714. | 2743 | |
Circular 2714 | 11-feb-2011 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS C.C.A.F. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL MODELO DE REPORTE Y SOLICITA INFORMACIÓN. | a) Refundida en Circular N° 3081; b) Modificada por las Circulares N° 2743, N° 2799, N° 2839, N° 2880; c) Modificada y Complementada N° 2923. | 2714 | |
Circular 2433 | 04-feb-2010 | CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Modifica Circular N° 2052, sobre Regimen de Crédito Social | Circular2433 | |
Circular 2598 | 29-dic-2009 | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2052 Y 2463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Derogada por Circular 3567. a) Modificada por la Circular N° 2610; b) Modifica y Complementa Circulares N° 2052 y N° 2463 | Circular2598 | |
Circular 2591 | 11-dic-2009 | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. INSTRUYE SOBRE PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. COMPLEMENTA CIRCULAR 2052. | a) Modificada por Circular N° 2841; b) Complementa Circular N° 2052, sobre Regimen de Crédito Social; c) Ver Circular N° 3175 | Circular2591 | |
Circular 2588 | 11-dic-2009 | Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Norma de Provisiones y Gestión del riesgo de Crédito. | 1) Modificada por Circular 3521; 2) Modificada por Circular 3304; 3) Complementada por Circular N° 2776, N° 2825 y N° 3068; 4) Modificada por Circular N° 3096. | Circular 2588 | |
Circular 2590 | 11-dic-2009 | Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Norma Complementaria de Solvencia de la Circular N° 2.530, de 2009. | Complementa Circular N° 2530 | Circular2590 | |
Circular 2485 | 07-oct-2008 | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Derogada por Circular 3567. Modifica y complementa Circular N° 2052, sobre Régimen de Crédito Social. | circular 2485 | |
Circular 2463 | 20-jun-2008 | CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052,DE 2003 | Derogada por Circular 3567. a) Complementa Circular N° 2052, sobre Regimen de Crédito Social. b) Modificada y complementada por la Circular N° 2463; c) Modificada por la Circular N° 2824; d) Complementada por Circular N° 2829 | Circular2463 | |
Circular 2462 | 13-jun-2008 | MODIFICA A CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Derogada por Circular 3567. Modifica Circular N° 2052, sobre Regimen de Crédito Social. | Circular2462 | |
Circular 2328 | 29-sep-2006 | Derogada por Circular 3567. Modifica y Complementa Circular N° 2.052, de 2003, sobre Régimen de Prestaciones de Crédito Social administrado por las Cajas de Compensación de Asignación Familiar. | Derogada por Circular 3567. a) Modifica y complementa Circular N° 2052, sobre Regimen de Crédito Social; b) Deja sin efecto la Circular N° 1926 | Circular2328 | |
Circular 2057 | 29-may-2003 | MODIFICA VIGENCIA DE CIRCULAR N°2052, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Modifica Circular N° 2052, sobre Régimen de Crédito Social. | Circular2057 | |
Circular 2052 | 10-abr-2003 | RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Derogada por Circular 3567. a) Modificada por las Circulares N°s. 22057, 2188, 2237, 2328, 2433, 2462, 2463, 2485, 2523, 2574, 2591, 2598, 2610, 2658, 2746, 2747, 2757, 2776, 2824, 2829, 2841, 2843, 2869, 2976; 3040, 3068, 3105, 3156, 3175; b) Incluye Oficio Circular N° 1175, de 1984, de esta Superintendencia, sobre Intermediación financiera; c) Complementada Circular N° 2591, sobre Regimen de Crédito Social. | Circular 2052 |
Título | Fecha | Materia | Observación | Acceder | Descargar |
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DFL N° 1 de 1997, del Ministerio de Educación | 22-ene-1997 | DFL N° 1 de 1997, del Ministerio de Educación |
Título | Fecha | Materia | Observación | Acceder | Descargar |
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Dictamen 130695-2024 | 19-ago-2024 | CCAF. Crédito Social. Constituye una obligación legal para el empleador efectuar los descuentos que la Caja informe, y al regirse por las mismas normas de pago y cobro que las cotizaciones previsionales, el incumplimiento de su obligación acarrea la aplicación de la ley N.° 17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social, ley que en su artículo 3° prescribe: "Se presumirá de derecho que se han efectuado los descuentos a que se refiere ese mismo artículo, por el solo hecho de haberse pagado total o parcialmente las respectivas remuneraciones a los trabajadores. Si se hubiere omitido practicar dichos descuentos, será de cargo del empleador el pago de las sumas que por tal concepto se adeuden", para lo cual, la CCAF debe poner en su conocimiento, la deuda a recaudar. | |||
Dictamen O-01-S-01740-2024 | 14-ago-2024 | CCCAF. Votación. Procedimiento de afiliación y desafiliación | |||
Dictamen 92122-2023 | 11-jul-2023 | CCAF. Crédito Social. Las cuotas devengadas durante los períodos de reposo por licencia médica, serán reprogramadas para los meses posteriores al mes de vencimiento de la última cuota pactada originalmente, sin costo adicional para el afiliado, es decir, manteniendo las cuotas su valor nominal, generando en consecuencia, un nuevo cuadro de pago que será puesto a disposición de la persona afiliada. | |||
Dictamen 3263-2021 | 03-sep-2021 | CCAF. El crédito social es una prestación de seguridad social que sigue el mismo procedimiento de descuento, remesa y pago que las cotizaciones previsionales, asistiéndoles a las C.C.A.F. la obligación de efectuar las acciones necesarias de resguardo del Fondo Social, entre ellas, la de efectuar la cobranza de las cuotas de estos créditos a través del descuento en las remuneraciones de los trabajadores. En ese sentido, la utilización por parte de las C.C.A.F. de determinados datos de la Central de Riesgo Financiero, como quien es el actual empleador del deudor, les permita optimizar sus procesos de evaluación, seguimiento y recuperación de créditos sociales, lo que fue uno de los objetivos de la Circular N°3081. |
Título | Fecha | Materia | Observación | Acceder | Descargar |
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Ley N° 18.833 de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | 13-sep-1989 | Ley N° 18.833 de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |||
Ley N° 16.395 de 1966, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | 28-ene-1966 | Ley N° 16.395 de 1966, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
Documentación técnica
1. Documentación general
Listado de Dominios. Schema XML de resumen Ejemplo XML de resumen Normas De Uso y Acuerdos de Servicio, Sistema de Retorno de Información de Deuda Consolidada de la Superintendencia de Seguridad Social Estructura de archivos de deuda y morosidad consolidada
2. Software de Reporte CR-CCAF