Dictamen 3263-2021
1.- Mediante carta de Antecedentes, la C.C.A.F. que usted administra informa que utilizará la información de la Central de Riesgo Financiero, relativa al empleador del deudor afiliado, para efectuar la cobranza de cuotas de créditos sociales de trabajadores que han dejado de ser afiliados a esa Caja, por lo que consulta las formalidades o menciones mínimas que debieran contener las comunicaciones y requerimientos de cobro a los empleadores no adherentes.
2.- Sobre el particular, debe indicarse que mediante Circular N°3.081 de 2015, de Concordancias, esta Superintendencia, en el marco de la implementación de un modelo de supervisión basado en riesgos, refundió las instrucciones sobre la Central de Riego Financiero, incorporando además la necesidad del retorno de información consolidada a las C.C.A.F.
En este sentido, la referida Circular indicó en su número I que la Central de Riesgo Financiero es un sistema de información que tiene por objeto facilitar el cumplimiento de la normativa vigente relativo a la gestión del riesgo de crédito, por lo que se requiere contar con un sistema que apoye las tareas de supervisión y monitoreo de dicha normativa y entrega de información actualizada, tanto a las C.C.A.F. como a los afiliados, sobre el nivel de endeudamiento de los afiliados en el sistema C.C.A.F. y otra información de interés general que permita a estas entidades optimizar sus procesos de evaluación, seguimiento y recuperación de créditos sociales.
Por otra parte, es necesario mencionar que en conformidad a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N°18.833, las C.C.A.F. son corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto es la administración de prestaciones de seguridad social.
Dispone a continuación el artículo 21 de la Ley N°18.833, que las Cajas de Compensación pueden establecer un régimen de prestaciones de crédito social, consistente en préstamos de dinero.
Enseguida, el artículo 22 de la misma Ley N°18.833 contempla el mecanismo de cobro del crédito social a través de descuento de las cuotas respectivas en las remuneraciones del trabajador, aplicando al efecto las mismas normas de descuento, remesa y pago que las cotizaciones previsionales, contenidas en la Ley N°17.322.
Finalmente, establece el artículo 30 de la Ley N°18.833 que los recursos del Fondo Social se destinarán financiar los regímenes de prestaciones de crédito social y de prestaciones adicionales, a adquirir bienes para el funcionamiento de la Caja y al financiamiento de los gastos administrativos de estas.
Por su parte, el artículo 4° de la Ley N°19.628, citada en Fuentes, establece que "No requiere autorización el tratamiento de datos personales que provengan o que se recolecten de fuentes accesibles al público, cuando sean de carácter económico, financiero, bancario o comercial, se contengan en listados relativos a una categoría de personas que se limiten a indicar antecedentes tales como la pertenencia del individuo a ese grupo, su profesión o actividad, sus títulos educativos, dirección o fecha de nacimiento, o sean necesarios para comunicaciones comerciales de respuesta directa o comercialización o venta directa de bienes o servicios.
Tampoco requerirá de esta autorización el tratamiento de datos personales que realicen personas jurídicas privadas para el uso exclusivo suyo, de sus asociados y de las entidades a que están afiliadas, con fines estadísticos, de tarificación u otros de beneficio general de aquéllos."
Considerando la normativa precedentemente señalada, es posible concluir que la utilización por parte de las C.C.A.F. de determinados datos de la Central de Riesgo Financiero, que les permita optimizar sus procesos de evaluación, seguimiento y recuperación de créditos sociales, fue uno de los objetivos de la Circular N°3.081 de 2015, por lo que no se puede concluir que la utilización del dato del actual empleador del deudor por parte de las Cajas de Compensación, a efectos de dirigir los descuentos de cuotas de créditos sociales que adeude el trabajador, constituya infracción a las disposiciones de la citada Circular, toda vez que permitirá a dichas entidades optimizar su proceso de recuperación del crédito social.
Adicionalmente, tampoco puede estimarse que la utilización de dicha información infrinja las disposiciones de la Ley N°19.628, toda vez que precisamente se trata de la individualización del domicilio de una persona, la que, acuerdo al artículo 4° de la Ley N°19.628, está exenta de autorización por parte del deudor, en cuanto a su tratamiento, si aquella se contiene en listados relativos a categorías de las personas, lo que precisamente acontece con la Central de Riesgos de esta Superintendencia.
Enseguida y en cuanto a la comunicación o requerimiento de cobro a los empleadores de los deudores de crédito social, debe esa entidad de previsión social justificar la obligación de descontar, remesar y pagar las cuotas de crédito social, a lo menos, en lo dispuesto en los artículos 1°, 21, 22 de la Ley N°18.833.
Lo anterior, sin perjuicio de informar que la deuda de crédito social se contrajo mientras el trabajador se encontraba afiliado a una C.C.A.F., que el crédito social es una prestación de seguridad social que sigue el mismo procedimiento de descuento, remesa y pago que las cotizaciones previsionales y que a las C.C.A.F. les asiste la obligación de efectuar las acciones necesarias de resguardo del Fondo Social, entre ellas, la de efectuar la cobranza de las cuotas de estos créditos a través del descuento en las remuneraciones de los trabajadores.
Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
---|---|---|---|---|
06/06/2022 | Circular 3670 | Créditos sociales | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR MODIFICA CIRCULAR N°3.567 DE 2021 QUE FIJÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL QUE ADMINISTRAN LAS C.C.A.F. | Ley N°16.395 en sus artículos 1°, 2° letra b), 3°, 23 y 38 letra e); artículos 1°, 3°, 19 N°3, 21 y 22 de la Ley N°18.833; Ley N°21.419 |
22/12/2021 | Circular 3639 | Cajas de Compensación - Varios | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N°3.567 DE 2021 QUE FIJÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL QUE ADMINISTRAN LAS C.C.A.F. | Ley N°16.395, artículos 1°, 2° letra b), 3°, 23 y 38; Artículos 1°, 3°, 19 N°3, 21 y 22 de la Ley N°18.833 |
04/01/2021 | Circular 3567 | Créditos sociales | FIJA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, COMPLEMENTA DETERMINADAS INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA | artículos 2°, 23, 38 de la Ley N°16.395 y en los artículos 3°, 19 y 21 de la Ley N°18.833 |
04/01/2021 | Circular 3566 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULAR N°3.175, DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2015, DE ESTA SUPERINTENDENCIA, SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS Y COBROS EN EXCESO DE CUOTAS DE CRÉDITO SOCIAL | Ley N° 18833; Ley N° 16271; Ley N° 16395; D.F.L. N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia. |
07/01/2020 | Circular 3485 | Créditos sociales | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F., CONTENIDAS EN LA CIRCULAR Nº 2.052 DE 2003 | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 21.190; Ley Nº 20.255 |
09/07/2019 | Circular 3434 | Créditos sociales | "MODIFICA CIRCULAR N°2.052, DE 2003, EN LO RELATIVO AL DESCUENTO DE CUOTAS DE CRÉDITOS SOCIALES OTORGADOS POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.), EN LAS SITUACIONES QUE INDICA". | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833 |
20/06/2019 | Circular 3428 | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS C.C.A.F. MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE MODELO DE REPORTE | 16.395; Ley N° 18.833 | |
23/04/2018 | Circular 3355 | Créditos sociales | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.). MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, EN MATERIAS DE SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS SOCIALES, TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DE ORGANISMOS PÚBLICOS QUE SE RIJAN POR LA LEY N° 18.834 | Leyes N° 16.395, 18.833 y 18.834. |
21/12/2017 | Circular 3343 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR (C.C.A.F.) RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2,052, DE 2003 EN MATERIA DE FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE LAS C.C.A.F. | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
26/11/2015 | Circular 3175 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE PAGOS Y COBROS EN EXCESO DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16271; Ley N° 16395; D.F.L. N° 1, de 2000, del Ministerio de Justicia. |
01/10/2015 | Circular 3156 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
01/04/2015 | Circular 3105 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. MODIFICA CIRCULAR 2052, DE 2003 Y 3093, DE 2015. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/01/2015 | Circular 3081 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO. REFUNDE CIRCULARES 2714, 2743, 2799, 2839, 2880 Y 2923 E INSTRUYE SOBRE RETORNO DE INFORMACIÓN DE DEUDA CONSOLIDADA A LAS CCAF. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19628 |
25/08/2014 | Circular 3040 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052 SOBRE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/01/2014 | Circular 2976 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
10/04/2013 | Circular 2923 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.714, DE 2011. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
06/11/2012 | Circular 2880 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2714, DE 2011 | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
12/09/2012 | Circular 2869 | Cajas de Compensación | PENSIONADOS DIRECA Y CAPREDENA INCORPORACION A C.C.A.F. MODIFICA CIRCULAR N° 2.052, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20608 |
13/07/2012 | Circular 2843 | Cajas de Compensación | CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR. MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
14/05/2012 | Circular 2829 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
17/04/2012 | Circular 2824 | Cajas de Compensación | MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE EL REGIMEN DE PRESTACIONES DE CREDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS C.C.A.F CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°S 2.052 Y 2.463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, Y SUS MODIFICACIONES. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
30/01/2012 | Circular 2799 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N°S 2.714, DE 2011. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
13/10/2011 | Circular 2776 | Cajas de Compensación | CRÉDITOS UNIVERSALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS C.C.A.F. PARA SU OFERTA, OTORGAMIENTO E INFORMACIÓN. | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18010; Ley N° 19496; Ley N° 20448; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1512, de 2010, del Ministerio de Hacienda, |
12/07/2011 | Circular 2747 | Cajas de Compensación | MODIFICA LA CIRCULAR N° 2.658 DE 2010, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
11/02/2011 | Circular 2714 | Cajas de Compensación | CENTRAL DE RIESGO FINANCIERO DE LAS C.C.A.F. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL MODELO DE REPORTE Y SOLICITA INFORMACIÓN. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
02/07/2010 | Circular 2658 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S. 2052 Y 2463, DE 2003 y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 19539 |
04/02/2010 | Circular 2610 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULARES NºS 2463, DE 2008 Y 2598,DE 2009,SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
29/12/2009 | Circular 2598 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULARES N°S 2052 Y 2463, DE 2003 Y 2008, RESPECTIVAMENTE, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
07/10/2008 | Circular 2485 | Cajas de Compensación | MODIFICA Y COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052 DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833 |
20/06/2008 | Circular 2463 | Cajas de Compensación | CRÉDITO SOCIAL DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR.COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2.052,DE 2003 | Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 18045; D.S. N° 54, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
13/06/2008 | Circular 2462 | Cajas de Compensación | MODIFICA A CIRCULAR N° 2.052, DE 2003, SOBRE RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE CRÉDITO SOCIAL ADMINISTRADO POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 18010 |
29/09/2006 | Circular 2328 | Cajas de Compensación | Derogada por Circular 3567. Modifica y Complementa Circular N° 2.052, de 2003, sobre Régimen de Prestaciones de Crédito Social administrado por las Cajas de Compensación de Asignación Familiar. | Ley N° 18833; Ley N° 18010; Ley N° 19539 |
08/02/2005 | Circular 2188 | Cajas de Compensación | MODIFICA CIRCULAR N° 2052, DE 2003, SOBRE EL RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. | Ley N° 18833; Ley N° 163950; Ley N° 18010; Ley N° 19951 |
10/04/2003 | Circular 2052 | Créditos sociales | RÉGIMEN DE CRÉDITO SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
---|---|---|---|---|
14/02/2024 | Dictamen 24915-2024 | Créditos sociales | Licencia Médica - Crédito Social | Ley N°16.395, artículo 23; Ley N°19.880; Ley N°18.010; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, |
26/12/2022 | Dictamen 177369-2022 | Créditos sociales | Crédito Social - Reprogramación | Ley 18.833; Ley 16.395, artículo 23 |
25/10/2022 | Dictamen 144477-2022 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Ley 18.833; y Ley 16.395 |
07/10/2022 | Dictamen 136797-2022 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF - Pensión Garantizada Universal (PGU) | Ley 16.395, artículo 23, Ley N° 18.833 |
30/08/2022 | Dictamen 3520-2022 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
19/07/2022 | Dictamen 2907-2022 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
05/07/2022 | Dictamen 2642-2022 | Créditos sociales | Pensión Garantizada Universal (PGU) - Crédito social | Leyes N°s.16.395, 18.833, 19.539 en su artículo 16 y 21.419. |
06/06/2022 | Dictamen 73474-2022 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social - Cobranza | Ley 16.395, artículo 23; Ley 19.496;Ley 19.628; Ley 18.833; artículo 59 del Código de Procedimiento Civil |
29/03/2022 | Dictamen 1161-2022 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
28/02/2022 | Dictamen 727-2022 | Asignación familiar - Créditos sociales | Asignación familiar - Crédito Social - Pensión Garantizada Universal (PGU) | Leyes N°s.16.395, 18.833 y D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
18/01/2022 | Dictamen 5998-2022 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Ley 19.880;Ley 18.833;Ley 18.010;Ley 16.395 |
05/01/2022 | Dictamen 57-2022 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
31/12/2021 | Dictamen 4888-2021 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
29/11/2021 | Dictamen 4442-2021 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud |
27/08/2021 | Dictamen 3186-2021 | Cajas de Compensación | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395, 17.322 y 18.833. Circular N°3.567 de 2021, de esta Superintendencia. |
24/08/2021 | Dictamen 3141-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF - Prestaciones adicionales | Leyes N°s.16.395 y 18.833. D.S. 94 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
06/07/2021 | Dictamen 86031-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF - Obligación natural | Ley 16.395; Ley 18.010; Ley 18.833; Ley 19.880 |
05/07/2021 | Dictamen 85582-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Ley 19.880;Ley 18.833;Ley 18.010;Ley 16.395 |
02/05/2021 | Dictamen 54303-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s. 16.395, 18.010; 18.833; 19.880; D.S. N°91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
26/04/2021 | Dictamen 1550-2021 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
26/04/2021 | Dictamen 1546-2021 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social - Pensionados | Leyes N°s.21.248, 21.294, 16.395, 18.833 |
04/04/2021 | Dictamen 39166-2021 | Créditos sociales | CCAF - Crédito Social | Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833 |
30/03/2021 | Dictamen 1127-2021 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social - Pensionados | Leyes N°s. 16.395 y 18.833. |
01/03/2021 | Dictamen 736-2021 | Créditos sociales | Crédito Social - CCAF | Leyes N°s.16.395 y 18.833. |
15/02/2021 | Dictamen 582-2021 | Cajas de Compensación | CCAF - Crédito Social | Leyes N°s. 16.395 y 18.833 |
Título | Detalle |
---|---|
Ley 19.628 | Ley 19.628 |
Ley 18.833 | Ley 18.833 |
Artículo 1 | Ley 18.833, artículo 1 |
Artículo 4 | Ley 19.628, artículo 4 |
Artículo 23 | Ley 16.395, artículo 23 |
Artículo 21 | Ley 18.833, artículo 21 |
Artículo 22 | Ley 18.833, artículo 22 |
Artículo 30 | Ley 18.833, artículo 30 |
Tipo de dictamen
OficioDescriptores
Legislación citada
Ley 16.395, artículo 23Ley 18.833Ley 18.833, artículo 1Ley 18.833, artículo 21Ley 18.833, artículo 22Ley 18.833, artículo 30Ley 19.628Ley 19.628, artículo 4